Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2015 (31/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 223

El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

573861

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Aprueban Cuadros para Asignación de Personal Provisional CAP-P de la Dirección Regional de Salud DIRESA - CALLAO, de sus tres Direcciones de Redes de Salud: Bonilla - La Punta, Bepeca y Ventanilla así como el CAP-P del Hospital Nacional Daniel Alcides Carrión, del Hospital San José y del Hospital de Ventanilla
ORDENANZA REGIONAL N° 000017 Callao, 29 de diciembre del 2015 EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesión Ordinaria del 29 de diciembre del 2015; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 38° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Gobierno Nacional con fecha 04 de Diciembre del 2014, ha publicado en el Diario Oficial "El Peruano", la Ley Nº 30281 "Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2015" en cuyo Artículo 8, numeral 8.1 literal g), autoriza el nombramiento de hasta el 20% de la PEA definida a la fecha de entrada en vigencia el Decreto Legislativo Nº 1153, de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y las Asociaciones de Comunidades Laborales de Salud-CLAS; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1023, se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil-SERVIR, como organismo técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, ejerciendo la función normativa, que comprende la potestad de dictar normas técnicas, directivas de alcance nacional y otras normas referidas a la gestión de los recursos humanos del Estado; Que, la Autoridad Nacional de Servicio Civil, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 152-2014-SERVIR / PE de fecha 08 de Agosto del 2014 aprueba la Directiva Nº 001-2014-SERVIR / GPGSC: "Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades" y su modificatoria Resolución de Presidencial Ejecutiva Nº 234-2014-SERVIR / PE de fecha 05 de Noviembre del 2014, mediante la cual se adiciona al numeral 4 de la Directiva Nº 001-2014-SERVIR / GPGSC, los supuestos de aplicación: 4.5, 4.6, 4.7, 4.8 y 4.9; permitiendo la modificación del CAP Provisional en el inciso 4.7." Aquellas entidades exceptuadas de las prohibiciones de ingreso, nombramiento, designación y contratación previstas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público u otra norma nacional con rango de Ley, podrán hacer ajustes a su CAP, con la aprobación de un CAP Provisional, respetando las limitaciones establecidas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Publico"; Que, en el marco de la rectoría del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y de la implementación de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, con la finalidad de viabilizar el tránsito de las Entidades al nuevo régimen del servicio civil, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE se aprobó la Directiva Nº 002-2015-SERVIR / GDSRH que establece las normas para la gestión del proceso de administración de puestos,

elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE, el cual incluye los lineamientos para la aprobación de un Cuadro para Asignación de Personal Provisional, aplicable para supuestos de excepción y sólo en tanto las Entidades comprendidas en los mismos cumplan con las condiciones establecidas. Dicha Directiva deja sin efecto la anterior Directiva Nº 001-2014-SERVIR / GPGSC, dejándose sin efecto en consecuencia las Resoluciones de Presidencia Ejecutiva Nº 152 y Nº 234-2014-SERVIR / PE; Que, el Ministerio de Salud mediante el Decreto Supremo Nº 032-2015-SA de fecha 03 de Octubre del 2015, aprueba los "Lineamientos para el proceso de nombramiento de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y las Comunidades Locales de Administración de Salud-CLAS", donde establece los criterios y procedimientos para el proceso de nombramiento de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud contratados, que realizan actividades en servicios de salud individual y salud publica en el ámbito de competencia del Decreto Legislativo Nº 1153, que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del Estado, en dependencias y establecimientos de salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y en los establecimientos de salud administrados por las Comunidades Locales CLAS; Que, asimismo en el numeral 14.2.1 del indicado Decreto Supremo Nº 032-2015-SA, se señala que uno de los requisitos para el nombramiento del personal asistencial de salud, es que la Oficina de Recursos Humanos o las que hagan sus veces, deberá contar con cargos "previstos" para el personal de la salud considerado apto al nombramiento, para lo cual deberá contarse con el Cuadro para Asignación de Personal Provisional CAP-P, sobre la base de lo dispuesto en la Directiva Nº 001-2014-SERVIR / GPGSC que aprueba las "Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades"; Que, es requisito indispensable, conforme a lo dispuesto en el Artículo 6º de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, norma de aplicación transversal a todo el sector público, que los cargos a ocupar se encuentren aprobados en el Cuadro para Asignación de Personal-CAP y en el Presupuesto Analítico de PersonalPAP; Que, visto el Oficio Nº 4783-2015-GRC / DIRESA / DG / OEPE de fecha 17de Noviembre del 2015, mediante el cual el Director General de la Dirección Regional de SaludDIRESA-Callao, remite los proyectos de Cuadro para Asignación de Personal Provisional-CAP- P de la DIRESA, Direcciones de Red de Salud: Bonilla-La Punta, BEPECA y Ventanilla, adjuntando la documentación requerida para su aprobación, como el Informe Nº 354-2015-GRC / DIRESA-OAJ, de fecha 17 de Noviembre del 2015, emitido por el Director de la Oficina de Asesoría Jurídica de la DIRESA opinando que resultaría legalmente viable la aprobación del Proyecto de los CAPs Provisionales de la DIRESA, de las Direcciones Regionales de Salud: Bonilla La Punta, BEPECA y Ventanilla. Asimismo adjunta el Informe Nº 067-2015-GRC / DIRESA / OEPE / UO, de fecha 13 de Noviembre del 2015, mediante el cual la Jefa de la Unidad de Organización de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico-DIRESA Callao sustenta la propuesta de modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional-CAP-P a fin de crear los cargos "previstos" necesarios para el nombramiento del personal asistencial de salud, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 30281 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, en tal sentido propone crear doscientos ochenta y ocho (288) cargos "previstos" para el nombramiento del personal de los años 2015, 2016, 2017 y 2018, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 589-2015 / MINSA, de fecha 24 de Septiembre del 2015. Para el presente año se prevé nombrar a ochenta y dos (82) trabajadores asistenciales de salud en la DIRESA y en sus Direcciones de Red de Salud; Que, visto el Oficio Nº 4464-2015-HNDAC-DG / OEPE, de fecha 24 de Noviembre del 2015, mediante el cual la Directora General del Hospital Nacional Daniel Alcides Carrión-HNDAC remite al Gobierno Regional del Callao, el proyecto del Cuadro para Asignación de Personal Provisional CAP-P, adjuntando la documentación requerida para su aprobación, como es el Informe Nº 475-2015-OAJ-HNDAC, de fecha 24 de Noviembre del 2015, emitido por la Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del HNDAC, mediante el cual concluye que la modificación del CAP-P se encuentra