Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2017 (29/12/2017)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 58

58

NORMAS LEGALES

Viernes 29 de diciembre de 2017 /

El Peruano

1 - Individual" ­ PIEC1, precisando que se cuenta con los recursos necesarios para otorgar las mencionadas subvenciones y que los beneficiarios de los recursos vienen cumpliendo con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios respectivos, debidamente suscritos; Que, por Memorando N° 1653-2017-PRODUCE/ OGPPM, la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sustentado en el Informe N° 703-2017-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, emite opinión favorable en materia presupuestal para el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas hasta por la suma de S/ 112 749,32 (CIENTO DOCE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE Y 32/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, con cargo al Presupuesto Institucional 2017 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Proyecto 2301043: Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional, destinadas a cofinanciar los desembolsos de los proyectos indicados anteriormente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización para el otorgamiento de Subvenciones Autorizar el otorgamiento de subvenciones a favor de las personas jurídicas privadas señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, hasta por la suma de S/ 112 749,32 (CIENTO DOCE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE Y 32/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, destinadas a cofinanciar los desembolsos de los proyectos señalados en la parte considerativa, en el marco del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE y lo dispuesto en la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo 2.- Financiamiento Las subvenciones autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Proyecto 2301043: Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional, en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito. Artículo 3.- Monitoreo Disponer que la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para lo cual se realiza el otorgamiento de las referidas subvenciones, en el marco de lo dispuesto por la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo 4.- Acciones Administrativas La Oficina General de Administración o quien haga las veces en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, del

Pliego 038: Ministerio de la Producción, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 5.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, así como a la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para conocimiento y fines pertinentes. Artículo 6.- Publicación Disponer que el Anexo Único a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se publique en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www. produce.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministro de la Producción 1601469-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 623-2017-PRODUCE Lima, 27 de diciembre de 2017 VISTOS: El Oficio N° 518-2017-PRODUCE/INNÓVATE PERÚ.CE del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; el Memorando N° 1670-2017-PRODUCE/OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe N° 706-2017-PRODUCE/OGPPM-OP, de la Oficina de Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mediante la Resolución Ministerial Nº 475-2016-PRODUCE, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos del Pliego 038: Ministerio de la Producción correspondiente al Año Fiscal 2017; Que, la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, crea el Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología ­ FOMITEC, a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, autorizándose a dicho Ministerio a conformar un Grupo de Trabajo con el Ministerio de la Producción y el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica ­ CONCYTEC, para el diseño e implementación de instrumentos económicos y financieros que busquen incentivar el desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación para la competitividad, a través del emprendimiento tecnológico; asimismo, dispone que los recursos del mencionado Fondo se incorporan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante el Decreto Supremo N° 071-2013EF, se aprueban las Normas de Implementación y Funcionamiento del FOMITEC, estableciéndose en sus artículos 4 y 7 que el Grupo de Trabajo mencionado en el considerando anterior, contará con una Secretaría Técnica a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas encargada, entre otros, de recibir los instrumentos económicos y financieros para la evaluación del Grupo de Trabajo y gestionar la asignación de recursos sobre la base de los acuerdos aprobados; Que, mediante el Decreto Supremo N° 003-2014-PRODUCE, se crea el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, en el ámbito del Ministerio de la Producción, que tiene como objetivo general impulsar y consolidar la innovación para incrementar la competitividad y productividad de