Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2017 (29/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 201

El Peruano / Viernes 29 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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entre otros, el presupuesto institucional del pliego 026: Ministerio de Defensa; Que, el Decreto Legislativo Nº 1132 aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, la cual tiene como propósito regular y ordenar el pago de las remuneraciones, bonificaciones y beneficios del personal militar y policial, estableciendo una única y nueva escala de ingresos que considera el alto riesgo en el desarrollo de sus labores, el trabajo efectivo y la responsabilidad de sus funciones; Que, el literal c) del artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1132 y el artículo 13 del Reglamento de dicho Decreto Legislativo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0132013-EF, establecen que la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es otorgada por única vez al personal militar o policial al momento en que pase a la Situación de Retiro, teniendo en cuenta la Unidad de Ingreso del Sector Público (UISP) establecida en la Ley Nº 28212 y los años completos de servicio prestados, la cual será calculada en función de la remuneración base para la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) regulada en el artículo 21 del referido Decreto Legislativo; Que, el artículo 14 del Decreto Legislativo N° 1132, establece, entre otros, que el subsidio por fallecimiento se asigna en los casos de fallecimiento del personal de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú en situación de actividad, así como del cónyuge, hijos o padres; asimismo, en el caso de fallecimiento del personal de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú, el monto del subsidio será equivalente a tres (03) Remuneraciones Consolidadas del grado correspondiente a la fecha del deceso del efectivo, y se otorgará en el siguiente orden excluyente: cónyuge, hijos, padres y hermanos; Que, el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, establece el pago de subsidio a favor del personal civil; Que, mediante Oficio N° 1823-2017-MINDEF/DM, el Ministerio de Defensa solicita recursos adicionales, a favor del citado pliego para financiar en el presente año, el costo de la Compensación por Tiempo de Servicios al mes de diciembre de 2017, del personal militar en situación de retiro del Ejército Peruano, de la Marina de Guerra del Perú y de la Fuerza Aérea del Perú; Asimismo, solicita recursos adicionales para atender el subsidio por fallecimiento del personal militar y civil; Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Defensa y por la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, se ha determinado que el monto por atender en la genérica de gasto 2.1 Personal y Obligaciones Sociales asciende a la suma de TREINTA Y SEIS MILLONES CIENTO OCHENTA Y TRES MIL QUINIENTOS OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 36 183 508,00) correspondiendo dicha suma al costo del beneficio de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) para el personal militar en situación de retiro por distintas causales; y en la genérica de gasto 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales asciende a la suma de CINCO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 5 687 644,00) correspondiendo dicha suma al costo del beneficio del Subsidio por Fallecimiento a favor del personal militar y civil; lo cual hace un total de CUARENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 41 871 152,00); Que, los artículos 44 y 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de CUARENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS

SETENTA Y UN MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 41 871 152,00), a favor del pliego Ministerio de Defensa, para financiar el requerimiento señalado en los considerandos precedentes; teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional del presente año fiscal del referido pliego; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de CUARENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 41 871 152,00), a favor del pliego 026: Ministerio de Defensa, destinado a financiar el costo de la Compensación por Tiempo de Servicios al mes de diciembre de 2017, del personal militar en situación de retiro del Ejército Peruano, de la Marina de Guerra del Perú y de la Fuerza Aérea del Perú; asimismo, para financiar el costo del subsidio por fallecimiento del personal militar y civil, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCIÓN PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios En Soles GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 41 871 152,00 -------------------TOTAL EGRESOS 41 871 152,00 ============ En Soles ACTIVIDAD

A LA: SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 026 : Ministerio de Defensa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios UNIDAD EJECUTORA 003 : Ejército Peruano GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales

UNIDAD EJECUTORA

2 513 107,00 4 465 018,00 -------------------Subtotal UE 003 6 978 125,00 ------------------004 : Marina de Guerra del Perú 19 234 456,00 790 517,00 ------------------20 024 973,00 -------------------

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales Subtotal UE 004 UNIDAD EJECUTORA

005 : Fuerza Aérea del Perú 14 435 945,00 432 109,00 -------------------Subtotal UE 005 14 868 054,00 ------------------TOTAL PLIEGO 026 41 871 152,00 ============ TOTAL EGRESOS 41 871 152,00 ============

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales