Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2019 (04/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Jueves 4 de abril de 2019

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29448 se establecen disposiciones destinadas a regular transferencias de recursos a favor de los gobiernos regionales, con la finalidad de apoyar el cumplimiento de las funciones que, en materia de telecomunicaciones, han sido transferidas a los gobiernos regionales en el marco del proceso de descentralización; Que, la Única Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 29448, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones puede modificar mediante decreto supremo, la distribución de recursos públicos que capte, con el objeto de orientar un porcentaje de los mismos al apoyo de las funciones transferidas en el marco del proceso de descentralización a los gobiernos regionales; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, y el Texto Único Ordenado de su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, prevén que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones percibe ingresos por concepto de derechos, tasas y canon vinculados a las autorizaciones y concesiones de los servicios de telecomunicaciones que otorga; Que, por Decreto Supremo Nº 005-2013-MTC se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a distribuir un monto máximo de S/ 14 454 496,00 (CATORCE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) de los Recursos Directamente Recaudados en los años fiscales 2012 al 2016, a favor de los gobiernos regionales de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali, con la finalidad de apoyar el cumplimiento de las funciones que en materia de telecomunicaciones les han sido transferidas en el marco del proceso de descentralización, así como para financiar la operación y mantenimiento de sistemas de telecomunicaciones; Que, mediante Decretos Supremos Nº 007-2017-MTC y Nº 006-2018-MTC se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a distribuir hasta la suma de S/ 17 394 346,00 (DIECISIETE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) y S/ 18 263 841.00 (DIECIOCHO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN Y 00/100 SOLES), respectivamente, de los Recursos Directamente Recaudados que capte en los años fiscales 2017 y 2018, a favor de los gobiernos regionales de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali, con la finalidad de apoyar el cumplimiento de las funciones que en materia de telecomunicaciones les han sido transferidas, así como para financiar la operación y el mantenimiento de los sistemas de telecomunicaciones transferidos en el marco del proceso de descentralización; Que, la Dirección de Políticas y Regulación en Comunicaciones del Despacho Viceministerial de Comunicaciones, sustenta y propone el Decreto Supremo que autoriza la distribución de los Recursos Directamente Recaudados que capte el Ministerio de Transportes y Comunicaciones en el año fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 18 789 868,00 (DIECIOCHO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), a favor de diversos gobiernos regionales, con la finalidad de apoyar el cumplimiento de las funciones que en materia de telecomunicaciones les han sido transferidas, así como para financiar la operación y el mantenimiento de los sistemas de telecomunicaciones transferidos en el marco del proceso de descentralización; Que, en consecuencia, resulta necesario disponer la distribución de los recursos públicos que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones capte en el año fiscal 2019, para los fines señalados en los considerandos precedentes;

De conformidad con el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Única Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 29448; DECRETA: Artículo 1.- Distribución de Recursos Públicos a favor de los Gobiernos Regionales 1.1 Autorizase al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a distribuir hasta la suma de S/ 18 789 868,00 (DIECIOCHO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES) de los Recursos Directamente Recaudados que capte en el año fiscal 2019, a favor de los gobiernos regionales de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali, con la finalidad de apoyar el cumplimiento de las funciones que en materia de telecomunicaciones se ha transferido en el marco del proceso de descentralización, así como financiar la operación y el mantenimiento de los sistemas de telecomunicaciones. 1.2 El detalle de la distribución a favor de cada gobierno regional, a que hace referencia el párrafo 1.1, se encuentra en el Anexo "Distribución de recursos a los gobiernos regionales año fiscal 2019", que forma parte integrante del Decreto Supremo, el cual se publica en el portal institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob. pe/mtc), en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 2.- Destino de los Recursos Distribuidos Los recursos públicos a distribuir a los gobiernos regionales según lo dispuesto en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, bajo responsabilidad, son destinados únicamente a los fines para los cuales se otorga la presente autorización. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de abril del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1757062-8

Designan Directores de la Oficina de Asesoría Legal, de la Dirección de Estudios y Proyectos y de la Dirección de Supervisión de Proyectos del Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 240-2019 MTC/01 Lima, 2 de abril de 2019 VISTOS: El Memorando N° 0018-2019-MTC/24 del Director Ejecutivo del Programa Nacional de Telecomunicaciones y el Memorándum N° 153-2019MTC/11 de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 018-2018-MTC, Decreto Supremo que dispone la fusión del Fondo de