Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2017 (29/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 202

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NORMAS LEGALES

Viernes 29 de diciembre de 2017 /

El Peruano

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos a que se refiere en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas 1602551-3

Autorizan Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Regionales con cargo a los recursos del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales - FED en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017
DECRETO SUPREMO Nº 416-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 29792, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, compete a dicho Ministerio formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materias de desarrollo e inclusión social; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2013-MIDIS, se aprueba la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social "Incluir para Crecer", como instrumento de gestión orientado al logro de resultados prioritarios en materia de inclusión social, particularmente, en cinco ejes estratégicos: nutrición infantil (0 a 3 años), desarrollo infantil temprano (0 a 5 años), desarrollo integral de la niñez y la adolescencia (6 a 17 años), inclusión económica (18 a 64 años) y protección del adulto mayor (65 años a más);

Que, la Octogésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, creó el Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED), a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con la finalidad de impulsar el logro de los resultados establecidos en la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social en materia de Desarrollo Infantil Temprano, con este objeto, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público quedó autorizada para depositar hasta CIEN MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 100 000 000,00) en una cuenta del Tesoro Público; Que, asimismo, de conformidad con el cuarto párrafo de la referida Disposición Complementaria Final, los recursos del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED) son incorporados a los pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales que ejecutan intervenciones de los programas presupuestales vinculados al Desarrollo Infantil Temprano, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, y el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social, a propuesta de este último, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, previa suscripción del respectivo convenio; señalándose, adicionalmente, que dichos recursos serán destinados a financiar bienes y servicios, así como bienes de capital, asociados a los resultados previstos en el convenio; Que, el literal b) del artículo 19 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, dispone que se han asignado recursos en el presupuesto institucional del pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, hasta la suma de CIENTO SETENTA MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 170 000 000,00) en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, destinados, exclusivamente, al financiamiento de los fines del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED); estableciéndose, adicionalmente, en el último párrafo del mismo artículo que los recursos a los que se refieren, entre otros, el citado literal b) se ejecutan bajo las mismas formalidades, mecanismos y procedimientos aprobados en la normatividad vigente para, entre otros, el Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED), en lo que les fuera aplicable; Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 6 del Reglamento del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED), aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2017-MIDIS, el Comité Directivo de dicho Fondo tiene entre sus funciones, aprobar el modelo y promover la suscripción del Convenio de Asignación por Desempeño (CAD); aprobar los informes de verificación de cumplimiento de los compromisos de gestión, las metas de cobertura, así como las condiciones previstas en los Convenios y aprobar la propuesta de distribución de los recursos; Que, mediante los Informes N°s 535 y 547-2017-MIDIS/ VMPES/DGPE, la Dirección General de Políticas y Estrategias del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, adjunta los Informes N°s 135 y 138-2017-MIDIS/VMPES/ DGPE/DPIP/FED, en los cuales indica que mediante las Actas N°s 016 y 018-2017-COMITÉ DIRECTIVO FED, el Comité Directivo del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED), de acuerdo a sus competencias, aprobó los informes de verificación del cumplimiento de compromisos de gestión del periodo 2017 de los Convenios de Asignación por Desempeño (CAD) de los Gobiernos Regionales de Arequipa, Cusco, Huancavelica, Lambayeque, Moquegua, Pasco, Tumbes, Ucayali y Lima; asimismo, mediante las Actas N°s 017 y 019-2017-COMITÉ DIRECTIVO FED la propuesta de distribución de los recursos que corresponde a cada Gobierno Regional, los que ascienden a una suma total de DIECISEIS MILLONES SETECIENTOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y UNO Y 00/100 SOLES (S/ 16 725 531,00); Que, adicionalmente, mediante los Informes N°s 446 y 455-2017-MIDIS/SG/OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización