Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2015 (26/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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DE LA: SECCION PRIMERA FUENTE DE FINANCIAMIENTO : Gobierno Central 1 : Recursos Ordinarios

NORMAS LEGALES
En Nuevos Soles

Sábado 26 de setiembre de 2015 /

El Peruano

GASTO CORRIENTE 2.1. Personal y Obligaciones Sociales 2.2. Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 2.3. Bienes y Servicios GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos no Financieros SUB TOTAL RECURSOS ORDINARIOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO

31 552 000,00 7 084 960,00 189 200 000,00

General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos materia de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de setiembre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1292709-1

244 778 519,00 --------------------472 615 479,00

5 : Recursos Determinados

GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos no Financieros SUB TOTAL RECURSOS DETERMINADOS TOTAL EGRESOS

207 000 000,00 --------------------207 000 000,00 -------------------679 615 479,00 ============ En Nuevos Soles

A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA

: Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0. Reserva de Contingencia GASTOS DE CAPITAL 2.0. Reserva de Contingencia SUB TOTAL RECURSOS ORDINARIOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS DE CAPITAL 2.0. Reserva de Contingencia SUB TOTAL RECURSOS DETERMINADOS TOTAL EGRESOS

227 836 960,00 244 778 519,00 --------------------472 615 479,00

Modifican Instructivos de las Metas 04, 08, 10, 12, 14, 15, 41 y 47, aprobados por R.D. N° 005-2015-EF/50.01
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 018-2015-EF/50.01 Lima, 10 de setiembre de 2015 CONSIDERANDO:

5 : Recursos Determinados

207 000 000,00 --------------------207 000 000,00 -------------------679 615 479,00 ============

1.2 El detalle de los recursos asociados a la transferencia de partidas a que hace referencia el numeral 1.1 se encuentra en el Anexo "Autorizan transferencia de partidas en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2015 en aplicación del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 004-2015", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y se publicará en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección

Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2015-EF, se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2015, el cual dispone en su artículo 6 que las municipalidades deben de cumplir con determinadas metas para acceder a los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal. Asimismo, en sus Anexos N° 02 y N° 04 se establecen las metas que deben cumplir las municipalidades al 31 de julio y al 31 de diciembre del año 2015, respectivamente; Que, mediante Resolución Directoral N° 0052015-EF/50.01, se aprobaron los instructivos para el cumplimiento de las metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2015, correspondientes a las metas del 01 al 16 y metas del 17 al 47, cuyas fechas de cumplimiento son al 31 de julio de 2015 y 31 de diciembre de 2015, respectivamente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 249-2015-EF, se aprobó la modificación de los Anexos Nº 02 y Nº 03 de los procedimientos aprobados mediante Decreto Supremo Nº 033-2015-EF; Que, el artículo 3 de la Ley Nº 30324 establece que los gobiernos locales deberán modificar su presupuesto institucional, conforme a los montos estimados de recursos públicos que publique la Dirección General de Presupuesto Público; Que, mediante Resolución Directoral Nº 011-2015EF/50.01 la Dirección General de Presupuesto Público dispone publicar los montos estimados de recursos públicos para el presupuesto institucional correspondiente al año fiscal 2015; Que, los instructivos de las metas 04, 08, 10, 12, 14, 15, 41 y 47 establecen que la evaluación de dichas