Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2015 (31/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 142

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NORMAS LEGALES

Jueves 31 de diciembre de 2015 /

El Peruano

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Aprueban Principios Metodológicos Generales para la estimación del Factor de Productividad que aplicará a partir del 1 de setiembre de 2016, contenidos en el Informe N° 526-GPRC/2015
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 155-2015-CD/OSIPTEL Lima, 29 de diciembre de 2015. EXPEDIENTE MATERIA ADMINISTRADO VISTO: El Proyecto de Resolución presentado por la Gerencia General, que tiene por objeto aprobar los Principios Metodológicos Generales para la estimación del Factor de Productividad que se aplicará a partir del 1 de setiembre de 2016, contenidos en el Informe Nº 526-GPRC/2015; y con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con la Ley de Transparencia y Simplificación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas ­Ley Nº 27838-, la función reguladora debe ser ejecutada con estricta sujeción a criterios técnicos, legales y económicos, habiéndose establecido en dicha norma los mecanismos generales para garantizar la mayor transparencia y predictibilidad en el proceso de fijación de tarifas reguladas; Que, dentro del marco previsto por la referida Ley Nº 27838, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 1272003-CD/OSIPTEL se aprobó el "Procedimiento para la Fijación y/o Revisión de Tarifas Tope de OSIPTEL", en el cual se establecen los procedimientos y disposiciones específicas a que se sujeta el OSIPTEL para la fijación y la revisión de las tarifas tope de servicios públicos de telecomunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto por la Primera Disposición Complementaria del citado Procedimiento, el ámbito de aplicación de dicha norma comprende a la Revisión del Factor de Productividad que se efectúe en virtud de disposiciones tarifarias previstas en los Contratos de Concesión, en tanto no se oponga a dichas disposiciones; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 128-2015-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de octubre de 2015, se dio inicio al procedimiento de oficio para la Revisión del Factor de Productividad que se aplica dentro del Régimen Tarifario de Fórmula de Tarifas Tope establecido en los Contratos de Concesión aprobados por Decreto Supremo N° 11-94TCC y modificados por Decreto Supremo N° 021-98-MTC, de los que es titular la empresa concesionaria Telefónica del Perú S.A.A. (en adelante, Telefónica); Que, en el Anexo de dicha resolución se ha establecido el cronograma conforme al cual deberán ejecutarse las etapas y actividades que forman parte de este procedimiento regulatorio, el mismo que fue modificado mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 133-2015-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 22 de noviembre de 2015; Que, en el Artículo 2° de la citada Resolución Nº 1282015-CD/OSIPTEL, se ha previsto que la estimación del Factor de Productividad aplicable a partir del 1 de setiembre de 2016 se basará en los correspondientes "Principios Metodológicos Generales" que serán aprobados por el OSIPTEL, previa consulta pública; Que, conforme a lo previsto, mediante Resolución : Nº 00001-2015-CD-GPRC/TT : Revisión del Factor de Productividad : Telefónica del Perú S.A.A.

de Consejo Directivo N° 138-2015-CD/OSIPTEL se dispuso notificar a Telefónica y publicar en la página web institucional del OSIPTEL el Proyecto de los referidos Principios Metodológicos Generales, señalando el plazo para que Telefónica y los demás agentes interesados puedan remitir sus comentarios al respecto; Que, dentro del plazo establecido, se recibieron los comentarios de Telefónica al Proyecto de Principios Metodológicos Generales; Que, luego del análisis de los comentarios formulados, la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia ha elaborado el Informe N° 526-GPRC/2015, que forma parte integrante de la presente resolución, mediante el cual se sustenta la aprobación de los Principios Metodológicos Generales sobre la base de los cuales se llevará a cabo la estimación del Factor de Productividad que se aplicará a partir del 1 de setiembre de 2016; En aplicación de las funciones previstas en el inciso b) del Artículo 75º del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del OSIPTEL en su Sesión Nº 593; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar los Principios Metodológicos Generales para la estimación del Factor de Productividad que se aplicará a partir del 1 de setiembre de 2016, contenidos en el Informe N° 526-GPRC/2015 que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Encargar a la Gerencia General que disponga las acciones necesarias para que la presente resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, se encarga a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para que la presente resolución, su Informe Sustentatorio Nº 526-GPRC/2015 y la Matriz de Comentarios, sean publicados en la página web institucional del OSIPTEL (http://www.osiptel.gob.pe), y se notifiquen a la empresa Telefónica del Perú S.A.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO MARTÍN RUIZ DÍAZ Presidente del Consejo Directivo 1329254-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
Aprueban transferencias financieras y otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 197-2015-CONCYTEC-P Lima, 30 de diciembre de 2015 VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 37-2015-FONDECYT-UPP-UAJ-USM-UES y el Oficio Nº 397-2015-FONDECYT-DE del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y los Informes Nº 328-2015-CONCYTEC-OGPP y Nº 352-2015-CONCYTEC-OGAJ, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que, la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281, Ley de