Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2017 (29/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

Viernes 29 de diciembre de 2017 /

El Peruano

Que, a través del Oficio N° 519-2017-PRODUCE/ INNÓVATE PERÚ.CE el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, remite a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe N° 114-2017-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ/UPEG, de la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, en el cual concluye que se ha determinado que existen saldos de libre disponibilidad de las Resoluciones Ministeriales citadas en los considerandos anteriores, por la suma de S/ 1 590 979.90 (UN MILLON QUINIENTOS NOVENTA MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 90/100 SOLES), obtenidos como consecuencia de: i) Desembolsos realizados menores a los autorizados por Resoluciones Ministeriales; ii) Desistimiento de Contratos suscritos; iii) Desembolsos autorizados por Resoluciones Ministeriales reprogramadas al siguiente ejercicio; y iv) otros; Que, en ese sentido, el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad solicita modificar el artículo 1 y anexos únicos de las Resoluciones Ministeriales Nos. 078, 282, 343, 454, 482 y 578-2017-PRODUCE, indicando los nuevos montos autorizados para el otorgamiento de subvenciones a personas naturales y jurídicas privadas, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, destinados a cofinanciar la ejecución de proyectos del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad - FIDECOM; Que, por Memorando N° 1672-2017-PRODUCE/ OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sustentado en el Informe N° 711-2017-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, emite opinión favorable en materia presupuestal sobre la modificación del artículo 1 y anexos únicos de las Resoluciones Ministeriales Nos. 078, 282, 343, 454, 482 y 578-2017-PRODUCE, con la finalidad de que dichas autorizaciones de otorgamiento de subvenciones se ejecuten por el presupuesto total de S/ 17 803 135,54 (DIECISIETE MILLONES OCHOCIENTOS TRES MIL CIENTO TREINTA Y CINCO Y 54/100 SOLES); De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificación de la Resolución Ministerial N° 078-2017-PRODUCE Modificar el artículo 1 y el Anexo Único de la Resolución Ministerial N° 078-2017-PRODUCE, en el extremo de autorizar el otorgamiento de subvenciones a personas naturales y jurídicas privadas, hasta por la suma total de S/ 2 535 312,16 (DOS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS DOCE Y 16/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, a fin de financiar ciento dieciocho (118) proyectos con cargo al FIDECOM; según el Anexo N° 01 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Modificación de la Resolución Ministerial N° 282-2017-PRODUCE Modificar el artículo 1 y el Anexo Único de la Resolución Ministerial N° 282-2017-PRODUCE, en el extremo de autorizar el otorgamiento de subvenciones a personas naturales y jurídicas privadas, hasta por la suma total de S/ 7 114 074,14 (SIETE MILLONES CIENTO CATORCE MIL SETENTA Y CUATRO Y 14/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, a fin de financiar doscientos cincuenta (250) proyectos con cargo al FIDECOM; según el Anexo N° 02 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Modificación de la Resolución Ministerial N° 343-2017-PRODUCE Modificar el artículo 1 y el Anexo Único de la Resolución Ministerial N° 343-2017-PRODUCE, en el extremo de

autorizar el otorgamiento de subvenciones a personas naturales y jurídicas privadas, hasta por la suma total de S/ 2 355 417,01 (DOS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE Y 01/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, a fin de financiar cien (100) proyectos con cargo al FIDECOM; según el Anexo N° 03 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Modificación de la Resolución Ministerial N° 454-2017-PRODUCE Modificar el artículo 1 y el Anexo Único de la Resolución Ministerial N° 454-2017-PRODUCE, en el extremo de autorizar el otorgamiento de subvenciones a personas naturales y jurídicas privadas, hasta por la suma total de S/ 4 190 816,84 (CUATRO MILLONES CIENTO NOVENTA MIL OCHOCIENTOS DIECISÉIS Y 84/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, a fin de financiar ciento cuarenta y seis (146) proyectos con cargo al FIDECOM; según el Anexo N° 04 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 5.- Modificación de la Resolución Ministerial N° 482-2017-PRODUCE Modificar el artículo 1 y el Anexo Único de la Resolución Ministerial N° 482-2017-PRODUCE, en el extremo de autorizar el otorgamiento de subvenciones a personas naturales y jurídicas privadas, hasta por la suma total de S/ 769 787,09 (SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 09/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, a fin de financiar cuarenta y un (41) proyectos con cargo al FIDECOM; según Anexo el N° 05 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- Modificación de la Resolución Ministerial N° 578-2017-PRODUCE Modificar el artículo 1 y el Anexo Único de la Resolución Ministerial N° 578-2017-PRODUCE, en el extremo de autorizar el otorgamiento de subvenciones a personas naturales y jurídicas privadas, hasta por la suma total de S/ 837 728,30 (OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO Y 30/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, a fin de financiar cuarenta y seis (46) proyectos con cargo al FIDECOM; según el Anexo N° 06 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 7.- Acciones Administrativas La Oficina General de Administración o quien haga las veces en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 8.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, así como a la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para conocimiento y fines pertinentes. Artículo 9.- Publicación Disponer que los Anexos N° 01, 02, 03, 04, 05 y 06 a que se refieren los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de la presente Resolución Ministerial se publiquen en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www. produce.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministro de la Producción 1602017-2