Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2015 (26/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 135

El Peruano / Sábado 26 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

562401

- Sunafil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0072013-TR y modificado mediante Decreto Supremo Nº 009-2013-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR la Tabla de Aranceles de Costas y Gastos procesales de los procedimientos de ejecución coactiva seguidos por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ Sunafil, la misma que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- DISPONER la publicación de la presente resolución y de la Tabla de Aranceles en el Diario Oficial El Peruano y en el portal web de la entidad (www.sunafil.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ERNESTO BENITES SARAVIA Superintendente (e) Nacional de Fiscalización Laboral SUNAFIL
ANEXO TABLA DE ARANCELES DE COSTAS Y GASTOS PROCESALES PARA LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN COACTIVA SEGUIDOS POR LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL- SUNAFIL

Designan Sub Intendente de Actuación Inspectiva de la Intendencia Regional de Áncash de la SUNAFIL, y le encargan funciones de Sub Intendente de Resolución
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 149-2015-SUNAFIL Lima, 23 de septiembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29981, se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ Sunafil, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias; Que, el literal f) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - Sunafil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-TR y modificado por Decreto Supremo N° 009-2013-TR, dispone que el Superintendente tiene por función, entre otras, designar y remover a los directivos de la Sunafil; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 023-2015-SUNAFIL del 04 de febrero de 2015, se designó al señor Antenógenes Haro Cruz, en el cargo de Sub Intendente de Actuación Inspectiva de la Intendencia Regional de Áncash, cargo Directivo Superior de Libre Designación y Remoción; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 092-2015-SUNAFIL del 29 de mayo de 2015, se encargó a partir del 01 de junio de 2015, al señor Antenógenes Haro Cruz, Sub Intendente de Actuación Inspectiva de la Intendencia Regional de Áncash, las funciones del cargo de Sub Intendente de Resolución de la Intendencia Regional de Áncash, en adición a sus funciones y hasta que se designe al titular de dicho cargo; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida dicha designación y encargatura y, en consecuencia, designar y/o encargar al servidor que asumirá los referidos cargos; Con el visado del Secretario General, de la Jefa de la Oficina de Recursos Humanos, de la Jefa de la Oficina General de Administración y de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Sunafil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DAR POR CONCLUIDA, la designación del señor Antenógenes Haro Cruz, en el cargo de Sub Intendente de Actuación Inspectiva de la Intendencia Regional de Áncash de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ Sunafil, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- DAR POR CONCLUIDA, la encargatura otorgada al señor Antenogenes Haro Cruz, como Sub Intendente de Resolución de la Intendencia Regional de Áncash de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ Sunafil, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 3°.- DESIGNAR, al señor Manuel Alfredo Cauti Aquije, Inspector de Trabajo de la Intendencia de Lima Metropolitana, en el cargo de Sub Intendente de Actuación Inspectiva de la Intendencia Regional de Áncash de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ Sunafil, cargo Directivo Superior de Libre Designación y Remoción. Artículo 4°.- ENCARGAR, al señor Manuel Alfredo Cauti Aquije, Sub Intendente de Actuación Inspectiva de la Intendencia Regional de Áncash de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ Sunafil, las funciones del cargo de Sub Intendente de Resolución de la Intendencia Regional de Áncash, en adición a sus funciones y hasta que se designe al titular de dicho cargo.

CÓDIGO

ACTOS PROCESALES EMISIÓN DE RESOLUCIÓN DE EJECUCIÓN COACTIVA EMISIÓN DE RESOLUCIÓN DE MEDIDA CAUTELAR - RETENCIÓN BANCARIA EMISIÓN DE RESOLUCIÓN DE MEDIDA CAUTELAR - SECUESTRO CONSERVATIVO EMISIÓN DE RESOLUCIÓN DE MEDIDA CAUTELAR - EMBARGO EN FORMA DE DEPÓSITO EMISIÓN DE RESOLUCIÓN DE MEDIDA CAUTELAR - EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES EMISIÓN DE OTRAS RESOLUCIONES DE MEDIDA CAUTELAR EMBARGO EN FORMA DE RETENCIÓN BANCARIA EMBARGO EN FORMA DE SECUESTRO CONSERVATIVO2/ EMBARGO EN FORMA DE INTERVENCIÓN DE RECAUDACIÓN3/ INICIO DE EJECUCIÓN FORZOSA - REMATE GESTIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA TASACIÓN DE BIENES4/ POR EJECUCIÓN DEL ACTO DE REMATE
5/

UIT (%)1/

INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN COACTIVA 01 0.66%

GENERACIÓN DE RESOLUCIONES DE MEDIDA CAUTELAR 02 03 04 05 06 0.34% 0.32% 0.38% 0.61% 0.38%

EJECUCIÓN DE EMBARGOS 07 08 09 2.12% 4.31% 3.84%

PROCESO DE REMATE 10 11 12 0.72% 1.20% 3.95%

PROCESO DE NOTIFICACIONES 13 14 DILIGENCIA DE NOTIFICACIÓN DENTRO DE LA PROVINCIA SEDE DE INTENDENCIA REGIONAL - ILM DILIGENCIA DE NOTIFICACIÓN FUERA DE LA PROVINCIA SEDE DE INTENDENCIA REGIONAL - ILM 0.31% 0.35%

GASTOS DENTRO DEL PROCEDIMIENTO Los Gastos por actuaciones de Peritos, Martilleros Públicos, Interventores recaudadores y otros que Según intervengan en el Procedimiento de Ejecución honorarios Coactiva. Además, de cualquier otro gasto dentro o tarifario del procedimiento coactivo serán sufragados por la de la Sunafil, los mismos que serán reembolsados por el entidad obligado, previo proceso de liquidación de gastos, donde se los cuales serán sustentados con los comprobantes efectúe el de pago válidamente emitidos de acuerdo a lo que gasto establece la SUNAT en la norma sobre la materia.

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/ UIT: Unidad Impositiva Tributaria / No incluyen los gastos por depósito. /,4/,5/ No incluye los honorarios profesionales del interventor recaudador, perito tasador y martillero; respectivamente.
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