Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2015 (31/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 304

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NORMAS LEGALES

Jueves 31 de diciembre de 2015 /

El Peruano

Que, el numeral 2) del artículo 3º del Decreto Legislativo N° 1149 - Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú concordante con lo dispuesto en el artículo 59º de su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 016-2013-IN, establecen que el ascenso tiene por finalidad promover al personal al grado inmediato superior, en consideración a sus capacidades, conocimientos, habilidades y aptitudes, así como por la evaluación objetiva de sus méritos y deméritos registrados durante la carrera; Que, el artículo 57º del Decreto Legislativo N° 1149Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú, establece que el ascenso por selección se otorga con fecha 1 de enero del año siguiente al del proceso. Se acredita con el despacho otorgado a nombre de la Nación, mediante Resolución Suprema, para Oficiales Generales de Armas y de Servicios; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1230 se modifican los artículos 15°, 27° y 30° del Decreto Legislativo N° 1148 ­ Ley de la Policía Nacional del Perú, que entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2016, en donde se establece que el cargo de Jefe de Estado Mayor, Inspector General, Director Nacional de Gestión Institucional y Director Nacional de Operaciones Policiales de la Policía Nacional del Perú, estarán a cargo de un Oficial General de Armas con el grado de Teniente General. Que, la propuesta de ascenso al grado de Teniente General de Armas de la Policía Nacional del Perú, del año 2015 ­ Promoción 2016, se ha realizado cumpliendo con los procedimientos y reglas establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1149 ­ Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú y su Reglamento, y por la aplicación de los principios rectores de la meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, igualdad de derechos y oportunidades y ética; De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1135 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 0102013-IN, Decreto Legislativo Nº 1148 - Ley de la Policía Nacional del Perú y Decreto Legislativo Nº 1149 ­ Ley de Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 016-2013-IN. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ascender al grado de Teniente General de Armas de la Policía Nacional del Perú, con eficacia al 1 de enero de 2016, al General de Armas de la Policía Nacional del Perú, Eleuterio DÍAZ PEREZ. Artículo 2°.- Otórguesele el Despacho correspondiente e inscríbasele en el Escalafón Policial respectivo. Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Estado en el Despacho del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1329587-7

VISTO, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 018-2015-DIREJPER-PNP/DIVINC-DEPOFI de fecha 31 de diciembre de 2015, relacionado con la propuesta de otorgamiento de ascenso al grado inmediato superior por la causal de "Acción Distinguida" al Coronel de la Policía Nacional del Perú Amador Bacalla Guadalupe, perteneciente a la División de Servicios Especiales de la Región Policial Lima de la Policía Nacional del Perú. CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N° 002-2015-REGPOLLIMA/SECPRI, de fecha 29 de diciembre de 2015, se ha llegado establecer las meritorias intervenciones policiales del Coronel de la Policía Nacional del Perú Amador Bacalla Guadalupe, perteneciente a la División de Servicios Especiales de la Región Policial Lima, en el cumplimiento de sus funciones como Jefe Operativo y responsable de las diferentes Operaciones Policiales realizadas durante los años 2011 al 2015, en apoyo en las diferentes Direcciones Territoriales Policiales y Regiones Policiales a nivel nacional, cuando se produjeron graves alteraciones del Orden Publico, como consecuencia de la coyuntura política y social, habiendo realizado su función con responsabilidad y profesionalismo, dentro de los limites establecidos en la Constitución Política del Perú, leyes y respeto irrestricto a los Derechos Humanos, sin costo social alguno; Que, es obligación del Estado, especialmente del Comando Institucional, reconocer y resaltar la meritoria intervención policial descrita, lo cual servirá de ejemplo y estímulo para que todo el personal de la Policía Nacional del Perú cumpla la misión en forma eficiente; Que, el Decreto Legislativo Nº 1149 - Ley de la Carrera y Situación de Personal de la Policía Nacional del Perú y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2013-IN, señala que los incentivos, como el ascenso excepcional por acción distinguida, son reconocimientos que otorgan los diversos niveles del comando institucional, orientados a distinguir los actos meritorios del personal, teniendo carácter motivador; Que, mediante Dictamen N° 5330-2015-DIRGENPNP/DNGI/DIREASJUR-PNP de fecha 30 de diciembre de 2015, la Dirección Ejecutiva de Asesoría Jurídica de la Policía Nacional del Perú, opinó estimado la propuesta de incentivo de ascenso excepcional por la causal de Acción Distinguida al Coronel de la Policía Nacional del Perú Amador Bacalla Guadalupe; Que, mediante Acta de Pronunciamiento Nº 047-2015-DIRGEN-PNP/CIOS-OFS de fecha 30 de diciembre de 2015, el Consejo de Investigación para Oficiales Superiores y Oficiales de la Policía Nacional del Perú, se pronunció estimar el otorgamiento de ascenso excepcional al grado inmediato superior por la causal de Acción Distinguida para el Coronel de la Policía Nacional del Perú Amador Bacalla Guadalupe; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión Nº 018-2015-DIREJPER-PNP/DIVINC-DEPOFI, de fecha 31 de diciembre de 2015, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, opinó estimado la propuesta del incentivo de ascenso excepcional al grado inmediato superior por la causal de Acción Distinguida a favor del referido Oficial Superior; y, De conformidad con la Ley Nº 29158 ­ Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 1135 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2013IN; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Otorgar el ascenso al grado de General de la Policía Nacional del Perú, al Coronel de la Policía Nacional del Perú Amador Bacalla Guadalupe, por la causal "Acción Distinguida" de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Autorizar a la Dirección Ejecutiva de Personal, Dirección Ejecutiva de Economía y Finanzas

Otorgan ascensos al grado de General de la Policía Nacional del Perú a Coroneles de la Policía Nacional del Perú, por la causal "Acción Distinguida"
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 285-2015-IN Lima, 31 de diciembre de 2015