Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2015 (31/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 282

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NORMAS LEGALES

Jueves 31 de diciembre de 2015 /

El Peruano

Vehicular Temporal por la prestación efectiva del Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal que brinda esta entidad edilicia en zonas determinadas, autorizadas y habilitadas para dicho fin; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 020-2009MDCA, de fecha 26 de Noviembre del año 2009 se prorrogo la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 0152008-MDCA durante el ejercicio fiscal 2010; Que, asimismo con la Ordenanza Municipal Nº 016-2010/MDCA, de fecha 28 de octubre del año 2010 ratificada por el Acuerdo de Concejo Nº 087-2010-MPC de fecha 28 de Diciembre del año 2010, se extendió la vigencia de la Ordenanza Nº 015-2008-MDCA precisada ut supra, durante el presente ejercicio 2011. Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 007-2011MDCA se prorrogo la vigencia de la Ordenanza Nº 015-2008-MDCA durante el ejercicio fiscal 2012, en mérito a lo establecido por el Artículo Tercero de la Ordenanza Municipal Nº016-2010/MDCA, que faculta al Titular de ésta Entidad a que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar la vigencia de la mencionada Ordenanza y en consecuencia, se mantenga el cumplimiento de la citada disposición por mayor tiempo. Que, asimismo con la Ordenanza Municipal Nº 011-2013/MDCA, de fecha 30 de Noviembre del año 2013 ratificada por el Acuerdo de Concejo Nº 0862013-MPC de fecha 23 de Diciembre del año 2013, se extendió la vigencia de la Ordenanza Nº 015-2008MDCA precisada ut supra, durante el ejercicio 2014. Estando el Informe Nº 033-2014-GAT/MDCA, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 074-2014-GSC-MDCA, de la Gerencia de Servicios a la Ciudad, el Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria de fecha 26 de Noviembre del año 2014, que aprobó la Ordenanza Municipal Nº 072014. Que, el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 10 de setiembre del año 2015 por unanimidad aprobó la: ORDENANZA QUE PRORROGA LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 015-2008-MDCA, QUE ESTABLECE LA TASA POR ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL, ENTENDIENDOSE PARQUEO EN EL DISTRITO DE CERRO AZUL PARA EL AÑO 2016. Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº015-2008-MDCA de fecha 24 de octubre del año 2008 ratificada mediante los Acuerdos de Concejo Nº 090-2008-MPC, emitido con fecha 04 de Diciembre del año 2008, y Nº 086-2013-MPC de fecha 23 de Diciembre del año 2013, extendiéndose la vigencia de la Ordenanza Nº 015-2008-MDCA, durante el ejercicio 2014, extendiéndose la vigencia de la Ordenanza Nº 007-2014-MDCA ratificada mediante Acuerdo Concejo 083-2014-MPC de fecha 26 de Diciembre del 2014 por la Municipalidad Provincial de Cañete; en consecuencia prorrogar la aplicación de la Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal aprobado con dicha disposición en la jurisdicción del distrito de Cerro Azul durante el mencionado ejercicio fiscal 2016. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Servicios a la Ciudad y demás unidades orgánicas competentes de esta Corporación Municipal el cumplimiento de lo establecido a través de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ABEL MIRANDA PALOMINO Alcalde 1329137-1

ESTABLECE LOS DERECHOS DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION DE IMPUESTOS Y RECIBO DE PAGO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL, PROVINCIA DE CAÑETE, REGION LIMA PROVINCIAS POR CUANTO EL CONCEJO DISTRITAL CERRO AZUL VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Nº 313-1, de fecha 19 de Diciembre del 2015, la solicitud del Área de Rentas de la Municipalidad Distrital de CERRO AZUL y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú de 1993 y su modificatoria, Ley Nº 27680 de Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y les otorga potestad tributaria; Que, de acuerdo a la disposición final del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, que aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de Impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1º de Enero de cada ejercicio. Que es necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emisión mecanizada de valores, determinación del impuesto predial y Tasa de Arbitrios municipales de Limpieza Pública y Seguridad Ciudadana correspondiente al año 2016; Que, el Concejo Distrital ejerce su función normativa, fundamentalmente a través de Ordenanzas que tienen rango de Ley, de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del Artículo 200º de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N º 27972, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modificado por Decreto Legislativo Nº 953, establece que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, Arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley, además deberán ser ratificadas por la municipalidad provincial de su jurisdicción para su entrada en vigencia; En uso de las facultades conferidas por los artículos 9º y 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el pleno del Concejo por Unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LOS DERECHOS DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION DE IMPUESTOS Y RECIBO DE PAGO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2016 Artículo 1º.- APROBAR, los derechos de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2016 el cual se establece en S/. 14.00 (Catorce y 00/100 Nuevos Soles). Los titulares de más de un predio abonaran la suma de S/. 2.00 (Dos y 00/100 Nuevos soles) por concepto de predio adicional. Artículo 2º.- ÁPROBAR, la Estructura de Costos y la Estimación de ingresos, así como el Informe Técnico que determina los derechos de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2016 el cual forma parte de la presente ordenanza.

Establecen derechos de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibo de pago correspondiente al ejercicio fiscal 2016
ORDENANZA Nº 014-2015-MDCA Cerro Azul, 22 de diciembre del 2015