Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2018 (14/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Viernes 14 de diciembre de 2018 /

El Peruano

Artículo 5.- Ámbito y Usuarios El Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma interviene en todo el territorio nacional a través de las instituciones educativas públicas, con especial énfasis en las zonas en situación de pobreza y pobreza extrema. Son usuarios del servicio que brinda el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, conforme a sus lineamientos y directivas, las/los escolares señalados en el artículo 1." (...) DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Implementación del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma El Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, como Unidad Ejecutora, se implementará progresivamente para garantizar la prestación de sus servicios a los usuarios desde el primer día del año escolar 2013, conforme con los lineamientos y estrategias que sean aprobadas por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y las directivas que establezca el Programa. Para tal efecto, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social deberá prever, durante la etapa de formulación presupuestaria, los recursos necesarios para procurar la operatividad del Programa. Artículo 3.- Financiamiento La implementación del presente Decreto Supremo se financia con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Dispóngase que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a través del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, realice las coordinaciones que resulten pertinentes para la emisión y/o adecuación de normas que permitan la implementación de lo dispuesto en el presente decreto supremo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1723341-7

crea el Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65" y con Resolución Ministerial N° 065-2012-MIDIS, de fecha 9 de mayo de 2012, se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora 006: Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65" adscrita al Pliego 040 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, mediante Resolución Ministerial N° 273-2017-MIDIS, de fecha 11 de diciembre de 2017, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65", documento técnico normativo de gestión que formaliza la estructura orgánica del Programa, orientando el esfuerzo institucional al logro de su misión, visión y objetivos estratégicos, describiendo entre otros aspectos, las funciones específicas de las unidades que lo integran y la descripción detallada y secuencial de los principales procesos técnicos y/o administrativos; Que, mediante Resolución Directoral Nº 080-2018-MIDIS/P65-DE, de fecha 15 de julio de 2018, se designó bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, a la Licenciada Orfelina Arpasi Quispe, en el cargo de confianza de Asesora de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65"; quien presentó su renuncia al citado cargo, la cual fue aceptada por el titular de la entidad; Que, estando a las competencias de la Dirección Ejecutiva y con las visaciones del Jefe de la Unidad de Recursos Humanos y del Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica y, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 081-2011-PCM, norma de creación del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65" y posteriores modificatorias, y en la Resolución Ministerial N° 273-2017-MIDIS que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65"; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la Licenciada Orfelina Arpasi Quispe, al cargo de Asesora de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65", dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Encargar a la Unidad de Administración la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano y, en coordinación con la Unidad de Comunicación e Imagen, en el Portal Institucional del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65", del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese y comuníquese. JULIO MENDIGURE FERNÁNDEZ Director Ejecutivo Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65" 1723296-1

Aceptan renuncia de Asesora de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 155-018-MIDIS/P65-DE Lima, 13 de diciembre de 2018 VISTO: El Informe N° 0157-2018-MIDIS/P65-URR.HH de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe N° 00231-2018-MIDIS/P65-DE/UAJ, expedido por la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65" del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 081-2011-PCM, de fecha 19 de octubre de 2011, y sus modificatorias, se

Designan Jefa de la Unidad de Proyectos y Diseño de Intervenciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 156-018-MIDIS/P65-DE Lima, 13 de diciembre de 2018 VISTO: El Informe N° 0157-2018-MIDIS/P65-URR.HH de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe N° 00231-2018-MIDIS/P65-DE/UAJ, expedido por la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65" del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;