Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2019 (04/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 146

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Jueves 4 de abril de 2019 /

El Peruano

Que, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú, en su Artículo 194º establece que las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en concordancia con lo dispuesto en los Artículos IV y V de la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades", la Municipalidad Provincial de Canta representa a su vecindario, promueve la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo, sostenible y armónico de la circunscripción de su jurisdicción; y su estructura, organización y funciones específicas se cimientan en una visión del estado democrático, unitario, descentralizado y desconcentrado con la finalidad de lograr el desarrollo sostenible del país; Que, asimismo, el Artículo 8º de la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades", establece que las Municipalidades son competentes para establecer su régimen de organización interior, de acuerdo a sus necesidades y presupuesto; Que, el Artículo 26º de la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades" establece que la administración municipal adopta una estructura gerencial, sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior; Que, el Consejo Municipal es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Municipal y de conformidad con el literal 3) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; Que, por otro lado, mediante el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM se aprobó la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública como principal instrumento orientador de la modernización de la gestión pública en el Perú, que establecerá la visión, los principios y lineamientos para una actuación coherente y eficaz del sector público, al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del país; aplicable para los Gobiernos Locales; Que, asimismo, mediante el Decreto Supremo Nº 123-2018-PCM se aprobó el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública y que es de alcance para los Gobiernos Locales, el cual establece la realización de acciones orientadas a incrementar los niveles de eficiencia y eficacia en la gestión pública, a fin de lograr resultados en beneficio de los ciudadanos; y que tiene entre sus medios a la "estructura, organización y funcionamiento del estado", el cual consiste en que las entidades públicas conforme a su tipo, competencias y funciones adoptan una determinada estructura y se organizan a fin de responder al objeto para el que fueron creadas y atender a las necesidades de las personas. El diseño institucional se realiza en función de la finalidad o resultado a lograr, por ende la estructura debe ser entendida esencialmente como un medio para organizar el trabajo, la toma de decisiones, las responsabilidades asociadas a las funciones, entre otros. El funcionamiento comprende la asignación y distribución de funciones al interior de una entidad en el marco de los principios de legalidad, especialidad y jerarquía, así como de las reglas de no duplicidad, coherencia, entre otras contenidas en la normativa de la materia; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, que aprueba la Lineamientos de Organización del Estado, el cual regula los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fin de responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía; Que, asimismo, mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 003-2018-PCM/SGP que aprobó la Directiva Nº 001-2018-SGP "Directiva que Regula el Sustento Técnico y Legal de Proyectos Normativos en Materia de Organización, Estructura y Funcionamiento del Estado", establece que el Reglamento de Organización y

Funciones de una Municipalidad contiene títulos, capítulos y artículos el cual es aprobado por Ordenanza Municipal; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 004-2019-MPC se Declaró en Emergencia Administrativa y Financiera a la Municipalidad Provincial de Canta, con la finalidad de hacer las reformas, cambios o reorganizaciones que fueran necesarias, para optimizar los recursos y funciones, para que contribuyan en la mejora de la prestación de los servicios administrativos y públicos locales, así como en la promoción del desarrollo integral de la Provincia de Canta; Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) es un documento normativo de gestión institucional que contiene la estructura orgánica de la entidad, las funciones generales de la Entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades de organización, así como las relaciones de coordinación y control entre éstas y sus responsabilidades; Que, en este contexto, se hace necesario realizar las reformas y cambios en la organización interna de la Municipalidad Provincial de Canta, con la finalidad de optimizar el uso de sus recursos y redefinir sus funciones, que le permitan ejercer su verdadera función de promotor del desarrollo de la jurisdicción territorial de la Provincia de Canta, con democracia, eficiencia, modernidad y mejor servicio a la comunidad; en concordancia con la realidad presupuestaria y los alcances del Título XI de la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades", sobre la Promoción del Desarrollo Municipal en Zonas Rurales; Que, para el efecto, se ha elaborado un nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Organigrama Estructural, orientado a mejorar y modernizar la prestación de los servicios públicos locales y a contribuir en la promoción efectiva del desarrollo de la jurisdicción territorial de la Provincia de Canta; siendo necesario procesar su aprobación; Que, la Sub Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia Municipal, se pronuncian de manera favorable para que el Concejo Municipal proceda a la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones; Estando a lo expuesto; en uso de las facultades conferidas por los Artículos 9º numerales 3 y 8, 39º y 40º de la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades"; y con la aprobación del Acta; el Concejo Municipal por MAYORIA aprobó la siguiente ORDENANZA; "REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANTA" Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la Municipalidad Provincial de Canta, que consta de VI Títulos, 93 Artículos, 07 Disposiciones Complementarias, 06 Disposiciones Transitorias y Finales y el Organigrama Estructural, los mismos que forman parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- FACULTAR a la Alcaldía para que implemente esta nueva Organización Interna, según la disponibilidad presupuestal y financiera de la Municipalidad Provincial de Canta. Artículo Tercero.- DEJAR sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- DISPONER su publicación en el Diario Oficial El Peruano conforme lo dispone el Artículo 52º del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, y en las vitrinas de la Municipalidad y locales públicos conforme establece el numeral 3 del Artículo 44º y el Artículo 147º de la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades". POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ARTURO OSCAR PAREDES SALCEDO Alcalde 1756075-1