Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2009 (16/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 139

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de enero de 2009

NORMAS LEGALES

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PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que mediante la Resolucion Ministerial Nº 140-95PE, de fecha 31 de marzo del 1995, se otorgo permiso de pesca, entre otros, a la empresa PESQUERA MISTIANA PEEA S.R.L. para operar la embarcacion pesquera denominada CHIMBOTE 10 con matricula PS-0614-PM, en la extraccion de recursos hidrobiologicos para consumo humano indirecto en el ambito del litoral peruano, fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que con Resolucion Directoral Nº 379-98-PE/DNE de fecha 28 de diciembre de 1998, se autorizo, entre otras, el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera denominada CHIMBOTE 10 con matricula PS0614-PM a favor de la empresa PESQUERA INDUSTRIAL EL MORDAZA S.A., en los mismos terminos y condiciones en que fuera otorgado; Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 436-2008PRODUCE/DGEPP de fecha 11 de agosto del 2008, se modifico el articulo 1º de Resolucion Ministerial Nº 14095-PE, modificada por la Resolucion Directoral Nº 379-98PE/DNE, solo en el extremo del nombre de la embarcacion CHIMBOTE 10 con matricula PS-0614-PM, la misma que en adelante se denominara DON ALONSO; Que mediante los escritos de visto, la empresa CONSULTORA INTEGRAL DE INVERSIONES Y NEGOCIOS S.A.C.., solicita cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion DON MORDAZA de matricula PS-0614-PM; Que de la evaluacion efectuada al expediente de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion DON MORDAZA de matricula PS-0614-PM, presentado por la administrada se ha determinado que ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, publicado por Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE; asi como los requisitos sustantivos establecidos por la normatividad pesquera vigente correspondiente; por lo que es procedente aprobar el cambio de titular de permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 7502007-PRODUCE/DGEPP-Dchi de fecha 3 de diciembre del 2008 y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, sus modificatorias y ampliatorias y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, publicado por Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera DON MORDAZA de matricula PS-0614-PM; a favor de la empresa CONSULTORA INTEGRAL DE INVERSIONES Y NEGOCIOS S.A.C., en los mismo terminos y condiciones en que fue otorgado. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera DON MORDAZA de matricula PS-0614-PM otorgado a la empresa PESQUERA INDUSTRIAL EL MORDAZA S.A.; e incorporar a la empresa CONSULTORA INTEGRAL DE INVERSIONES Y NEGOCIOS S.A.C. como el MORDAZA titular del permiso de pesca para operar la embarcacion DON MORDAZA de matricula PS-0614-PM, asi como la presente Resolucion,

al literal J) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 0842007-PRODUCE. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 300618-8

Otorgan permiso de pesca a Negocios Industriales Real S.A. para operar embarcacion pesquera de bandera ecuatoriana
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 793-2008-PRODUCE/DGEPP MORDAZA,12 de diciembre del 2008 Visto el escrito con Registro Nº 00090174 de fecha 10 de diciembre de 2008, presentado por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con domicilio legal en MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 513, Urbanizacion Corpac, Distrito de San MORDAZA, Provincia de MORDAZA y Departamento de MORDAZA, en representacion de la empresa NEGOCIOS INDUSTRIALES REAL S.A. - N.I.R.S.A. CONSIDERANDO: Que el inciso c) del Articulo 43º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que las personas naturales o juridicas requeriran de permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo, el Articulo 47º de dicha MORDAZA establece que las operaciones de embarcaciones de bandera extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas, se efectuara sobre el excedente de la captura permisible no aprovechada de recursos hidrobiologicos por la flota existente en el MORDAZA, sujetandose a los terminos y condiciones establecidos en la legislacion interna sobre preservacion y explotacion de los recursos hidrobiologicos y sobre los procedimientos de inspeccion y control, para lo cual los armadores extranjeros deberan acreditar domicilio y representacion legal en el pais; Que los Articulos 44º y 45º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que el permiso de pesca es un derecho especifico que el Ministerio de la Produccion otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras, previo pago de los derechos correspondientes; Que el inciso c) del Articulo 48º de la referida Ley dispone que la pesca en agua jurisdiccionales peruanas podra llevarse a cabo por embarcaciones de bandera extranjera para la extraccion de recursos de oportunidad o altamente migratorios o aquellos otros subexplotados que determine el Ministerio de la Produccion, mediante el pago de derechos por permiso de pesca; Que mediante Decreto Supremo Nº 032-2003PRODUCE del 04 de noviembre del 2003, se aprobo el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, estableciendose en su numeral 7.3 del Articulo 7º el monto de los derechos de pesca para las embarcaciones pesqueras atuneras de bandera extranjera en US$. 50.00 (cincuenta dolares de los Estados Unidos de America) por cada tonelada de Arqueo Neto, por un periodo de tres (3) meses; Que mediante el escrito del visto, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en representacion de la empresa NEGOCIOS INDUSTRIALES REAL S.A.