Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2019 (04/04/2019)


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NORMAS LEGALES

Jueves 4 de abril de 2019 /

El Peruano

Que, por lo tanto, la participación en los precitados eventos permitirá la aprobación de proyectos archivísticos presentados a través de convocatorias, que no solo beneficiarán al Archivo General de la Nación como ente rector del Sistema Nacional de Archivos, sino también a los Archivos Regionales, Locales y Archivos Públicos a nivel nacional, reforzando así las acciones para mejorar la organización, descripción, conservación y difusión del Patrimonio Documental de la Nación, y ampliando el acceso a la información a la ciudadanía a nivel nacional; Que, por las consideraciones expuestas, atendiendo a la temática de los eventos en mención y los fines antes señalados, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor José Luis Abanto Arrelucea a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile; cuyo gasto por concepto de viáticos será asumido por el Archivo Nacional de Chile, mientras que los pasajes aéreos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Archivo General de la Nación; Que, el artículo 10 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, establece que durante el presente año, la autorización de viajes al exterior se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; siendo pertinente mencionar que el artículo 1 del Reglamento de la citada Ley Nº 27619, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, señala que los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los organismos públicos descentralizados correspondientes, que irroguen algún gasto al Tesoro Público, serán autorizados mediante Resolución Ministerial del respectivo Sector; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor José Luis Abanto Arrelucea, Director de la Dirección de Desarrollo de Políticas Archivísticas del Archivo General de la Nación, a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 7 al 13 de abril del 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos con cargo al presupuesto del Archivo General de la Nación, conforme al siguiente detalle: Pasaje aéreo, (incluido TUUA) : US$ 826.00 ----------------TOTAL : US$ 826.00 Artículo 3.- Disponer que el profesional cuyo viaje se autoriza, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presente ante el titular del Archivo General de la Nación, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la comisión a la que acudirá, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ULLA HOLMQUIST PACHAS Ministra de Cultura 1757059-1

DEFENSA
Aprueban el Presupuesto Analítico de Personal - PAP del Ministerio (Unidad Ejecutora 001: Administración General) para el Año Fiscal 2019
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0419-2019 DE/SG Jesús María, 28 de marzo de 2019 VISTOS: El Oficio Nº 00307-2019-MINDEF/VRD-DGRRHHDIPEC del 07 de febrero del 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos; el Informe Nº 00017-2019-MINDEF/VRD-DGRRHH-DIPEC del 06 de febrero del 2019, de la Dirección de Personal Civil; el Oficio Nº 00338-2019-MINDEF/VRD-DGPP del 04 de marzo del 2019, de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Legal Nº 687-2019-MINDEF/ SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, dispone que este Ministerio constituye un organismo del Poder Ejecutivo, que tiene personería jurídica de derecho público y constituye un pliego presupuestal; Que, por Resolución Ministerial Nº 488-2017-DE/SG de fecha 25 de abril del 2017, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP de la Unidad Ejecutora 001: Administración General del Ministerio de Defensa, reordenado tanto por Resolución Ministerial Nº 103-2018 DE/SG de fecha 01 de enero del 2018, así como por Resolución Ministerial Nº 682-2018 DE/SG de fecha 30 de mayo del 2018; Que, la Directiva General Nº 024-2011-MINDEF/ VRD/DGRRHH "Lineamientos sobre Formulación del Presupuesto Analítico de Personal ­ PAP en las Unidades Ejecutoras del Pliego Nº 026: Ministerio de Defensa", aprobada por Resolución Ministerial Nº 817-2011-DE/SG, dispone en su numeral VI que las mencionadas Unidades Ejecutoras deben aprobar su Presupuesto Analítico de Personal para cada año fiscal; Que, en ese contexto, la Dirección General de Recursos Humanos, mediante los documentos de vistos, ha formulado el Presupuesto Analítico de Personal PAP del Ministerio de Defensa (Unidad Ejecutora 001: Administración General) para el año fiscal 2018; Que, la Directiva Nº 001-82-INAP-DNP, "Directiva para la formulación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público, aprobada por Resolución Jefatural Nº 019-82 INAP/DIGESNAP, establece que el Presupuesto Analítico de Personal debe ser aprobado por el Titular del Pliego Presupuestal; Que, el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del MINDEF, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2016-DE, dispone que el Ministro de Defensa es el titular de Pliego Presupuestal del MINDEF; Que, la Dirección de Personal Civil en su Informe Técnico ha sustentado las razones por las que el referido Presupuesto Analítico de personal - PAP debe ser aprobado con eficacia al 01 de enero de 2019, lo cual cuenta con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica contenida en el Informe Legal de vistos; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el Presupuesto Analítico de Personal PAD del Ministerio de Defensa (Unidad Ejecutora 001: Administración General) para el Año Fiscal 2019, con eficacia al 01 de enero de 2019; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el Decreto legislativo Nº 1134, que