Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2019 (04/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Jueves 4 de abril de 2019

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2018-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 23 de marzo de 2018, se crea la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para la Orientación del Ciudadano, como el único punto de contacto digital del Estado Peruano con los ciudadanos y personas en general, basado en una experiencia sencilla, consistente e intuitiva de acceso a información institucional, trámites y servicios públicos digitales; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 119-2018PCM, de fecha 08 de mayo 2018, se dispuso en el artículo 1, la creación y conformación de los integrantes del Comité de Gobierno Digital, el cual deberá constituirse en cada entidad de la Administración Pública, estableciéndose en el artículo 2, las funciones correspondientes a dicho Comité; Que, la Resolución Nº 065-2018/SBN de fecha 07 de septiembre del 2018, dispuso en su artículo 1, la conformación de los integrantes del Comité de Gobierno Digital de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; Que, con la Resolución N° 092-2018/SBN de fecha 17 de diciembre de 2018, se modificó el artículo 1 de la Resolución N° 065-2018/SBN, incluyendo como nuevo integrante del Comité de Gobierno Digital de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales al Gerente General; Que, mediante Resolución N° 014-2016/SBN de fecha 17 de febrero de 2016 se conformó el Comité de Gestión de Seguridad de la Información de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; sin embargo, a través de la Resolución Ministerial N° 087-2019-PCM de fecha 19 de marzo del 2019, se dispuso la modificación de los artículos 1 y 2 de la Resolución Ministerial N° 119-2018-PCM, en donde se prevé dejar sin efecto la conformación del Comité de Gestión de Seguridad de la Información sustentada en la necesidad de establecer acciones que fortalezcan las competencias del Comité de Gobierno Digital en materia de gestión documental y seguridad de la información, a fin de contar con un único mecanismo responsable del gobierno digital en la entidad, conforme se desprende del séptimo considerando de la Resolución Ministerial N° 087-2019-PCM; Que, en tal sentido, resulta necesario modificar la Resolución N° 065-2018/SBN de fecha 07 de septiembre del 2018 y dejar sin efecto la Resolución N° 014-2016/ SBN de fecha 17 de febrero de 2016, en atención a lo expuesto en los considerandos precedentes; Con el visado de la Gerencia General y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27658, los Decretos Supremos Nº 033-2018-PCM y Resolución Ministerial Nº 119-2018PCM, la Resolución Nº 065-2018/SBN, la Resolución N° 092-2018/SBN, Resolución Ministerial N° 087-2019-PCM, Resolución N° 014-2016/SBN y, en uso de las atribuciones conferidas en el literal r) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el artículo 1 y 3 de la Resolución Nº 065-2018/SBN publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12 de septiembre de 2018, el cual quedará redactado en los siguientes términos: "Artículo 1.- Conformar el Comité de Gobierno Digital de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales SBN, el cual estará integrado por: - El (la) Superintendente (a) Nacional de Bienes Estatales, quien lo presidirá. - El (la) Gerente(a) General o su representante. - La (el) Líder del Gobierno Digital. - El (la) Supervisor (a) de Tecnologías de la Información de la Oficina de Administración y Finanzas, quien actuará como Secretario Técnico del Comité. - El (la) Supervisor (a) de Personal.

- El (la) Jefe (a) (e) de la Unidad de Trámite Documentario. - El (la) Oficial de Seguridad de la Información. - El (la) Jefe(a) de Asesoría Jurídica. - El (la) Jefe(a) de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. El (la) Titular de la entidad puede incorporar a otros miembros al Comité de Gobierno Digital atendiendo a las necesidades de la entidad para el cumplimiento de las políticas nacionales, sectoriales o el logro de sus objetivos estratégicos institucionales." ( ...) "Artículo 3.- El Comité de Gobierno Digital de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, realizará las siguientes funciones para el cumplimiento de sus objetivos: a) Formular el Plan de Gobierno Digital de la entidad. b) Liderar y dirigir el proceso de transformación digital en la entidad. c) Evaluar que el uso actual y futuro de las tecnologías digitales sea acorde con los cambios tecnológicos, regulatorios, necesidades de la entidad, objetivos institucionales, entre otros con miras a implementar el Gobierno Digital. d) Gestionar la asignación de personal y recursos necesarios para la implementación del Plan de Gobierno Digital, Modelo de Gestión Documental (MGD), Modelo de Datos Abiertos Gubernamentales y Sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI) en sus Planes Operativos Institucionales, Plan Anual de Contrataciones y otros; e) Promover y gestionar la implementación de estándares y buenas prácticas en gestión y gobierno de tecnologías digitales, interoperabilidad, seguridad digital, identidad digital y datos en la entidad. f) Elaborar informes anuales que midan el progreso de la implementación del Plan de Gobierno Digital y evalúen el desempeño de Modelo de Gestión Documental (MGD), Modelo de Datos Abiertos Gubernamentales y Sistema de Gestión de Seguridad de la Información. (SGSI). g) Vigilar el cumplimiento de la normatividad relacionada con la implementación del gobierno digital, interoperabilidad, seguridad de la información y datos abiertos en las entidades públicas. h) Promover el intercambio de datos, información, software público, así como la colaboración en el desarrollo de proyectos de digitalización entre entidades. i) Gestionar, mantener y documentar el Modelo de Gestión Documental (MGD), Modelo de Datos Abiertos Gubernamentales y Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información (SGSI) de la entidad. j) Promover la conformación de equipos multidisciplinarios ágiles para la implementación de proyectos e iniciativas de digitalización de manera coordinada con los responsables de los órganos y unidades orgánicas de la entidad. k) Otras funciones que se le asigne en el ámbito de su competencia y aquellas concordantes con la materia." Artículo 2.- Dejar sin efecto, la Resolución N° 014-2016/SBN de fecha 17 de febrero 2016, por las consideraciones expuestas en la presente resolución. Artículo 3.- Disponer que el Oficial de Seguridad de la Información de la entidad, en un plazo que vence el 05 de abril de 2019, tomando en consideración que la publicación de la Resolución Ministerial N° 087-2019-PCM fue el 22 de marzo del presente año, transfiera al Comité de Gobierno Digital de la entidad, la documentación generada en el marco de la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información. Artículo 4.- Disponer que la Unidad de Trámite Documentario notifique la presente Resolución a los integrantes del Comité de Gobierno Digital de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales. Artículo 5.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".