Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2015 (31/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 130

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NORMAS LEGALES
VISTO:

Jueves 31 de diciembre de 2015 /

El Peruano

del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento ha emitido el Informe N° 014-2015-CEPLAN/DNSE-EHA, el cual concluye que el proyecto del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016 - 2021 del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, se encuentra conforme y cumple con lo establecido en la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN; Que, con documentos del Visto, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite para su aprobación el proyecto del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016 - 2021 del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, señalando para tal efecto, que el mismo ha sido formulado en el marco de la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN y constituye el instrumento de gestión de mediano plazo, que contiene elementos orientadores para una gestión sectorial efectiva, concertada y articulada de las intervenciones en las materias de competencia del Sector; Que, en atención a lo expuesto, corresponde aprobar Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016 2021 del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN, "Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico - Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico", aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 26-2014-CEPLAN/PCD; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobación del PESEM 2016 - 2021 del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento Aprobar el "Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016 - 2021 del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento" que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Seguimiento y evaluación Encargar a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el seguimiento y evaluación anual del "Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016 - 2021 del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento". Articulo 3 Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y en la misma fecha la Resolución y su Anexo en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el portal institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ADOLFO DUMLER CUYA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1329291-1

El Memorándum N° 528-2015-DV-DATE del 28 de diciembre de 2015, mediante el cual la Dirección de Articulación Territorial remite el Anexo N° 1 que contiene la relación de convenios suscritos con las diferentes Entidades Ejecutoras que ejecutarán Actividades y Proyectos del Programa Presupuestal de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 7° establece que todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y defensa; y, en su artículo 8° prescribe que el Estado combate y sanciona el tráfico ilícito de drogas; Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1241, modificatorio del Decreto N° 824, establece que DEVIDA diseña y conduce la política nacional de lucha contra el tráfico ilícito de drogas y sus delitos conexos, y formula, diseña y propone la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas, promoviendo entre otros, la sustitución de cultivos de la hoja de coca y otros sembríos que sirvan de insumo para la producción de drogas ilícitas, mediante programas de desarrollo alternativo, integral y sostenible; Que, en los instrumentos resultantes del Quincuagésimo Octavo Periodo de Sesiones Ordinarias de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas ­ CICAD, de la cual el Gobierno Peruano forma parte, y que se desarrolló en nuestro país bajo la organización de DEVIDA en el mes de noviembre del año 2015, se estableció que el Desarrollo Alternativo es uno de los tres pilares en el enfoque internacional de políticas contra el problema de las drogas; y, tanto el Informe Mundial sobre las Drogas 2015 como la Resolución 68/196 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, aprobada el 18 de diciembre de 2013, señalan que la promoción del desarrollo alternativo, como una política global para reducir la disponibilidad de la oferta de drogas y controlar las causas subyacentes al tráfico ilícito de estupefacientes, constituye una responsabilidad global que trasciende a los denominados "países productores"; Que, la precitada Comisión alienta a los Estados Miembros a impulsar, en el marco de sus políticas nacionales, programas y medidas de desarrollo alternativo integral y sostenible, incluido, cuando proceda, el desarrollo alternativo preventivo, que se orienten a eliminar los factores causantes de la pobreza, la exclusión social y el deterioro ambiental para, entre otros, prevenir la inserción de poblaciones vulnerables en actividades vinculadas a la producción y el tráfico ilícitos de drogas; Que, asimismo, el literal a) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función general de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las Políticas Sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, en el marco de la política de protección del Estado y lucha contra el consumo y tráfico ilícito de drogas, el Plan Anual de Reducción del Espacio Cocalero Ilegal en el Perú 2015, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 042-2015-IN/DGCO, de fecha 24 de enero de 2015, estableció la programación de erradicación de 35,000 hectáreas de cultivos de coca ilegal en el Perú, lográndose superar dicha meta gracias a las acciones realizadas en conjunto por la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas-DEVIDA y otros organismos especializados del Estado; Que, para dar cumplimiento a las metas de la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2012-2016 (ENLCD 2012-2016) que tiene como objetivo reducir drástica y sosteniblemente el tráfico ilícito y el consumo de drogas, y sus negativos efectos sociales, políticos, económicos, culturales y ambientales incorporando a los productores de cultivos ilegales a la economía lícita, DEVIDA como ente rector, basa su accionar en tres ejes estratégicos: i) Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible; ii) Interdicción

ORGANISMOS EJECUTORES

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS
Autorizan transferencias financieras a favor de las Entidades Ejecutoras del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 132-2015-DV-PE Lima, 30 de diciembre de 2015