Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2015 (26/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano / Sábado 26 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

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Que, el numeral 18.1 del artículo 18 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, autoriza al Ministerio de Educación, durante el año fiscal 2015, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales, hasta por el monto de MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS DIEZ MIL DOSCIENTOS DIEZ Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 979 710 210,00), para financiar, entre otros, lo señalado en el literal e) relativo al pago de lo dispuesto en la Octogésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, la misma que, para los fines del citado literal, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2015; asimismo, se precisa que para su aplicación, en los casos que corresponda, se exonera al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley Nº 30281; finalmente, el numeral 18.2 del artículo bajo comentario, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional autorizadas se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a solicitud de este último, previo cumplimiento de las condiciones o disposiciones que para tal efecto establece el Ministerio de Educación en el marco de lo establecido en la normatividad de la materia; Que, el numeral 80.2 del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modificatorias, establece, entre otros, que las entidades que tengan a cargo programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias a nivel institucional con cargo a los recursos asignados a los programas, siempre que el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos del mismo programa, señalando que dichas transferencias se realizarán mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1176, Decreto Legislativo para promover, fomentar y agilizar la inversión pública, dispone, excepcionalmente, que en el caso de las transferencias a que se refiere el numeral 80.2 del artículo 80 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el plazo establecido por dicho numeral no se aplica, para el año fiscal 2015; Que, la Dirección Técnico Normativa de Docentes de la Dirección General de Desarrollo Docente del Ministerio de Educación, mediante el Informe N° 291-2015-MINEDU/ VMGP-DIGEDD-DITEN, sustenta y determina el costo diferencial del pago de las encargaturas en cargos jerárquicos, directivos o de especialistas en educación de los profesores provenientes del régimen de la Ley Nº 29062, Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la carrera pública magisterial, de acuerdo a la información reportada por las Unidades de Gestión Educativa Local a través del RENACADEP, hasta el 13 de julio de 2015; asimismo, señala que se ha verificado el cumplimiento de lo dispuesto en el último párrafo del numeral 18.2 del artículo 18 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 253-2015-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, señala que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles para ser transferidos a favor de los pliegos Gobiernos Regionales para el financiamiento del referido costo diferencial; en virtud de lo cual, a través del Oficio N° 1408-2015-MINEDU/ SG, el Ministerio de Educación solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, de acuerdo a la información registrada en el "Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público" y la base de datos remitida por el Ministerio de Educación, el monto a transferir a los pliegos Gobiernos Regionales asciende hasta por la suma de SESENTA Y

CINCO MILLONES SESENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 65 061 260,00), para financiar el costo diferencial del pago de las encargaturas en cargos jerárquicos, directivos o de especialistas en educación de los profesores provenientes del régimen de la Ley Nº 29062, Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la carrera pública magisterial; Que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de SESENTA Y CINCO MILLONES SESENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 65 061 260,00), del pliego 010: Ministerio de Educación, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el costo diferencial del pago de las encargaturas en cargos jerárquicos, directivos o de especialistas en educación de los profesores provenientes del régimen de la Ley Nº 29062, Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la carrera pública magisterial; De conformidad con la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; y, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modificatorias; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de SESENTA Y CINCO MILLONES SESENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 65 061 260,00) del pliego 010: Ministerio de Educación, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el costo diferencial del pago de las encargaturas en cargos jerárquicos, directivos o de especialistas en educación de los profesores provenientes del régimen de la Ley Nº 29062, Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la carrera pública magisterial; conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA PROGRAMA PRESUPUESTAL PRODUCTO ACTIVIDAD En Nuevos Soles : Gobierno Central 010 : Ministerio de Educación 026 : Programa Educación Básica para Todos 0090 : Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular 3000385 : Instituciones Educativas con Condiciones para el Cumplimiento de Horas Lectivas Normadas 5003107 : Contratación oportuna y pago de personal de las Instituciones Educativas de II Ciclo de Educación Básica Regular 1 : Recursos Ordinarios

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 9 978 817,00 ACTIVIDAD 5003108 : Contratación oportuna y pago de personal de las Instituciones Educativas de Educación Primaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 26 271 629,00 ACTIVIDAD 5003109 : Contratación oportuna y pago de personal de las Instituciones Educativas de Educación Secundaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales PROGRAMA 18 618 088,00