Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2015 (31/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 255

El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

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Rentas, mediante el cual propone la prórroga del plazo de vencimiento dispuesto en la Ordenanza Nº 422-MDR que otorga beneficios para facilitar el pago de deudas tributarias resultantes del procedimiento de fiscalización; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 422-MDR, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 11 de abril de 2015 se otorga beneficios para facilitar el pago de deudas tributarias resultantes de procedimientos de fiscalización y como resultado de éste, se haya generado una Resolución de Determinación por diferencia y/o Resolución de Multa Tributaria; Que, de acuerdo a lo señalado en el Memorándum de Visto, se considera necesaria la ampliación de dicho beneficio tributario a fin de propiciar e inducir al pago voluntario de las obligaciones tributarias a todos aquellos contribuyentes a los que se les generó deuda tributaria como resultado del procedimiento de fiscalización tributaria; Que, la Tercera Disposición Final de la referida Ordenanza, faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias para su cumplimiento, así como su prórroga del caso; Estando las atribuciones conferidas por el artículo 42º y el numeral 6º del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de junio de 2016 la vigencia de la Ordenanza Nº 422-MDR. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Rentas y sus unidades orgánicas que la componen el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, a la Secretaría General, Gestión Documentaria y Registros Civiles, su publicación en el Diario Oficial El Peruano, a la Subgerencia de Informática el cumplimiento y publicación en la página web de la Municipalidad: www.munirimac. gob.pe y a la Gerencia de Imagen y Comunicación Social su difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde 1328125-1

30305, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo VIII de la Ley Nº 27972, señala en su segundo acápite que las competencias y funciones específicas municipales se cumplen en armonía con las políticas y planes nacionales; Que, es necesario aprobar el Plan Estratégico Institucional de la Municipalidad de San Isidro para el período 2015-2017, a fin que la Corporación Municipal dentro de las facultades otorgadas por la Ley antes citada, para su ámbito de intervención y en los alcances de la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado Nº 27680, la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, integre las políticas de la entidad, bajo los principios orientadores de la política de modernización del gobierno nacional; Que, el artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y acuerdos; Que mediante Informe Nº 554-2015-0510-SPPGPPDC/MSI, la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, describe las acciones adoptadas dentro del proceso de Formulación del Plan Estratégico Institucional; Que, con Informe Nº 292-2015-0500-GPPDC/MSI, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo hace suyo el Informe mencionado en el considerando precedente; Que, mediante Resolución de Alcaldía 234 del 28 de abril de 2015, modificada por Resolución de Alcaldía 257 del 25 de mayo de 2015, se reconformó la Comisión de Planeamiento Estratégico responsable de la Formulación del Plan Estratégico Institucional de la Municipalidad de San Isidro para el período 2015-2017; Que, con Acta de Reunión de la Comisión de Planeamiento Estratégico, del 23 de noviembre de 2015, se aprecia que dicha Comisión revisó el proyecto final del Plan Estratégico Institucional 2015-2017, elaborado por el equipo técnico en coordinación con las áreas de la Municipalidad de San Isidro, encontrando conforme el contenido de dicho documento de gestión: En uso de las facultades conferidas en los artículos 9°, 39° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el Concejo Municipal por mayoría y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACORDÓ: Articulo Primero.- APROBAR el Plan Estratégico Institucional de la Municipalidad de San Isidro para el período 2015-2017, con eficacia anticipada a enero 2015, el mismo que consta de una parte central textual que incluye el diagnóstico distrital e institucional, así como sus conclusiones, y la propuesta estratégica que está conformada por la misión, objetivos, indicadores, acciones estratégicas y la ruta estratégica, y una parte final incluida como anexo, que contempla el listado de fuentes primarias y secundarias, los propósitos, fichas de protocolo del indicador, cuadros y priorización de acciones estratégicas, según los lineamientos que para ese fin establece el ente rector. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, el cumplimiento estricto del citado documento de gestión. Articulo Tercero.- DISPONER que de conformidad con el artículo 4° del Reglamento de la Ley N° 29091, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, el presente dispositivo legal, sin su anexo, sea publicado en el Diario Oficial El Peruano y su texto íntegro en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Isidro y en el Portal del Estado Peruano, publicaciones que se encuentran a cargo de la Secretaría General y Gerencia de Tecnologías de Información y Comunicación, respectivamente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcalde 1328158-1

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Aprueban el Plan Estratégico Institucional de la Municipalidad de San Isidro para el periodo 2015-2017
ACUERDO DE CONCEJO Nº 114-2015-MSI San Isidro, 21 de diciembre de 2015 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO VISTO: En Sesión de Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 67-2015-CAJLS/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Laborales y Sociales; el Dictamen N° 48-2015-CAFSF/MSI de la Comisión de Administración, Finanzas, Sistemas y Fiscalización; Informe N° 554-2015-0510-SPP-GPPDC/MSI de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto; Informe N° 292-2015-0500-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo; Informe N° 0835-2015-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº