Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2017 (29/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 199

El Peruano / Viernes 29 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo 4.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial al Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma y al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), para conocimiento y fines pertinentes. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra Encargada del Despacho de Desarrollo e Inclusión Social 1602600-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del Pliego Ministerio Público
DECRETO SUPREMO Nº 413-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 022: Ministerio Público; Que, el Ministerio Público conforme a lo establecido en la Constitución Política del Perú y su Ley Orgánica de creación, es un organismo autónomo cuya finalidad principal es la defensa de la legalidad, de los derechos ciudadanos y los intereses públicos; la representación de la sociedad en juicio, así como para velar por la moral pública, la persecución del delito y la reparación civil, dentro de las cuales se comprende los delitos de corrupción; Que, la Centésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza al Poder Judicial y al Ministerio Público a otorgar la asignación por gastos operativos para los jueces supernumerarios designados por el Poder Judicial y fiscales provisionales designados por el Ministerio Público, que no se encuentren en la carrera judicial o carrera fiscal, respectivamente, la citada asignación se otorga adicionalmente a lo que perciben los citados jueces y fiscales por concepto de remuneración y se encuentra sujeto a rendición de cuentas; Que, mediante Decreto Supremo N° 409-2017-EF, se establece el monto de la asignación por gastos operativos para los Jueces Supernumerarios designados por el Poder Judicial y Fiscales Provisionales designados por el Ministerio Público, que no se encuentren en la carrera judicial o carrera fiscal, respectivamente, de conformidad con la Centésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; Que, mediante Oficio Nº 1803-2017-MP-FN-GG, el Ministerio Público solicita recursos adicionales destinados a financiar el pago de la asignación por gastos operativos para los fiscales provisionales designados por el Ministerio Público; Que, de acuerdo a la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, la información proporcionada por el Ministerio Público y su proyección de gastos, se ha determinado que la suma total por atender en la genérica de gasto 2.1 Personal y Obligaciones Sociales asciende a SEIS millones QUINIENTOS MIL Y 00/100 SOLES (S/ 6 500 000,00), para financiar el pago de la asignación por gastos

operativos para los fiscales provisionales designados por el Ministerio Público establecida mediante Decreto Supremo N° 409-2017-EF; Que, los artículos 44 y 45 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia, hasta por la suma de SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 SOLES (S/ 6 500 000,00) a favor del pliego Ministerio Público, destinado financiar el pago de la asignación por gastos operativos para los fiscales provisionales designados por el Ministerio Público, establecida mediante Decreto Supremo N° 409-2017-EF, teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional del citado pliego en el presente año fiscal; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y el Decreto Supremo N° 409-2017-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 SOLES (S/ 6 500 000,00) a favor del pliego Ministerio Público, para ser destinados a financiar el pago de la asignación por gastos operativos para los fiscales provisionales designados por el Ministerio Público, establecida mediante Decreto Supremo N° 409-2017-EF, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCIÓN PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS A LA: SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 022 : Ministerio Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales TOTAL EGRESOS 6 500 000,00 -------------------6 500 000,00 =========== 6 500 000,00 -------------------6 500 000,00 ============ En Soles

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos a que se refiere el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.