Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2015 (26/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 129

El Peruano / Sábado 26 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

562395

ANEXO Nº 2 GOBIERNOS REGIONALES: DERECHO DE VIGENCIA Y PENALIDAD De conformidad con el artículo 92º del Reglamento de los Títulos pertinentes del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por D. S. Nº 03-94-EM y lo señalado en el literal "d" del Art. 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, modificado por la Ley Nº 29169, se determina que la distribución de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de Agosto del 2015, a los Gobiernos Regionales es el siguiente:

REGIÓN ANCASH AREQUIPA AYACUCHO CAJAMARCA CUSCO HUANUCO ICA JUNIN LA LIBERTAD LAMBAYEQUE LIMA MADRE DE DIOS MOQUEGUA PASCO PIURA PUNO UCAYALI TOTAL GOBIERNOS REGIONALES Nº Gobiernos Regionales 1292156-1

S/. 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 17

U.S. $ 787.83 50.00 25.00 25.00 737.75 450.00 175.00 150.00 24.89 375.00 182.56 562.50 50.00 404.17 112.50 37.50 62.50 4,212.20

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Autorizan viaje de Asesora de la Presidencia del Consejo Directivo y miembro de la Comisión de Protección al Consumidor del INDECOPI a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 159-2015-INDECOPI/COD Lima, 21 de septiembre de 2015 VISTO: El Informe Nº 053-2015/GCT de fecha 8 de septiembre de 2015, emitido por la Gerencia de Cooperación Técnica y Relaciones Institucionales (GCT);

Que, mediante comunicación electrónica de fecha 28 de agosto del presente año, la Organización para la Cooperación al Desarrollo Económico (OCDE) ha cursado invitación alInstituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI, para participar en la 90º Sesión del Comité de Políticas del Consumidor y en la 11º Sesión del Grupo de Trabajo sobre Seguridad de Productos de Consumo de la OCDE, a desarrollarse del 19 al 23 de octubre de 2015, en la ciudad de París, República Francesa; Que,el Comité de Políticas del Consumidor de la OCDE tiene como objetivo examinar asuntos relacionados con las políticas y leyes del consumidor en los Estados miembros y dentro de organizaciones regionales e internacionales, a fin de contribuir al desarrollo y fortalecimiento de la cooperación entre Estados miembros en el ámbito del desarrollo de políticas y aplicación de la ley; examinar y desarrollar la confianza del consumidor en la economía global digital; y promover el desarrollo de principios que rijan un mercado global eficiente, transparente y equitativo para los consumidores; Que, el Grupo de Trabajo sobre Seguridad de Productos de Consumo de la OCDE tiene por objeto analizar temas vinculados a la seguridad de los productos, elaboración de reportes y demás mecanismos que permitan a las distintas agencias, contar con herramientas y mecanismos que les permitan una mejor tutela del derecho de los consumidores generando el desarrollo y fortalecimiento de la cooperación entre Estados miembros en el ámbito del desarrollo de políticas y aplicación de la ley; Que, en atención a las consideraciones expresadas, se considera necesaria la participaciónde la señora Teresa Guadalupe Ramirez Pequeño, Asesora de la Presidenciadel Consejo Directivoy miembro de la Comisión de Protección al Consumidor del INDECOPI, dado quelos citados eventos constituyen una importante oportunidad para discutir temas relevantes en materia de protección al consumidor, e intercambiar experiencias y políticas referidas a los esfuerzos realizados para la prevención, aplicación, información y mejora en materia legislativa y el cumplimiento de las normas de protección al consumidor en el Perú; de igual forma, permitirá fortalecer la coordinación y cooperación entre los distintos países que participarán en el mismo; Que, adicionalmente, tomando en consideración los diversos aspectos y materias que abarca la Ley Nº 29571-Código de Protección y Defensa del Consumidor, así como los compromisos asumidos por el Estado peruano a nivel nacional e internacional resulta importante la participación de la señora Teresa Guadalupe Ramírez Pequeño en las reuniones que se llevarán a cabo en la ciudad de París, en la medida que ello permitirá a la citada funcionaria, acceder a los distintos mecanismos de protección al consumidor implementados en las instituciones gubernamentales encargadas de la defensa de los derechos de los consumidores en otros países, con la finalidad de evaluar constantemente el sistema nacional de protección al consumidor e implementar las mejoras que resulten necesarias; Que, asimismo, los temas antes expuestos son fundamentales para el INDECOPI por corresponder a temas de su competencia institucional, siendo que el propiciar intervenir en el debate de los mismos coadyuvará a la incorporación de la República del Perú a la OCDE, tomando en cuenta que participar en las reuniones de la OCDE, es parte de las evaluaciones que se hacen a los países que desean ser parte del mismo, siendo la participación del Perú, parte de sus obligaciones internacionales; Que, en atención a las consideraciones expresadas, el viaje de representación dela citadafuncionariaresulta de interés nacional para la promoción de las actividades dela República del Perú en materia de política de consumidor, por lo cual se estima necesario autorizar su participación en el evento a realizarse en la ciudad de Paris, República Francesa, disponiéndose, para tal efecto, que los gastos por concepto de pasajes y viáticos en los que incurran, sean asumidos íntegramente por el INDECOPI; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios