Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2015 (26/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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NORMAS LEGALES

Sábado 26 de setiembre de 2015 /

El Peruano

de las actividades artesanales y de servicios turísticos. Los CITE, además brindan servicios de control de calidad y certificación, asesoramiento y asistencia especializada y desarrollan programas de capacitación técnica; Que, la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, en su Vigésima Quinta Disposición Complementaria Final, modifica la denominación del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú (ITP) por Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), con la finalidad de ampliar los servicios de investigación, desarrollo, innovación, adaptación, transformación y transferencia tecnológica, así como promover en el sector productivo el consumo de recursos hidrobiológicos, productos agroindustriales y otros productos industriales de competencia del sector producción; y, efectuar su promoción y, cuando fuera necesario, la comercialización y distribución de los mismos; asimismo, dispuso la adscripción de los Centros de Innovación Tecnológica (CITE) de naturaleza pública en el ámbito del sector producción al ITP; Que, con Decreto Supremo Nº 010-2014-PRODUCE se crea el Programa Nacional de Diversificación Productiva cuyo objetivo general es contribuir con la generación de nuevos motores de crecimiento económico y potenciar los existentes, la mejora de la productividad, competitividad y del comercio interno, a través de la promoción y el desarrollo de la infraestructura productiva específica, en el ámbito de sus competencias, que conlleve a la diversificación productiva; Que, la Septuagésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para Año Fiscal 2015, autoriza, durante el año fiscal 2015, al Ministerio de la Producción y entidades bajo su ámbito, a promover, formular, aprobar, ejecutar e implementar, en el marco del Plan Nacional de Diversificación Productiva, proyectos de infraestructura productiva específica, que incluye parques, áreas y espacios industriales; Que, la Octogésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, establece, entre otros, que el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) tendrá a su cargo la coordinación, orientación, concertación y calificación de los Centros de Innovación Tecnológicos ­ CITE públicos y privados, así como las funciones establecidas en los literales b), c) y d) del artículo 8 de la Ley Nº 27267, Ley de Centros de Innovación Tecnológica y modificatoria, y además, podrá crear e implementar Centros de Innovación TecnológicosCITE a nivel nacional; Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Tecnológico de la Producción, a través de los Informes Nºs. 240 y 242-2015-ITP/OGPP, sustenta la necesidad de una demanda adicional de recursos hasta por la suma de TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA MIL QUINIENTOS DIECINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 880 519,00), indicando que la misma no ha sido considerada en su presupuesto institucional del presente año fiscal y que dicha demanda se orientará para financiar el inicio de la ejecución de un (01) proyecto de inversión pública denominado "Creación de los Servicios de Innovación Tecnológica de la cadena productiva de los productos hidrobiológicos en la región Moquegua" con código SNIP 316135; así como la elaboración de un (01) expediente técnico del proyecto de inversión pública denominado "Mejoramiento y ampliación de los Servicios de Innovación Tecnológica para la generación de valor agregado en la industria de la madera, provincia de Coronel Portillo región Ucayali" con código SNIP 325418; Que, mediante los Oficios Nºs. 2027 y 2029-2015-PRODUCE/SG, el Ministerio de la Producción solicita recursos adicionales a favor del pliego Instituto Tecnológico de la Producción ­ ITP hasta por la suma de TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA MIL QUINIENTOS DIECINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 880 519,00), para financiar el inicio de la ejecución de un (01) proyecto de inversión pública; así como la elaboración de un (01) expediente técnico, señalados en el considerando precedente concernientes a Centros de Innovación Tecnológica declarados viables en el marco del SNIP; para tal fin, adjunta los Informes Nºs. 581 y 585-2015-PRODUCE/OGPP-OP de la Oficina de

Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Producción; Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, los recursos solicitados no han sido autorizados en la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, por lo que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economía y Finanzas hasta por la suma de TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA MIL QUINIENTOS DIECINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 880 519,00), a favor del pliego: 241 Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, para ser destinado a financiar el inicio de la ejecución de un (01) proyecto de inversión pública, así como la elaboración de un (01) expediente técnico, concernientes a Centros de Innovación Tecnológica; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA MIL QUINIENTOS DIECINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 880 519,00), a favor del pliego 241: Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, para financiar el inicio de la ejecución de un (01) proyecto de inversión pública, así como la elaboración de un (01) expediente técnico, concernientes a Centros de Innovación Tecnológica, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Nuevos Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público 1 : Recursos Ordinarios 3 880 519,00 -----------------3 880 519,00 ==========

FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia

TOTAL EGRESOS A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO

En Nuevos Soles de de de la la las

: Gobierno Central 241 : Instituto Tecnológico Producción - ITP UNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Tecnológico Producción - ITP PROGRAMA PRESUPUESTAL 0093: Desarrollo Productivo Empresas PROYECTO

2273802 : Creación de los Servicios de Innovación Tecnológica de la cadena productiva de los productos hidrobiológicos en la región Moquegua