Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2009 (16/01/2009)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 62

388656

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de enero de 2009

b. Cumplan con otorgar la garantia de fiel cumplimiento exigida por el Decreto Legislativo Nº 1090, de acuerdo a las condiciones establecidas en el presente Reglamento. c. Culminen el procedimiento de adecuacion de acuerdo a los criterios y exigencias que establezca la Autoridad Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA y suscriban la respectiva adenda al contrato de concesion otorgado. Segunda.- Las concesiones para conservacion otorgadas al MORDAZA de la Ley N 27308, su reglamento y normas complementarias, continuan rigiendose por lo dispuesto en dichas normas siempre que no se contraponga con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1090, su Reglamento y en tanto el Ministerio del Ambiente emita las normas correspondientes. Tercera.- La Autoridad Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA establecera los requisitos, plazos y condiciones a fin de que los derechos de aprovechamiento forestal y de fauna MORDAZA otorgados cumplan con lo establecido en el articulo 18º del Decreto Legislativo N 1090. Cuarta.- El libro de operaciones que utilizan las plantas de transformacion primaria, depositos y/o establecimiento de productos forestales y de fauna MORDAZA al MORDAZA del articulo 303º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2001-AG mantienen su vigencia hasta que se implemente el Registro de Inventario Permanente de Unidades Fisicas, al que se refiere el articulo 341º del presente Reglamento. Quinta.- Los contratos, acuerdos de transferencia de material o convenios que las entidades publicas o privadas ubicadas en territorio nacional, hubieren suscrito con terceros sobre recursos geneticos, sus productos derivados o sobre los recursos biologicos que los contengan de competencia de la Autoridad Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA, que no se ajusten a la Decision 391, el presente Reglamento y la Ley Nº 26839 y sus normas complementarias, deberan adecuarse al presente regimen en un plazo de doce (12) meses contados a partir de la entrada en vigencia del presente Reglamento, en caso contrario no seran pasibles de otorgamiento de acceso a recursos geneticos. Sexta.- Las licencias de caza deportiva otorgadas al MORDAZA de la Ley Nº 27308 y su Reglamento que se encuentren vigentes a la fecha de emision de la presente MORDAZA, mantienen su vigencia hasta su vencimiento. Septima.- La normatividad emitida al MORDAZA de la Ley Nº 27308 y su Reglamento, mantienen su vigencia en cuanto no se contrapongan con el Decreto Legislativo Nº 1090 y el presente Reglamento. Octava.- En tanto entre en vigencia el reglamento de la Decision Nº 391, la autoridad nacional forestal aplicara sus propios procedimientos. 301588-1

Estructural de la Presidencia Ejecutiva del Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia ­SENAMHI, Organismo Publico Ejecutor adscrito al Ministerio del Ambiente, cargo considerado como de confianza de acuerdo al Cuadro para Asignacion de Personal ­CAP vigente del Servicio, sujeto al regimen laboral de la actividad privada, Decreto Legislativo Nº 728; Que, es necesario designar a la persona que ejercera el mencionado cargo; Que, el articulo 3º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, establece que los cargos de confianza distinto a los comprendidos en el articulo 1º de esta Ley se efectua mediante Resolucion Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, Ley Nº 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia -SENAMHI y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-85-AE; Reglamento Interno de Trabajo para el personal sujeto al Regimen Laboral de la Actividad Privada, aprobado con Resolucion Jefatural Nº 176SENAMHI-OAJ/2004 de fecha 07 de setiembre de 2004 y con las facultades conferidas mediante Resolucion Suprema Nº 021-2007-DE/SG de fecha 24 de enero de 2007; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DESIGNAR A LA Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el Cargo de Director Cientifico, Nivel D-5 del Organo Estructural de la Presidencia Ejecutiva del Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia ­SENAMHI, Organismo Publico Ejecutor adscrito al Ministerio del Ambiente, cargo considerado como de confianza de acuerdo al Cuadro para Asignacion de Personal ­CAP vigente del Servicio, a partir del 10 de enero de 2009; Articulo 2º.- AUTORIZAR a la Oficina General de Administracion del Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia ­SENAMHI para que efectue el pago de remuneraciones a la funcionaria indicada en el articulo anterior de la presente Resolucion. Articulo 3º.- El egreso que origine el cumplimiento de la presente Resolucion se aplicara, a la CATEGORIA DE GASTOS 5-Gastos Corrientes, GRUPO GENERICO DE GASTOS 1-Personal y Obligaciones Sociales, MODALIDAD DE APLICACION 11- Aplicaciones Directas y ESPECIFICAS DE GASTOS 10-Retribuciones y Complementos ­ Contratos a Plazo Fijo, del Presupuesto Funcional para el Ano 2009. Registrese, comuniquese y publiquese. WILAR MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo del SENAMHI 301155-1

AMBIENTE
Designan Directora Cientifica del Organo Estructural de la Presidencia Ejecutiva del SENAMHI
SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGIA E HIDROLOGIA RESOLUCION PRESIDENCIAL EJECUTIVA Nº 0005-SENAMHI-PREJ-OGA-OPE/2009 MORDAZA, 12 de enero de 2009 Visto, el Memorando Nº 020 SENAMHI/PREJ/2009 de fecha 08 de enero de 2009 de la Presidencia Ejecutiva del Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia ­ SENAMHI, sobre designacion de funcionario; CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza correspondiente al cargo de Director Cientifico, Nivel D-5 del Organo

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Establecen procedimientos generales de la aplicacion de la Salvaguardia MORDAZA contenida en los Acuerdos Comerciales Internacionales suscritos por el Peru
DECRETO SUPREMO N° 006-2009-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA