Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2018 (14/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano / Viernes 14 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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SALUD
Disponen que la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General efectúe la publicación del proyecto de Reglamento del Servicio de Guardia y su proyecto de Exposición de Motivos, en el portal institucional del Ministerio, así como del proyecto de Decreto Supremo que lo aprobaría
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1302-2018/MINSA Lima, 13 de diciembre del 2018 Visto, el Expediente N° 18-117340-001, que contiene el proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Servicio de Guardia, a propuesta de la Dirección General de Personal de la Salud; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 3 y 5 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud establecen que este, como organismo rector del Sector Salud, tiene entre sus funciones dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, así como la gestión de los recursos del sector; teniendo dentro de su ámbito de competencia, los recursos humanos en salud; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1153 se regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del Estado, con finalidad de que este alcance mayores niveles de eficacia, eficiencia, y preste efectivamente servicios de calidad en materia de salud al ciudadano, a través de una política integral de compensaciones y entregas económicas que promueva el desarrollo del personal de la salud al servicio del Estado; Que, el artículo 10 del mencionado Decreto Legislativo considera al Servicio de Guardia como la actividad que el personal de la salud realiza por necesidad o continuidad del servicio a requerimiento de la entidad, atendiendo a los criterios de periodicidad, duración, modalidad, responsabilidad, así como de voluntariedad u obligatoriedad, asimismo, establece que la aplicación e implementación de estos criterios serán desarrollados mediante Reglamento; Que, a través del Decreto Supremo N° 015-2018-SA, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1153, en cuya Sexta Disposición Complementaria Final dispone que mediante Decreto Supremo, a propuesta del Ministerio de Salud, se aprueban los aspectos relacionados al funcionamiento del servicio de guardia, en el ámbito de aplicación de las entidades comprendidas en el numeral 3.1 del artículo 3 del citado Decreto Legislativo N° 1153; Que, por lo expuesto, se hace necesario establecer los criterios para el Servicio de Guardia, con la finalidad de contribuir a la continuidad de la prestación de servicios de salud con efectividad y oportunidad de las intervenciones del personal de la salud, la seguridad del paciente y la capacidad de respuesta ante los requerimientos de la población; Que, en ese sentido, con la finalidad de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades públicas o privadas, así como de la ciudadanía en general, resulta conveniente publicar en el portal institucional del Ministerio de Salud el proyecto de Reglamento que aprueba el Reglamento del Servicio de Guardia, así como el Decreto Supremo que lo aprueba; Con el visado del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director General de la Dirección General de Personal de la Salud, del Secretario General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud;

De conformidad con lo previsto en el numeral 3 del artículo 13 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017SA, modificado por Decreto Supremo N° 011-2017-SA y Decreto Supremo N° 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer que la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General efectúe la publicación, durante el plazo de treinta (30) días calendario, del proyecto de Reglamento del Servicio de Guardia y su proyecto de Exposición de Motivos, así como del proyecto de Decreto Supremo que lo aprobaría, en el portal institucional del Ministerio de Salud, a través del enlace de Documentos en Consulta: http://www. minsa.gob.pe/index.asp?op=10, con el fin de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades públicas o privadas, así como de la ciudadanía en general, a través del correo electrónico: webmaster@minsa.gob.pe. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Personal de la Salud, la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y comentarios que se presenten, así como la elaboración de la propuesta final. Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud 1723101-1

Designan Ejecutiva Adjunta I de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1304-2018/MINSA Lima, 13 de diciembre del 2018 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Ejecutivo/a Adjunto/a I, CAP-P N° 915, de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria del Ministerio de Salud; Que, en ese sentido, corresponde designar a la profesional que asumirá el citado cargo; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General y de la Viceministra de Salud Pública; y; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la licenciada en gestión de empresas Maruja Carmen Arenales Yale, en el cargo de Ejecutiva Adjunta I, CAP-P N° 915, de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria del Ministerio de Salud. Artículo 2.- Disponer que la profesional citada en el artículo precedente brinde sus servicios en la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud 1723305-1