Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2015 (26/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano / Sábado 26 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

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superior universitaria, el proceso de maduración institucional del SAC. El proceso de reforma debe permitir la innovación y mejora constante del SAC, balanceando la rigidez de la normativa aplicable con la flexibilidad al cambio propia de la implementación de políticas para el desarrollo y aseguramiento de la calidad. 1. Información confiable y oportuna La implementación del SAC tiene como soporte principal la información disponible y accesible para todos los actores del Sistema Universitario. En ese sentido, es una prioridad central de la Política, en tanto permite hacer visibles los actores, insumos, procesos, y resultados de la prestación del servicio educativo superior universitario, facilita la instauración de una cultura de la calidad y reduce considerablemente la asimetría de información sobre el ámbito universitario. En esa línea, la Política propone el desarrollo de un Sistema Integrado de Información de Educación Superior Universitaria, a cargo del Ministerio de Educación, que permita y facilite la recopilación, organización y divulgación de la información relevante para, por un lado, el conocimiento, toma de decisión, inspección y vigilancia del sistema por parte de la comunidad universitaria, la sociedad civil organizada y la población en general y; por otro lado, para la planeación, monitoreo, evaluación y retroalimentación propias de la política pública y el devenir institucional de la universidad. 2. Fomento para mejorar el desempeño Una segunda prioridad la constituyen las acciones que fomentan la adecuada implementación del SAC y la mejora de sus resultados en la provisión del servicio educativo superior universitario. El Pilar de fomento se constituye en un conjunto de medidas - dirigidas principalmente por el Estado -, orientadas a la promoción y consolidación de una cultura de calidad y de mejora continua de todo el Sistema Universitario. En esa línea, incorpora acciones y recursos que contribuyen al acceso, cobertura, pertinencia y calidad del servicio educativo superior universitario; así como a la promoción de la investigación, la articulación de los actores involucrados en el sistema y la conducción del sistema hacia la excelencia. 3. Acreditación para la mejora continua El tercer Pilar de la reforma es la acreditación, entendida como la garantía socialmente reconocida que brinda el Estado sobre la calidad de una institución, un programa o una carrera conducente a obtener un grado académico. Constituye un reconocimiento público y una acción de transparencia y rendición de cuentas relacionada al nivel de calidad de la prestación del servicio educativo. En tanto la universidad cuenta con autonomía y esta es ejercida con responsabilidad, es voluntad de la misma participar en un proceso público de acreditación. Por esta razón, este proceso es voluntario. Cabe resaltar que, sólo las instituciones o programas de educación superior que cuenten con licencia o autorización de funcionamiento otorgado por la SUNEDU, podrán solicitar la evaluación externa con fines de acreditación, o el reconocimiento de la acreditación otorgada por entidades acreditadoras nacionales o internacionales. 4. Licenciamiento como garantía de condiciones básicas de calidad El cuarto Pilar consiste en el proceso de licenciamiento obligatorio, a cargo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, entendido como la verificación y control de las condiciones básicas de calidad que permite autorizar la provisión del servicio educativo superior universitario. El reconocimiento público de los títulos y diplomas de grado de rango universitario se fundamentan en dicho proceso, en tanto permiten que todos los actores involucrados en el Sistema Universitario reconozcan la valoración de los mismos. Esta dimensión constituye un mecanismo de protección del bienestar individual y social de los ciudadanos que buscan acceder al Sistema Universitario, por lo que incluye la revisión constante de su cumplimiento y el establecimiento de

sanciones que aseguren que ninguna institución provea el servicio educativo universitario por debajo de este umbral. VII. Lineamientos y Acciones Estratégicas de la Política Para el cumplimiento del Objetivo General, se han planteado los siguientes Lineamientos y sus correspondientes Acciones Estratégicas, enmarcados en los cuatro Pilares de la reforma: 7.1 PILAR OPORTUNA 1: INFORMACIÓN CONFIABLE Y

INFORMACIÓN CONFIABLE Y OPORTUNA LINEAMIENTO 01 Implementar un sistema integrado de información ágil y accesible de la educación superior universitaria, que permita la mejor toma de decisiones tanto para el Estado, como para la sociedad. Promover la transparencia y rendición de cuentas en todo el Sistema Universitario, así como una continua vigilancia académica e institucional por parte de la sociedad.

PILAR 1

LINEAMIENTO 02

LINEAMIENTO 01: Implementar un sistema integrado de información ágil y accesible de la educación superior universitaria, que permita la mejor toma de decisiones tanto para el Estado, como para la sociedad. · Acción Estratégica 01.1. El Ministerio de Educación organiza, pone a disposición y fomenta el uso del sistema integrado de información que permite hacer público el desempeño de la universidad y la excelencia académica del Sistema Universitario. · Acción Estratégica 01.2. El Ministerio de Educación establece estímulos y mecanismos para la entrega, por parte de las universidades, de la información vinculada a los indicadores del Sistema Integrado de Información. · Acción Estratégica 01.3. La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria establece infracciones y sanciones para garantizar la entrega oportuna, por parte de las universidades, de la información vinculada a los indicadores del Sistema Integrado de Información. · Acción Estratégica 01.4. El Ministerio de Educación garantiza el fácil acceso y uso del sistema de información por la sociedad en su conjunto y, especialmente, por la comunidad académica, y los miembros del Sistema Universitario. LINEAMIENTO 02: Promover la transparencia y rendición de cuentas en todo el Sistema Universitario, así como una continua vigilancia académica e institucional por parte de la sociedad. · Acción Estratégica 02.1. El Ministerio de Educación, la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, el Organismo Acreditador y la universidad hacen público sus objetivos institucionales y el logro de los mismos, así como las respectivas acciones de mejora continua. · Acción Estratégica 02.2. El Ministerio de Educación fomenta la creación e implementación de mecanismos de socialización de sus políticas de desarrollo y mejora de la calidad, y su grado de cumplimiento. · Acción Estratégica 02.3. La universidad hace pública, de forma permanente, su información académica e institucional, según el marco legal aplicable.