Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2015 (31/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 258

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NORMAS LEGALES

Jueves 31 de diciembre de 2015 /

El Peruano

INFRACCIONES Y SANCIONES AL CONDUCTOR Y/O TITULAR DEL PREDIO Y/O ESTABLECIMIENTO CÓDIGO 2.05 2.05.01 INFRACCIÓN CARGA Y DESCARGA DE MERCADERÍAS Por realizar y/o permitir el abastecimiento (carga y descarga) de mercadería, Gas Licuado de Petróleo a granel y/o envasado, tanques estacionarios de gas, combustibles líquidos o gaseosos para uso vehicular fuera del horario establecido Por permitir el establecimiento comercial la acumulación de vehículos de transporte para el abastecimiento (carga y descarga), obstaculizando el libre tránsito peatonal y vehicular Por omitir dar aviso a la Municipalidad sobre abastecimiento (carga y descarga) de emergencia Por no efectuar la limpieza de la acera y calzada sobre la cual se efectúo las actividades referidas a carga y descarga, cuando se trata de obras civiles en propiedad privada Por permitir el establecimiento comercial, depositar mercadería, sean objeto de la carga y descarga en la vía pública, obstruyendo el libre tránsito vehicular y/o peatonal Por permitir el establecimiento comercial, el estacionamiento de vehículos de carga y descarga luego de concluida la actividad generando desorden en la zona Por obstruir con su mercadería el paso de los peatones y/o la visibilidad de los conductores. Por impedir el libre acceso a la propiedad privada. TIPO MULTA EN OBSERVACIÓN U.I.T. MEDIDA COMPLEMENTARIA

MUY GRAVE

100%

SANCIÓN

Clausura Temporal hasta por 20 días Clausura Temporal hasta por 20 días Retención de mercadería Reposición al estado anterior, de la acera y calzada. Clausura temporal por 10 días o hasta subsanación. Clausura temporal por 05 días. Retención de la mercadería. Propietario Retención de la mercadería. Propietario Retención del vehículo Retención de mercadería

2.05.02 2.05.03 2.05.04 2.05.05 2.05.06 2.05.07 2.05.08 2.05.09 2.05.10

GRAVE LEVE GRAVE GRAVE LEVE MUY GRAVE GRAVE

30% 10% 30% 30% 20% 50 % 30 % 10 %

SANCIÓN PREVENTIVA SANCIÓN SANCIÓN PREVENTIVA SANCIÓN SANCIÓN PREVENTIVA

Por ausentarse del vehículo, los conductores LEVE Por no contar con los Elementos de protección Personal los operarios de carga y descarga de productos y/o mercaderías molestias, nocivas o peligrosas, así como las que entrañen GRAVE especialidades en su manejo o estivas, se regirán además por las disposiciones específicas que regulan la materia. INFRACCIÓN TIPO

30 % al propietario SANCIÓN

CÓDIGO 7.04 7.04.01

MULTA EN OBSERVACIONES U.I.T. SANCIÓN

MEDIDA COMPLEMENTARIA Retiro de Materiales y/o Paralización de Obra Paralización de Obra Paralización de Obra

7.04.02 7.04.03

CARGA Y DESCARGA DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN Por efectuar la carga y descarga de materiales, insumos, GRAVE 30% U.I.T accesorios, acabados y/o similares de construcción, fuera del horario establecido, como consecuencia de la ejecución de obras civiles en propiedad privada Por interrumpir en la ejecución de carga y descarga el libre GRAVE 30% U.I.T tránsito vehicular y/o peatonal sin contar con la autorización del órgano competente. Por efectuar la carga y descarga de materiales, insumos, GRAVE 30% U.I.T accesorios, acabados y/o similares de construcción, fuera del horario establecido, como consecuencia de la ejecución de obras civiles en la vía pública DISPOSICIONES FINALES

SANCIÓN SANCIÓN

Primera.- Mediante Decreto de Alcaldía se dictará las disposiciones complementarias de la presente Ordenanza. Segunda.- Encárguese a la Gerencia de Desarrollo Económico, Subgerencia de Control, Operaciones y Sanciones y a la Subgerencia de Transporte, Tránsito y Vialidad, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN VALENTIN NAVARRO JIMENEZ Alcalde 1328573-1

Aprueban exoneración de proceso de selección para la Adquisición y Transporte de Alimentos para el Programa de Complementación Alimentaria y el Programa de Alimentación y Nutrición al Paciente Ambulatorio por Tuberculosis
ACUERDO DE CONCEJO Nº 085-2015-MDSJL/CM San Juan de Lurigancho, 24 de diciembre de 2015

EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: En Sesión Extraordinaria de Urgencia de Concejo de fecha 24 de diciembre de 2015, el Informe Nº 1205-2015/SGPSLCP-GDS-MDSSJL de la Sub Gerencia de Programas Sociales y Lucha Contra la Pobreza y el Informe Nº 1033-2015-SGAYCP-GAF-MDSJL de la Sub Gerencia de Abastecimiento y Control Patrimonial, ambos de fecha 23 de diciembre de 2015, sobre Declaración de Desabastecimiento Inminente del Programa de Complementación Alimentaria - PCA y el Programa de Alimentación y Nutrición al Paciente Ambulatorio por