Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2017 (29/12/2017)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Viernes 29 de diciembre de 2017
GOBIERNO LOCAL (DEPARTAMENTO / PROVINCIA / MUNICIPALIDAD), GOBIERNO REGIONAL Y UNIVERSIDADES NACIONALES UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZAN UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN UNIVERSIDAD NACIONAL JOSE FAUSTINO SANCHEZ CARRION UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ MARÍA ARGUEDAS UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS UNIVERSIDAD NACIONAL MICAELA BASTIDAS DE APURIMAC UNIVERSIDAD NACIONAL SAN CRISTOBAL DE HUAMANGA UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA DE ICA UNIVERSIDAD NACIONAL SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLÓGICA DE LIMA SUR UNIVERSIDAD NACIONAL DE BARRANCA UNIVERSIDAD NACIONAL TORIBIO RODRIGUEZ DE MENDOZA DE AMAZONAS UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE CHOTA UNIVERSIDAD NACIONAL DE FRONTERA UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL FABIOLA SALAZAR LEGUIA DE BAGUA UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE LA SELVA CENTRAL JUAN SANTOS ATAHUALPA UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE QUILLABAMBA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA ALTOANDINA DE TARMA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HUANTA UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLÓGICA DE SAN JUAN DE LURIGANCHO UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE TAYACAJA DANIEL HERNÁNDEZ MORILLO UNIVERSIDAD NACIONAL CIRO ALEGRIA

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:
ÍNDICE

43

0.0002399143 0.0020902390 0.0008196285 0.0001450631 0.0000284183 0.0001450631

0.0005361509 0.0010535484 0.0100170823 0.0000284183 0.0008196285 0.0000000018 0.0008765441 0.0000125259 0.0000000018

0.0006304242

0.0024869450

0.0006304242 0.0005361509 0.0000284183

0.0000957219 0.0014036099

1601314-1

Autorizan modificación presupuestaria y transferencia financiera para el financiamiento de lo establecido en la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 487-2017-EF/41 Lima, 26 de diciembre de 2017

Que, por Resolución Ministerial Nº 413-2016-EF/41 se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos y los recursos que lo financian por Fuente de Financiamiento, correspondiente al pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas para el Año Fiscal 2017, a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Proyecto, Actividad, Categoría de Gasto y Genérica del Gasto; Que, la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, dispone la reactivación de la Comisión Evaluadora de las deudas del Estado generadas por sentencias judiciales emitidas, creada mediante la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley 29812, y conformada por Resolución Suprema 100-2012-PCM, a fin de que apruebe un listado complementario de las deudas del Estado generadas por sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución, para la cancelación y/o amortización de montos hasta por la suma de TREINTA MIL Y 00/100 SOLES (S/ 30 000,00), en un plazo de 60 (sesenta) días calendario contados a partir de la vigencia del reglamento de la presente disposición, para continuar con el proceso del pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución, iniciado por la Ley 30137, Ley que establece criterios de priorización para la atención del pago de sentencias judiciales; Que, el numeral 3 de la citada disposición normativa, establece que la implementación de lo mencionado en el considerando precedente, se financia con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 44 de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, hasta por la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 50 000 000,00), y a los saldos disponibles según proyección al cierre del Año Fiscal 2017 del Presupuesto del Sector Público hasta por la suma de DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 200 000 000,00), autorizándose al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar modificaciones presupuestarias, en el marco de lo establecido en el artículo 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, asimismo, en el numeral antes citado se señala que el Ministerio de Economía y Finanzas queda autorizado a realizar transferencias financieras, en los años fiscales 2017 y 2018, hasta por la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 250 000 000,00), para el financiamiento de lo establecido en la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, con cargo a los recursos habilitados en el marco del considerando precedente. Dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular, la cual se publica en el diario oficial El Peruano; Que, en el marco de lo establecido en el artículo 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, es necesario efectuar, previa a la transferencia financiera del presente año que se menciona en el cuarto considerando, una modificación presupuestaria en el Nivel Funcional Programático, de la Unidad Ejecutora 001 ­ Administración General, hasta por el importe de DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 200 000 000,00), a favor de la Actividad 5002175 Pagos del Gobierno Central y Otros Pagos Expresos, con cargo a los recursos asignados a la Reserva de Contingencia de la Actividad 5000415 - Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público, para financiar la atención de lo mencionado en el segundo considerando; Que, asimismo, resulta necesario autorizar la transferencia financiera del pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas, Fuente de Financiamiento 1 - Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora 001 ­ Administración General, Actividad 5002175 - Pagos del Gobierno Central y Otros Pagos Expresos, hasta por la suma de DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 200 000 000,00), para el financiamiento de lo establecido en la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693; De conformidad con lo dispuesto en la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal