Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2019 (04/04/2019)


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NORMAS LEGALES

Jueves 4 de abril de 2019 /

El Peruano

Distritos Judiciales en donde se implemente el Expediente Judicial Electrónico; así como la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución administrativa y los documentos aprobados, en el Portal Institucional del Poder Judicial para su debido cumplimiento. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Lima y Lima Norte; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1757042-3

jurisdiccionales transitorios en los mencionados Distritos Judiciales, la cual cuenta con la conformidad de los Equipos Técnicos Institucionales de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo y del Código Procesal Penal, respecto a la prórroga de funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios laborales y penales liquidadores. Tercero. Que, de otro lado, de la evaluación realizada a los órganos jurisdiccionales con vencimiento al 31 de marzo de 2019, efectuada del avance ideal del 100% del estándar anual que debieron presentar al mes de diciembre del año 2018, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial informó lo siguiente: 1) Debido a que este Poder del Estado presenta un déficit de 686 órganos jurisdiccionales permanentes de las diferentes especialidades e instancias, generando sobrecarga procesal en los actuales órganos jurisdiccionales permanentes, los cuales al momento solo pueden ser apoyados con los cincuenta y cuatro órganos jurisdiccionales transitorios disponibles, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resoluciones Administrativas N° 095-2018-CE-PJ y N° 152-2018-CEPJ de fechas 14 de marzo y 30 de mayo de 2018, respectivamente, ha dispuesto que la Gerencia General del Poder Judicial gestione los recursos presupuestales necesarios para financiar la creación de ochenta y cuatro órganos jurisdiccionales transitorios de descarga y seiscientos ochenta y seis órganos jurisdiccionales permanentes; asimismo, mediante el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 058-2019-CE-PJ de fecha 6 de febrero de 2019, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso "Establecer que en lo posible no se atenderán solicitudes de conversión a la condición de permanentes de los órganos jurisdiccionales transitorios de descarga con turno cerrado, encargados de tramitar la sobrecarga procesal que existe actualmente en los órganos jurisdiccionales permanentes a nivel nacional; debido a que se encuentra pendiente la actualización de los estándares de expedientes principales resueltos, sobre todo en las especialidades de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, familia, civiles (puros, mixtos y comerciales), contenciosos administrativos y mixtos; así como la asignación presupuestal para crear nuevos órganos jurisdiccionales". 2) Se observó la existencia de órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios a cargo de la Comisión Nacional de Productividad Judicial que presentaron un retraso mayor a un mes, es decir un avance inferior al 91%; por lo que recomienda que las Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura verifiquen el bajo desempeño de los órganos jurisdiccionales con nivel resolutivo de expedientes inferior al 91%; asimismo, que las Comisiones Distritales de Productividad Judicial efectúen el monitoreo exhaustivo del funcionamiento de sus respectivos órganos jurisdiccionales a fin de adoptar las acciones correspondientes que permita dinamizar la descarga procesal. Los órganos jurisdiccionales con avance inferior al 91% se remiten por Anexo, estando exceptuados de esta relación las tres Salas Penales Especiales de Lima, un Juzgado de Turno Permanente de Lima y el 4° Juzgado Penal de Lima, cuya producción no puede ser medida bajo los estándares establecidos, por su naturaleza funcional. 3) Mediante Oficio N° 20-2019-JUPD-GAD-E-CSJAR/ PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa ha solicitado la conversión del Juzgado Civil Transitorio de Camaná como 2° Juzgado Civil Permanente de Camaná. Al respecto, recomienda desestimar la solicitud de conversión del Juzgado Civil Transitorio de Camaná como 2° Juzgado Civil Permanente de Camaná, tomando en cuenta lo indicado en el numeral 1) del presente considerando. 4) El Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Distrito de Cerro Colorado, Corte Superior de Justicia de Arequipa, que tramita procesos de la especialidad civil, al mes de diciembre de 2018 resolvió solo 131 expedientes de una carga procesal de 572, lo cual equivale a un avance del 40% con respecto a su meta anual establecida en 327 expedientes, razón por la cual recomienda evaluar

Prorrogan funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios y dictan otras disposiciones
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 132-2019-CE-PJ Lima, 27 de marzo de 2019 VISTOS: El Oficio N° 154-2019-OPJ-CNPJ-CE/PJ que adjunta el Informe N° 015-2019-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursados por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resoluciones Administrativas Nros. 339-2018-CE-PJ, 042-2019-CE-PJ y 102-2019-CEPJ, se prorrogó el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios que se encuentran bajo la competencia de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, hasta el 31 de marzo de 2019; disponiéndose además que las Comisiones Distritales de Productividad Judicial cumplan con monitorear el funcionamiento de la producción de los órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal, así como emitir informe de la labor realizada por los órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios. Segundo. Que, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial remite a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial el Informe N° 015-2019-OPJ-CNPJCE/PJ, sobre la propuesta de prórroga de órganos jurisdiccionales transitorios de las Cortes Superiores de Justicia de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Huaura, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur, Loreto, Madre de Dios, Piura, San Martín, Santa, Selva Central y Sullana, cuyo plazo de funcionamiento se encuentra vigente hasta el 31 de marzo de 2019. Dicha evaluación se efectuó en base a la información estadística registrada y disponible en los Sistemas Informáticos del Poder Judicial, correspondiente al período de enero a diciembre de 2018, considerando que el avance ideal al mes de diciembre de cada año debe ser el 100% de la meta anual. En ese sentido, se ha establecido la capacidad operativa de cada Corte Superior de Justicia en la administración de órganos jurisdiccionales y la optimización de recursos para la mejora de la productividad y eficiencia a nivel nacional, teniendo en cuenta la escasez de recursos presupuestales disponibles. Por lo que siendo así, y conforme al análisis y evaluación desarrollados respecto al ingreso de expedientes nuevos, carga procesal y producción jurisdiccional, la Oficina de Productividad Judicial puso a consideración de este Órgano de Gobierno la propuesta de prórroga de funcionamiento de los órganos