Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2019 (04/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 142

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NORMAS LEGALES

Jueves 4 de abril de 2019 /

El Peruano

Prorrogan plazo para el pago al contado y primera cuota del Impuesto Predial y de cuotas de Arbitrios del ejercicio fiscal 2019, la presentación de la Declaración Jurada y el incentivo por pronto pago
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2019-MDSMP San Martín de Porres, 29 de marzo de 2019 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES VISTO: El Oficio Nº 010-010-19000157, del Servicio de Administración Tributaria del Distrito de San Martín de Porres, que contiene el Informe Nº 060-014-19000123 de la Gerencia de Operaciones y el Informe Nº 4602019-GAJ/MDSMP, de la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres que sustentan el proyecto de Decreto de Alcaldía que "Prorroga la Fecha de Vencimiento para el Pago al Contado y de la Primera Cuota del Impuesto Predial y de la Primera, Segunda y Tercera Cuota del Pago Mensual de los Arbitrios Municipales, ambos del ejercicio fiscal 2019; y prórroga la vigencia del Incentivo por Pronto Pago de Arbitrios Municipales 2019"; y el Memorando Nº 10822019-GM/MDSMP, de la Gerencia Municipal. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades Distritales son órganos de gobierno local y cuentan con autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, y en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades señala: "La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico". Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, estipula que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal, entre otras. Que mediante Ordenanza Nº 470-MDSMP, publicada con fecha 06 de Febrero de 2019, se estableció entre otras cosas, el cronograma de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal 2019, así como el Incentivo por Pronto Pago de Arbitrios Municipales. Que, el inciso a) del artículo 14º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que los contribuyentes están obligados a presentar declaración jurada anualmente, el último día hábil del mes de febrero, salvo que el Municipio establezca una prórroga. Que, mediante Oficio Nº 010-010-19000157, de fecha 28 de marzo de 2019, el Jefe del Servicio de Administración Tributaria remite el Informe Nº 060-01419000123 de la Gerencia de Operaciones, que sustentan el proyecto de Decreto de Alcaldía que "Prorroga la Fecha de Vencimiento para el Pago al Contado y de la Primera Cuota del Impuesto Predial y de la Primera, Segunda y Tercera Cuota del Pago Mensual de los Arbitrios Municipales; ambas del ejercicio fiscal 2019; y prórroga la vigencia del Incentivo por Pronto Pago de Arbitrios Municipales"; debido a que en el proceso de transferencia se presentaron dificultades y omisiones para la adecuada ejecución del proceso de la emisión mecanizada masiva de declaraciones juradas del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del periodo 2019, lo que ha motivado que la distribución de la Cuponera Tributaria 2019 a los contribuyentes del distrito aun no concluya.

Que, en la Segunda Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 470-MDSMP, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la citada Ordenanza así como prorrogar la fecha de vencimiento, de ser el caso. Estando a los considerandos antes expuestos y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades y de lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria de la Ordenanza Nº 470-MDSMP. DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de Abril de 2019, la Fecha de Vencimiento para el Pago al Contado y de la Primera Cuota del Impuesto Predial 2019; así como, para el pago de la Primera, Segunda y Tercera Cuota Mensual de los Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal 2019, establecidos en el artículo tercero de la Ordenanza Nº 470-MDSMP. Artículo Segundo.- PRORROGAR hasta el 30 de Abril de 2019, el plazo para la presentación de la Declaración Jurada establecido en el inciso a) del artículo 14 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal. Artículo Tercero.- PRORROGAR hasta el 30 de Abril de 2019, el Incentivo por Pronto Pago de Arbitrios Municipales, establecido en el Artículo Cuarto de la Ordenanza Nº 470-MDSMP. Artículo Cuarto.- ENCARGAR al Servicio de Administración Tributaria del Distrito de San Martin de Porres o a quien haga sus veces, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Quinto.- DISPONER a la Secretaria General y a la Sub Gerencia de Logística y Gestión Patrimonial, la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Subgerencia de Desarrollo de la Tecnología de la Información, la publicación en la página web de la municipalidad: www. mdsmp.gob.pe, en el portal del Estado Peruano: www. peru.gob.pe, y en el portal de Servicios y Empresas: www. serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JULIO ABRAHAM CHAVEZ CHIONG Alcalde 1756638-1

Aprueban el "Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora del Distrito de San Martín de Porres 2019"
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2019-MDSMP San Martín de Porres, 29 de marzo de 2019 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES VISTO: El Memorándum Nº 213-2019-GSPyGA/MDSMP, de la Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental, por el cual se solicita la aprobación del "Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora del distrito de San Martín de Porres 2019", el Informe Nº 4622019-GAJ/MDSMP, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 1083-2019-GM/MDSMP, de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por las leyes de reforma constitucional Nº 27680 y Nº 30305, las municipalidades son órganos de gobierno locales que