Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2019 (04/04/2019)


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NORMAS LEGALES

Jueves 4 de abril de 2019 /

El Peruano

De otro lado, en relación a la solicitud del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ancash respecto al retorno del 3° Juzgado de Paz Letrado del Distrito y Provincia de Huaraz al Distrito de Chacas, Provincia de Asunción, señaló que el Juzgado de Paz Letrado Supraprovincial del Distrito de San Luis, Provincia de Carlos Fermín Fitzcarrald, el cual realiza itinerancia al Distrito de Chacas, Provincia de Asunción, a fines del año 2018 ha presentado una carga pendiente de 73 expedientes provenientes del Distrito de Chacas, cifra que se encontraría por debajo de la carga mínima de 195 expedientes establecida para un Juzgado de Paz Letrado en Zona C, por lo que no se justificaría por el momento el retorno del 3° Juzgado de Paz Letrado de Huaraz al Distrito de Chacas. b) Mediante Oficio N° 23-2019-JUPD-GAD-ECSJAR/PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sobre la base del Informe N° 75-2019-ESTADÍSTICA-CSJA-PJ elaborado por la Coordinadora Responsable de la Unidad de Estadística de esa Corte Superior, solicitó que el Juzgado Mixto y el Juzgado de Paz Letrado, ambos del Distrito de Chuquibamba, Provincia de Condesuyos, amplíen su labor de itinerancia en la Provincia de Caylloma por un periodo de ocho meses, para apoyar al 2° Juzgado Mixto y al Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Majes, que presentan sobrecarga procesal. Al respecto, informó que al mes de diciembre de 2018 el Juzgado Mixto del Distrito de Chuquibamba registró ingresos de 303 expedientes que trajo como resultado una carga procesal de 416, evidenciando una situación de "subcarga" procesal al no superar la carga mínima de 715 expedientes, ni el estándar anual de producción establecido en 550 expedientes; sin embargo, advirtió que el mencionado órgano jurisdiccional incrementó en 32% su producción de expedientes principales resueltos respecto al mismo periodo del año 2017, al pasar de 130 a 171 expedientes. De igual manera, señaló que el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Chuquibamba, al mes de diciembre del 2018 registró ingresos de 583 expedientes trayendo como resultado una carga procesal de 697 expedientes, lo cual evidencia una situación de "subcarga" procesal, al no superar la carga mínima de 715 expedientes, ni el estándar anual de producción establecido en 550; sin embargo, advierte que el mencionado órgano jurisdiccional incrementó en 77% su producción de expedientes principales resueltos respecto al mismo periodo del año 2017, al pasar de 262 a 463 expedientes. En relación al 2° Juzgado Mixto del Distrito de Majes, señaló que este inició el año 2018 con una considerable "Carga Inicial" de 725 expedientes, que representa el 51% de los ingresos (1,397 expedientes); asimismo, su carga procesal al término del año 2018 llegó a 2,122 expedientes, por lo que, dicha cifra al superar la carga máxima de 1,455, evidenció una situación de "Sobrecarga" procesal; además, señaló que el mencionado juzgado resolvió 1,388 expedientes, con lo cual logró un avance de 163% respecto a su meta, habiéndose reducido la carga inicial de expedientes de 725 a 580 expedientes; asimismo, señaló que el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Majes presentó una situación similar ya que inició el año 2018 con una "Carga Inicial" de 947 expedientes que representa el 97% de los ingresos (974 expedientes), presentando en el año 2018 una considerable carga procesal de 1,921 expedientes, cifra cercana a la carga máxima; no obstante, este juzgado resolvió 1,564 expedientes, con lo cual logró un avance de 130% respecto a su meta, habiéndose reducido la carga inicial de expedientes de 947 a 154 expedientes. En tal sentido, y en función a la carga pendiente de tramitar, recomendó ampliar la itinerancia del Juzgado Mixto y Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Chuquibamba en la Provincia de Caylloma por un periodo de seis y tres meses respectivamente. c) El Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Ayaviri, Provincia de Yauyos, Corte Superior de Justicia de Cañete, en adición a sus funciones Juzgado de Investigación Preparatoria del mencionado distrito, desde el 1 de abril de 2018 viene realizando labor itinerancia en el Distrito de Quinches de la misma provincia, y que

mediante Resolución Administrativa N° 340-2018-CE-PJ se ha prorrogado hasta el 31 de marzo del presente año. Al respecto, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cañete cursó el Oficio N° 412-2019-PJ/ CSJCÑ-P e Informe N° 05-2019-AE-OA-CSJCÑ-PJ elaborado por el Encargado del Área de Estadística de esa Corte Superior, mediante los cuales solicitó ampliar por un periodo de cuatro meses, la itinerancia del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Ayaviri en el Distrito de Quinches ambos de la Provincia de Yauyos, argumentando que mediante Oficio N° 53-2019-A/MDQ-Y, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Quinches solicitó a dicha Presidencia de Corte Superior de Justicia, se continúe con la prórroga de la itinerancia del citado juzgado, basado en que hasta la fecha el Distrito de Ayaviri no cuenta con un juzgado de paz que atienda las demandas de los pobladores; asimismo, no cuenta con Subprefecto, ni puesto policial de auxilio rápido, siendo la presencia de un juez en la zona un apoyo para la población más necesitada en busca de justicia. Asimismo, señaló que el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Ayaviri al registrar ingresos de 195 expedientes en trámite durante el año 2017, evidenció una situación de "Subcarga" procesal frente al estándar de producción establecido en 550 expedientes para un juzgado de paz letrado ubicado en Zona B, habiéndose presentado similar situación en el año 2018 ya que los ingresos fueron de 99 expedientes; al respecto, el mencionado juzgado logró resolver 103 expedientes de una carga procesal de 124 registrada al mes de diciembre de 2018, presentando un avance del 108% respecto a su meta. En virtud a lo expuesto, recomendó ampliar la labor de itinerancia del Juzgado de Paz Letrado de Ayaviri en el Distrito de Quinches por un periodo de cuatro meses. d) Mediante Oficio N° 515-2019-P-CSJCU/PJ, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cusco solicitó la prórroga de funcionamiento del 2° Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Santiago, Provincia de Cusco; teniendo como sustento la sobrecarga procesal que presenta el 1° Juzgado de Paz Letrado del mismo distrito y provincia; asimismo, solicitó que se remita al 2° Juzgado de Paz Letrado de Santiago expedientes provenientes del 1° Juzgado de Paz Letrado del mismo distrito y provincia. Al respecto, señaló que el 2° Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Santiago, Provincia y Corte Superior de Justicia de Cusco, proveniente de la conversión y reubicación del Turno "B" del 6° Juzgado de Paz Letrado de Comisaría del Distrito y Provincia de Cusco, al mes de diciembre de 2018 resolvió 1,322 expedientes de una carga procesal de 1,607, presentando un avance respecto a la meta de 128%; asimismo, indica que el 1° Juzgado de Paz Letrado de Santiago presentó un ingreso de 1,595 expedientes y teniendo en cuenta la carga máxima de 2,040, se justificaría la estancia permanente de un solo juzgado de paz letrado mixto; sin embargo, considerando que aún se presenta una elevada carga pendiente de 961 expedientes, consideró necesario la permanencia por un tiempo adicional del 2° Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Santiago; así como que el 1° Juzgado de Paz Letrado de Santiago remita aleatoriamente una carga adicional de 400 expedientes al 2° Juzgado de Paz Letrado de Santiago. e) Mediante Oficio N° 211-2018-P-CSJHN/PJ, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huánuco solicitó la reubicación definitiva del 4° Juzgado de Paz Letrado Mixto del Distrito y Provincia de Huánuco, así como su apertura de turno; teniendo como sustento la elevada carga procesal de los juzgados de paz letrados mixtos del referido distrito y provincia. Al respecto, informó que el 4° Juzgado de Paz Letrado Mixto del Distrito, Provincia y Corte Superior de Justicia de Huánuco, cuya sede de origen es el Distrito de Chinchao, Provincia de Huánuco, al mes de diciembre de 2018, resolvió 936 expedientes de una carga procesal de 1,649, logrando un avance respecto a la meta del 78%, a diferencia del 2° Juzgado de Paz Letrado Mixto de Huánuco el cual obtuvo un mayor avance del 101%; asimismo, señaló que el 2° Juzgado de Paz Letrado Mixto de Huánuco obtuvo ingresos de 1,235 expedientes, y teniendo en cuenta la carga máxima de 2,040, se justificaría la estancia permanente de un solo juzgado de