Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2017 (29/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 177

El Peruano / Viernes 29 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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mecanizada de actualización de valores, determinación del impuesto predial del año 2018 incluido su distribución a domicilio, correspondiendo S/ 0.80 (cero con 80/100 soles) por cada predio adicional. Artículo 3º.- FIJAR, el monto mínimo del impuesto predial para el año fiscal correspondiente al 2018 en 0.6% de la UIT vigente, de conformidad con el artículo 13º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº156-2004-EF. Artículo 4º.- ESTABLECER, como fecha de vencimientos del pago de impuesto predial del ejercicio 2018, según sigue: a) Al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero del 2018. b) En forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, según sigue: · Primera Cuota : Hasta el 28 de febrero del 2018. · Segunda Cuota : Hasta el 31 de mayo del 2018. · Tercera Cuota : Hasta el 31 de agosto del 2018. · Cuarta Cuota : Hasta el 30 de noviembre del 2018. Artículo 5º.- ESTABLECER, como fecha de vencimiento mensual del pago de los arbitrios municipales para el ejercicio 2018, el último día hábil de cada uno de los meses del año 2018. Artículo 6º.- ENCARGAR, a la Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Rentas y Administración Tributaria y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, el cumplimiento de la presente ordenanza. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera: Facúltese al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias que resulten necesaria para la adecuación de la presente ordenanza. Segunda: La presente ordenanza, entrará en vigencia, al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", de la misma forma serán publicados en el Portal Web de la Municipalidad de San miguel www. munisanmiguel.gob.pe, de conformidad con lo previsto en la Ordenanza Nº1533/MML y Ordenanza Nº1833/MML. Tercera: Déjese sin efecto cualquier otra disposición que se oponga a la presente ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde 1601034-1

establecidas en las correspondencias Nº 15481-2017 y Nº 20726-2017 por la Comisión de Eliminación de Barreas Burocráticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI, en concordancia con el Decreto Legislativo Nº 1246 que aprueba Diversas Medidas de Simplificación Administrativa, opina que resulta necesario aprobar la ordenanza que Elimina las Barreras Burocráticas en el Distrito de San Miguel; Que, el Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de fecha 23 de noviembre de 2017, por UNANIMIDAD, y con dispensa del trámite de Comisiones y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ELIMINA BARRERAS BUROCRÁTICAS EN EL DISTRITO DE SAN MIGUEL Artículo 1º.- SUPRIMIR el inciso i) del artículo 5 de la Ordenanza Nº 12-97, sobre autorizaciones para la Instalación de Elementos Fijos de Publicidad Exterior y Anuncios en General. Artículo 2º.- MODIFICAR el artículo 33º de la Ordenanza Nº 12-97, sobre Autorizaciones para la Instalación de Elementos Fijos de Publicidad Exterior y Anuncios en General, la misma que quedará redactada de la siguiente manera: "Artículo 33º.- La autorización concedida tendrá vigencia indeterminada, para lo cual el contribuyente deberá cancelar los derechos respectivos." Artículo 3º.- SUPRIMIR el requisito 3), del Número de Orden 8.17 del procedimiento denominado: "Afiches o banderolas de campañas y eventos temporales, hasta que dure el evento", consignado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de San Miguel, aprobado con Ordenanza Nº 274MDSM, ratificado por Acuerdo De Concejo Nº 2361/MML. Artículo 4º.- SUPRIMIR los códigos 3212 y 3267 del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones establecidos en la Ordenanza Municipal Nº 345/MDSM. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones la publicación de la presente ordenanza en el portal institucional (http://www.munisanmiguel.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase.

Ordenanza que elimina burocráticas en el distrito
ORDENANZA Nº 353 /MDSM San Miguel, 13 de diciembre de 2017

barreras

EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde 1601033-1

EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL; POR CUANTO: El Concejo Municipal de San Miguel, en sesión ordinaria de fecha 23 de noviembre de 2017; VISTOS, el memorando Nº 1088-2017-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el informe Nº 1462017-GAJ/MDSM y el memorando Nº 158-2017-GAJ/ MDSM emitidos por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, y las correspondencias Nº 15481-2017 y Nº 20726-2017, cursadas por el INDECOPI, y; CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, mediante documentos de vistos, atendiendo las recomendaciones

Aprueban Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondientes al año fiscal 2018 de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 142-2017/MDSM San Miguel, 22 de diciembre de 2017 VISTOS, en sesión de concejo celebrada en la fecha, el memorando Nº 1192-2017-GM/MDSM emitido por Gerencia Municipal, informe Nº 173-2017-GAJ/MDSM emitido por Gerencia de Asuntos Jurídicos, informe Nº 170-2017-GPP/MDSM emitido por Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 54º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,