Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2019 (04/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 122

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NORMAS LEGALES

Jueves 4 de abril de 2019 /

El Peruano

10.4. CAMINATAS, CARRERAS Y/O MARATONES U OTROS CON FINES DEPORTIVOS 1. Las rutas y/o recorridos deberán comprender de preferencia vías principales, siendo recomendable como punto de salida y llegada el Parque Andrés Avelino Cáceres y/o vías metropolitanas con entorno de zonificación comercial. 2. Excepcionalmente se podrán desarrollar en otros espacios públicos, estando sujeto a evaluación y obligaciones de carácter técnico que se dispongan. 3. Solo se podrá instalar estructuras en las áreas de pavimento rígido existentes de los espacios públicos, estando prohibido la utilización de áreas verdes. 4. El horario permitido para el desarrollo del evento, será los días sábados y domingos, en un tiempo máximo de 5 horas. 5. El pedido deberá presentarse con quince (15) días hábiles de anticipación, señalando nombres y apellidos completos de la persona natural o del representante legal en caso de persona jurídica, acreditando poder simple, dirección, teléfono, número de DNI, correo electrónico. 6. Asimismo, deberá presentar: a. Memoria descriptiva del evento, donde se indique el número de personas que congregará el evento, fecha, hora de inicio y término, recorrido graficado en croquis, donde de ser el caso, se indique los puntos de hidratación, punto de entrega de Kit, carpa de atención médica o similar, arco de partida, punto de llegada, estrado de premiación o similares y mallas de cerco perimétrico y cualquier otro tipo de equipamiento relacionado al evento. b. Contrato suscrito con una empresa de seguridad privada para custodia periférica de la zona destinada al evento, que deberá describir las características del servicio de acuerdo al aforo previsto. c. Póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra, sin franquicia alguna, accidentes personales, invalidez temporal o permanente y muerte de los participantes y asistentes, según el aforo previsto. d. Autorización de Interferencia de vías emitida por la Gerencia de Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima. e. Declaración Jurada de compromiso de no deteriorar las áreas verdes del parque y el mobiliario urbano, y dejarlo en las mismas condiciones encontradas. f. Declaración Jurada de responsabilidad ante cualquier incidente y/o daño ocasionado por el desarrollo del evento. 7. Obligaciones del responsable del evento: a. Cumplir con las condiciones de seguridad, debiendo gestionar ante la Subgerencia de Gestión de Riesgo de Desastres y Defensa Civil, la Visita de Seguridad en Edificaciones (VISE), para eventos con aforo de hasta 3,000 personas; o ante la Subgerencia de Defensa Civil de la Municipalidad Metropolitana de Lima para eventos con aforo mayor a 3,000 personas. b. Comunicar oportunamente sobre el evento a la Gobernación de Chorrillos, a la Policía Nacional del Perú y al Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. c. Respetar los decibeles máximos permitidos: En zona residencial de 60 dB y en zona comercial 70 dB. d. Instalar un (01) baño portátil por cada cincuenta (50) personas que participen. e. La instalación del equipamiento deberá realizarse como máximo 48 horas antes del inicio del evento. f. Retirar el mobiliario y/o las estructuras temporales instaladas (mesas, sillas, puntos de hidratación, punto de entrega de kit, carpa de atención médica o similar, arco de partida, punto de llegada, estrado de premiación o similares, mallas de cerco perimétrico y/o similares), el mismo día al término del evento. g. No utilizar equipos de sonido, parlantes, altavoces, megáfonos, espectáculos con artistas o disc-jockey a lo largo de la ruta y/o recorrido. Solo podrá permitirse estos, en el punto de partida, de llegada y/o estrado de premiación o similares, respetando los decibeles máximos permitidos.

h. Contar con al menos una (01) ambulancia, unidad paramédica y/o unidad de bomberos a fin de velar por la salud física ante cualquier eventualidad que pudiera sufrir alguno de los asistentes al evento. i. Garantizar las zonas de evacuación y accesibilidad a los vehículos de emergencia. j. Facilitar el ingreso y/o salida de los propietarios o residentes de las zonas circundantes al evento. k. No usar, comercializar y/o distribuir artículos pirotécnicos. l. No comercializar y/o distribuir y/o utilizar bebidas alcohólicas durante el desarrollo del evento. m. No se permite el desarrollo de este tipo de evento en la Zona Monumental del distrito de Chorrillos. Artículo 11º.- DE LA PROGRAMACIÓN DE ACTIVIDADES MUNICIPALES Las Gerencias u Oficinas de la Municipalidad de Chorrillos, cuyas funciones impliquen acciones o actividades sobre los espacios públicos del distrito de Chorrillos, deberán proporcionar a la Subgerencia de Comercialización y Mercado y a la Subgerencia de Control Urbano, la programación de sus actividades, a efectos de atender los pedidos que se presenten en el marco de la presente Ordenanza. Según la naturaleza y envergadura del evento, la Subgerencia de Comercialización y Mercado solicitará la opinión técnica del área competente; respecto a la factibilidad del mismo acorde a la política de sostenibilidad, cultural y/o deportiva local, así como sobre las rutas y/o recorridos propuestos. Artículo 12º.- EVENTOS PERMITIDOS EN ESPACIOS PÚBLICOS QUE NO REQUIEREN OPINIÓN FAVORABLE 1. Eventos benéficos: colectas en vía pública organizadas por instituciones constituidas legalmente, sin fines de lucro. 2. Eventos Escolares: Paseo de antorchas, Desfiles, Izamientos de Bandera y Eventos Religiosos (Procesiones), a desarrollarse en el entorno inmediato del predio que ocupan. 3. El responsable del evento deberá comunicar por escrito a la Subgerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastres, con un mínimo de quince (15) días hábiles de anticipación, adjuntando Memoria descriptiva que indique la finalidad del evento, número de personas que congregará, fecha, hora de inicio y término, y el lugar exacto donde se desarrollará graficado en croquis de ubicación. Asimismo, deberá adjuntar: a. Declaración Jurada de compromiso de no deteriorar las áreas verdes, mobiliario urbano y/o espacios públicos, y dejarlo en las mismas condiciones encontradas. b. Declaración Jurada de responsabilidad ante cualquier incidente y/o daño ocasionado por el desarrollo del evento. 4. En caso de interrupción temporal del tránsito de vehículos y peatones, deberán contar con la Autorización de Interferencia de Vías emitida por la Gerencia de Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, según corresponda. 5. Obligaciones del responsable del evento: a. Cumplir con las condiciones de seguridad, debiendo gestionar ante la Subgerencia de Gestión de Riesgo de Desastres y Defensa Civil, la Visita de Seguridad en Edificaciones (VISE), para eventos con aforo de hasta 3,000 personas; o ante la Subgerencia de Defensa Civil de la Municipalidad Metropolitana de Lima para eventos con aforo mayor a 3,000 personas. b. Comunicar oportunamente sobre el evento a la Gobernación de Chorrillos, a la Policía Nacional del Perú y al Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. c. Respetar los decibeles máximos permitidos. En zona residencial de 60 dB y en zona comercial 70 dB. d. No utilizar equipos de sonido, parlantes, altavoces, megáfonos, espectáculos con artistas o disc-jockey, bandas.