Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2017 (29/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Viernes 29 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Modifican resolución ministerial en el extremo de autorizar transferencias financieras a favor de diversas entidades públicas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 629 -2017-PRODUCE Lima, 27 de diciembre de 2017 VISTOS: el Oficio 523-2017-PRODUCE/INNÓVATE PERÚ.CE del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; el Memorando N° 1673-2017-PRODUCE/OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe N° 712-2017-PRODUCE/OGPPM-OP, de la Oficina de Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mediante la Resolución Ministerial Nº 475-2016-PRODUCE, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos del Pliego 038: Ministerio de la Producción correspondiente al Año Fiscal 2017; Que, la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza para el presente Año Fiscal al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra el citado Programa, y con cargo a su presupuesto, con la finalidad de contribuir al incremento de la productividad, a través del impulso al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación; precisando que dichas transferencias financieras y subvenciones se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción y se publican en el Diario Oficial El Peruano, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, requiriéndose el informe favorable previo de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces; Que, la citada Disposición Complementaria Final, señala que el Ministerio de la Producción es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron entregados los recursos públicos; los que, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autoriza su transferencia u otorgamiento, según corresponda; y que mediante resolución de su titular, deberán establecerse los mecanismos para la rendición de cuentas de los recursos otorgados mediante subvenciones a las personas naturales y jurídicas privadas, así como para la evaluación por parte del sector sobre los resultados alcanzados y los beneficios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas en el marco de lo señalado anteriormente; Que, mediante Decreto Supremo N° 157-2012-EF se aprueba la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID, hasta por la suma de US$ 35 000 000,00 (TREINTA Y CINCO MILLONES CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el "Proyecto de Innovación para la Competitividad"; suscribiéndose, conforme a lo dispuesto por el artículo 4 de dicho Decreto Supremo, el Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE; Que, mediante Resolución Ministerial N° 214-2017PRODUCE, se autorizan las transferencias financieras a favor de entidades públicas, por la suma de S/ 1 288 015,17 (UN MILLÓN DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL QUINCE Y 17/100 SOLES), correspondiendo la suma de S/ 780 355,14 a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; y, la suma de S/ 507 680,03 a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de

Crédito, destinados a cofinanciar diversos instrumentos en el marco del Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE; Que, mediante Resolución Ministerial N° 387-2017PRODUCE, se autorizan las transferencias financieras a favor de entidades públicas, por la suma de S/ 1 319 873,13 (UN MILLÓN TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES Y 13/100 SOLES), correspondiendo la suma de S/ 586 203,33 a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; y, la suma de S/ 733 669,80 a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, destinados a cofinanciar diversos instrumentos en el marco del Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE; Que, mediante Resolución Ministerial N° 577-2017PRODUCE, se autorizan las transferencias financieras a favor de entidades públicas, por la suma de S/ 3 973 281,73 (TRES MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UNO Y 73/100 SOLES), correspondiendo la suma de S/ 951 110,81 a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; y, la suma de S/ 3 022 170,92 a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, destinados a cofinanciar diversos instrumentos en el marco del Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE; Que, a través del Oficio N° 523-2017-PRODUCE/ INNÓVATE PERÚ.CE el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad remite a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe N° 116-2017-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ/UPEG, de la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, en el cual concluye que se ha determinado que existen saldos de libre disponibilidad de las Resoluciones Ministeriales citadas en los considerandos anteriores, por la suma de S/ 101 815,99 (CIENTO UN MIL OCHOCIENTOS QUINCE Y 99/100 SOLES), obtenidos como consecuencia de: i) Desembolsos realizados menores a los autorizados por Resoluciones Ministeriales; y, ii) Desembolsos autorizados por Resoluciones Ministeriales reprogramadas al siguiente ejercicio; Que, en ese sentido, el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad solicita modificar el artículo 1 y anexos únicos de las Resoluciones Ministeriales Nos. 214, 387 y 577-2017-PRODUCE, indicando los nuevos montos a ser autorizados para efectuar las transferencias financieras a favor de entidades públicas, en las fuentes de financiamiento de Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, destinadas a cofinanciar la ejecución de proyectos en el marco del Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE; Que, por Memorando N° 1673-2017-PRODUCE/ OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sustentado en el Informe N° 712-2017-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, emite opinión favorable en materia presupuestal sobre la modificación del artículo 1 y anexos únicos de las Resoluciones Ministeriales Nos. 214, 387 y 577-2017-PRODUCE, a fin que las autorizaciones de las transferencias financieras a favor de entidades públicas, se ejecuten por el presupuesto total de S/ 6 479 354,04 (SEIS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 04/100 SOLES), correspondiendo la suma de S/ 2 225 796,98 (DOS MILLONES DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 98/100 SOLES) a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios; y, la suma de S/ 4 253 557,06 (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 06/100 SOLES) a la fuente de financiamiento de Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y modificatoria;