Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2015 (26/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

Sábado 26 de setiembre de 2015 /

El Peruano

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de setiembre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1292706-7

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 del Pliego Ministerio de Salud a favor del Gobierno Regional del departamento de Junín
DECRETO SUPREMO Nº 277-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprueba, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establece que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo; que la protección de la salud es de interés público y por tanto es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; que es de interés público la provisión de servicios de salud, cualquiera sea la persona o institución que los provea, siendo responsabilidad del Estado promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad; Que, de conformidad con lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, éste es la Autoridad de Salud a nivel nacional, y según lo establece la Ley N° 26842, Ley General de Salud, tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la Política Nacional de Salud y es la máxima autoridad en materia de salud; Que, el literal b) del artículo 28 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, autoriza al Ministerio de Salud a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional hasta por la suma de CIENTO ONCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 111 000 000,00), para la operación y mantenimiento de los nuevos establecimientos de salud, que entrarán en funcionamiento a partir del año 2015; para tal fin, el mismo artículo establece que la modificación presupuestaria en el nivel institucional se aprueba mediante Decreto Supremo

refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud a propuesta de este último; Que, mediante Informe N° 665-2015-OGPP-OPI/ MINSA, la Oficina de Proyectos de Inversión de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud indica que el Hospital Regional Docente de Medicina Tropical "Julio Cesar Demarini Caro", es un establecimiento de salud estratégico que ha iniciado sus operaciones en la nueva infraestructura desde abril del presente año, por lo que se encuentra en el marco de lo dispuesto por el literal b) del artículo 28 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; Que, mediante Informe N° 241-2015-OGPP-OP/MINSA, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, emite Informe favorable de disponibilidad presupuestal, a fin de efectuar la transferencia de partidas a favor del pliego 450: Gobierno Regional del Departamento de Junín para la operación y mantenimiento del nuevo Hospital Regional Docente de Medicina Tropical "Julio Cesar Demarini Caro"; en virtud de lo cual, a través de los Oficios N°s. 2379 y 2636-2015-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de TRES MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 668 553,00), del pliego Ministerio de Salud, a favor del pliego 450: Gobierno Regional del Departamento de Junín, destinado al financiamiento de la operación y mantenimiento del nuevo Hospital Regional Docente de Medicina Tropical "Julio Cesar Demarini Caro", para el periodo de octubre a diciembre del presente año fiscal, en el marco de lo señalado en el literal b) del artículo 28 de la Ley N° 30281 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; De conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público en el Año Fiscal 2015; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de TRES MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 668 553.00) del pliego 011: Ministerio de Salud a favor del pliego 450: Gobierno Regional del Departamento de Junín, destinado a financiar la operación y mantenimiento del Nuevo Hospital Regional Docente de Medicina Tropical "Julio Cesar Demarini Caro", para el periodo de octubre a diciembre del presente año fiscal, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Nuevos Soles : Gobierno Central 011 : Ministerio de Salud 001 : Administración Central - MINSA

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5005467 : Mantenimiento para Equipamiento e Infraestructura Hospitalaria 1 : Recursos Ordinarios 3 668 553,00 --------------------3 668 553,00 ============ En Nuevos Soles : Instancias Descentralizadas 450 : Gobierno Regional del Departamento de Junín

GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios TOTAL EGRESOS A LA: SECCION SEGUNDA PLIEGO