Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2015 (31/12/2015)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

573677

de Infraestructura Eléctrica S.A. ­ ADINELSA, con la finalidad de brindar un servicio de calidad, confiable y sostenible en las zonas rurales, localidades aisladas, localidades de frontera y de preferente interés social del país; Que, los artículos 3 y 4 del Decreto Supremo N° 033-2015-EM establecen que las transferencias financieras a las que se refiere dicho Decreto Supremo están destinadas a financiar, entre otros proyectos, las intervenciones que impliquen el mejoramiento del sistema eléctrico, sin ampliar la capacidad del mismo, para lo cual las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito de FONAFE y ADINELSA deberán presentar la solicitud respectiva a la Dirección General de Electrificación Rural adjuntando, entre otros, el Informe Técnico Económico de los equipos y materiales que requieran para mejorar la infraestructura eléctrica existente que permita la confiablidad, seguridad y calidad del servicio eléctrico, y el cronograma de ejecución respectivo; Que, asimismo, el artículo 5 del citado Decreto Supremo señala, entre otros aspectos, que la Dirección General de Electrificación Rural realizará la evaluación técnica, presupuestal y legal del pedido formulado por las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito de FONAFE y ADINELSA, a fin de verificar el cumplimiento de lo establecido en el Decreto Supremo N° 033-2015-EM; Que, mediante Oficio N° 895-2015-ELPU/GG, la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno Sociedad Anónima Abierta solicitó a la Dirección General de Electrificación Rural del Ministerio de Energía y Minas, el financiamiento para el mejoramiento de los proyectos de electrificación, los cuales se detallan en el Anexo N° 01 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial; Que, de conformidad con el Informe N° 067-2015MEM/DGER-JAL, Memorándum N° 521-2015-MEM/ DGER-JPEI, el Memorando N° 981-2015-MEM/DGERJEST, y el Informe N° 613-2015-MEM/DGER-JEST, mediante Memorándum N° 621-2015/MEM-DGER, la Dirección General de Electrificación Rural emitió opinión favorable y solicitó la transferencia de recursos a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno Sociedad Anónima Abierta, hasta por la suma ascendente a S/ 12 199 901,96 (Doce millones ciento noventa y nueve mil novecientos uno y 96/100 Soles), para el mejoramiento de los proyectos de electrificación, los cuales se detallan en el Anexo N° 01 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial; Que, de conformidad con lo señalado por la Dirección General de Electrificación Rural, las citadas transferencias serán realizadas con cargo a los recursos de las Fuentes de Financiamiento 109 Recursos Directamente Recaudados y 118 Recursos Determinados; Que, con fecha 29 de diciembre de 2015, el Ministerio de Energía y Minas suscribió el Convenio N° 015-2015MEM, Convenio de Transferencia de Recursos a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno Sociedad Anónima Abierta, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural, modificado por el Decreto Legislativo N° 1207, y el Decreto Supremo N° 033-2015-EM; Que, en tal sentido, corresponde emitir la Resolución Ministerial que autorice la transferencia financiera a la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno Sociedad Anónima Abierta; De conformidad con lo indicado en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural, modificada por Decreto Legislativo Nº 1207, el Decreto Supremo N° 025-2007-EM, y sus modificatorias; y el Decreto Supremo N° 033-2015-EM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera hasta por la suma ascendente a S/ 12 199 901,96 (Doce millones ciento noventa y nueve mil novecientos uno y 96/100 Soles), correspondientes a las Fuentes de Financiamiento 109 Recursos Directamente Recaudados y 118 Recursos Determinados, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora N° 005 ­ Dirección General de Electrificación

Rural del Pliego 016 ­ Ministerio de Energía y Minas para el año Fiscal 2015, a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno Sociedad Anónima Abierta, para el mejoramiento de los proyectos de electrificación, descritos en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La transferencia antes citada será efectuada de conformidad al siguiente detalle:
Programa Presupuestal: Producto: Actividad: Fuente de Financiamiento: Gastos de Capital: Genérica de Gasto: 0046 Acceso y Uso de la Electrificación Rural Acciones Comunes Transferencia a Entidades para Proyectos de Electrificación Recursos Determinados / Recursos Directamente Recaudados 6 2.4 Donaciones y Transferencias S/. 8 629 909,50 S/. 3 569 992,46 S/. 12 199 901,96 ===========

Recursos Directamente Recaudados Recursos Determinados TOTAL

Artículo 3.- Los recursos a ser transferidos, serán destinados exclusivamente para los fines indicados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, encontrándose prohibido bajo responsabilidad destinar los mismos a fines distintos para los cuales han sido transferidos. Artículo 4.- Los términos y obligaciones de la transferencia financiera materia de la presente Resolución Ministerial, se encuentran previstos en el Convenio de Transferencia de Recursos celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno Sociedad Anónima Abierta de fecha 29 de diciembre de 2015. Artículo 5.- La Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno Sociedad Anónima Abierta deberá informar a la Dirección General de Electrificación Rural, durante los primeros diez (10) días hábiles de cada mes, los avances físicos y financieros de la ejecución de dichos recursos, con relación a su cronograma de ejecución y en las disposiciones contenidas en el Convenio referido en el artículo precedente, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo N° 033-2015-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas
Anexo a la R.M. N° 570-2015-MEM/DM CARTERA DE INTERVENCIONES ELECTRO PUNO S.A.A.PARA IMPLEMENTACIÓN DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN Y ACCESORIOS N° NOMBRE DEL PROYECTO SUMINISTRO Y MONTAJE DE EQUIPOS RECONECTADORES, SECCIONALIZADORES, REGULADORES DE TENSIÓN, PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS SISTEMAS ELÉCTRICOS RURALES ELECTRO PUNO S.A.A. SUMINISTRO Y MONTAJE DE PARARRAYOS, INTERRUPTORES, TABLEROS, BANCO DE BATERIAS DE LOS SISTEMAS DE TRANSMISIÓN DE ELECTRO PUNO S.A.A. TOTAL ELECTRO PUNO S.A.A. DEPARTAMENTO INVERSION S/.

1

PUNO

5,073,876.30

2

PUNO

7,126,025.66

12,199,901.96

1329243-1