Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2009 (16/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 163

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de enero de 2009

NORMAS LEGALES

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aplicables segun las disposiciones correspondientes, en tanto dure el estado de emergencia referido en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Suspender la tramitacion de los procedimientos administrativos de fiscalizacion seguidos por la SUNASS, incluidos sus respectivos plazos, respecto a las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento ubicadas en el departamento de Ica, en las provincias de Canete y Yauyos del departamento de MORDAZA, en las provincias de Castrovirreyna, Huaytara y los distritos de Acobambilla y Manta de la provincia de Huancavelica, del departamento de Huancavelica, en tanto dure el estado de emergencia referido en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 300880-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES
Disponen inscripcion de valores correspondientes a la emision denominada "Bonos Subordinados del Banco Interamericano de Finanzas Cuarta Emision" y registro de prospecto informativo en el Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION DIRECTORAL DE EMISORES Nº 170-2008-EF/94.06.3 MORDAZA, 31 de diciembre de 2008 VISTOS: El expediente Nº 2008033768, asi como el Informe Interno Nº 0954-2008-EF/94.06.3, del 31 de diciembre de 2008, de la Direccion de Emisores; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 221, numeral 14, de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, las empresas del sistema financiero pueden emitir y colocar bonos, incluidos los subordinados, en moneda nacional o extranjera, siempre que MORDAZA de su propia emision; Que, de conformidad con el articulo 232 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, la emision de bonos subordinados debera ser acordada por Junta General de Accionistas, pudiendo delegar esta facultad en el Directorio; Que, asimismo, de conformidad con la normativa senalada en el parrafo precedente, en los casos de instrumentos financieros que tengan la condicion de valores mobiliarios y se emitan por oferta publica, la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores (CONASEV) procedera a inscribirlos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, previa opinion favorable de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones;

Que, en Junta General de Accionistas realizada el 29 de septiembre de 2008, se acordo aprobar la emision de los valores denominados "Bonos Subordinados del Banco Interamericano de Finanzas - Cuarta Emision" en los terminos expuestos en dicha junta, hasta por un monto de S/. 60 000 000,00 (sesenta millones y 00/100 Nuevos Soles); Que, asimismo, se delego en el Gerente General, la facultad para designar al Representante de Obligacionistas; y en el Directorio, las facultades para modificar y/o definir las condiciones y/o caracteristicas que no se hubieran aprobado en la referida Junta; Que, mediante Resolucion SBS Nº 10643-2008, del 31 de octubre de 2008, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones opino favorablemente para que se emitiera la Cuarta Emision de los Bonos Subordinados del Banco Interamericano de Finanzas - BIF, hasta por un monto de S/. 60 000 000,00 (sesenta millones y 00/100 Nuevos Soles); Que, el 29 de diciembre de 2008 el Banco Interamericano de Finanzas - BIF completo su solicitud a CONASEV de inscripcion de los valores, asi como el registro del prospecto informativo correspondiente, en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, de la evaluacion de la documentacion presentada se ha verificado que el Banco Interamericano de Finanzas - BIF ha cumplido con presentar la informacion requerida por el Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, el Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y sus normas complementarias; Que, el articulo 2, numeral 2), de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de valores mobiliarios y/o prospectos informativos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la pagina de CONASEV en Internet; y, Estando a lo dispuesto por los articulos 53 y siguientes de Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, asi como a lo establecido por el articulo 36 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la CONASEV, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0382007-EF, por el que se faculta a la Direccion de Emisores a resolver las solicitudes formuladas por los administrados vinculadas a las ofertas publicas primarias y efectuar todo tramite vinculado a dichas ofertas, asi como disponer la inscripcion y registros que correspondan en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Inscribir los valores correspondientes a la emision denominada "Bonos Subordinados del Banco Interamericano de Finanzas - Cuarta Emision" hasta por un monto de S/. 60 000 000,00 (sesenta millones y 00/100 Nuevos Soles), y, disponer el registro del prospecto informativo correspondiente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 2º.- La oferta publica de los bonos a la que se refiere el articulo 1 de la presente resolucion debe efectuarse con sujecion a lo dispuesto por el articulo 25 y, de ser el caso, por el articulo 29 del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se debera cumplir con presentar a CONASEV la documentacion e informacion a que se refieren los articulos 23 y 24 del mencionado reglamento. La colocacion de los valores debera efectuarse en un plazo que no exceda de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. El plazo de colocacion es prorrogable hasta por un periodo igual, a peticion de parte. Para tales efectos, la solicitud de prorroga debera presentarse MORDAZA del vencimiento del referido plazo de colocacion. Articulo 3º.- La inscripcion y el registro a los que se refiere el articulo 1 de la presente resolucion no implica que CONASEV recomiende la inversion en tales valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores.