Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2019 (31/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 98

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NORMAS LEGALES

Jueves 31 de octubre de 2019 /

El Peruano

VISTOS, el Oficio Nº 371-2019-VPI/UNAM, del 21.10.2019, Informe Legal Nº 01283-2019-UNAM-CO/ OAL del 17.10.2019, Informe Nº 800-2019-OPEP/UNAM del 15.10.2019, Informe Nº 927-2019-UP/OPEP/UNAM del 15.10.2019, Informe Nº 795-2019-DGI/VPI/UNAM del 03.10.2019, Informe Nº 00564-2019-EPIM/VIPAC/ UNAM del 27.09.2019, Informe Nº 050-2019-DOA-OCTCPIM-UNAM del 27.09.2019, y el Acuerdo de Sesión Extraordinaria del 23 de octubre de 2019, y; CONSIDERANDO: Que, el párrafo cuarto del artículo 18º de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, reconoce la autonomía universitaria, en el marco normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que guarda concordancia con el Artículo 7º del Estatuto de la Universidad Nacional de Moquegua. Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben canalizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52º de la Ley Nº 30057, siempre que el tiempo de viaje sea superior a 8 horas o cuando la estancia sea menor a 48 horas. Este mismo numeral señala que la autorización para viajes al exterior de la persona señalada en el párrafo precedente, se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. Que, asimismo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; asimismo en el caso de los Organismos constitucionalmente autónomos, la excepción es autorizada por Resolución del Titular de la Entidad. En todos los casos la Resolución o acuerdo de excepción es publicada en el diario Oficial El Peruano. Que, al respecto mediante Oficio Nº 371-2019-VPI/ UNAM, solicita se emita acto resolutivo de autorización de viaje al exterior del MSc. Osmar Cuentas Toledo, Docente Ordinario Asociado de la Escuela Profesional de Ingeniería de Minas, para participar como Ponente al I Congreso Latinoamericano y V Congreso Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas (CMCH ­ 2019), a realizarse del 29 al 31 de octubre en el país de México. Que, con Informe Legal Nº 01283-2019-UNAMCO/OAL, del 17.10.2019, el Asesor Legal de la UNAM, respecto a la autorización de viaje al exterior, peticionado por MSc. Osmar Cuentas Toledo, Docente Ordinario Asociado de la Escuela Profesional de Ingeniería de Minas, para participar como Ponente al I Congreso Latinoamericano y V Congreso Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas (CMCH ­ 2019), a realizarse del 29 al 31 de octubre en el país de México, considera legalmente viable se autorice el viaje en comisión de servicios al referido docente. Cabe señalar, que mediante Informe Nº 800-2019-UP-OPEP/UNAM, Informe Nº 927-2019-UP-OPEP/UNAM, la Unidad de Presupuesto, informa sobre la Disponibilidad Presupuestal en la Meta 0090, por la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, por un monto total de S/ 6,540.63 soles. Que, la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Moquegua, en Sesión Extraordinaria del 23 de octubre de 2019, por UNANIMIDAD acordó: Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicios al MSc. Osmar Cuentas Toledo, Docente Ordinario Asociado de la Escuela Profesional de Ingeniería de Minas, para participar como Ponente al I Congreso Latinoamericano y V Congreso Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas (CMCH ­ 2019), a realizarse del 29 al 31 de octubre en el país de México.

Que, estando a las consideraciones precedentes y en uso de las atribuciones que concede la Ley Universitaria Nº 30220, Resolución de Consejo Directivo Nº 103-2017-SUNEDU-CD y el Estatuto de la Universidad Nacional de Moquegua, aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 278-2019-UNAM de fecha 11 de abril del 2019. SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR, el Viaje al Exterior, en comisión de servicios, al MSc. Osmar Cuentas Toledo, Docente Ordinario Asociado de la Escuela Profesional de Ingeniería de Minas, para participar como Ponente al I Congreso Latinoamericano y V Congreso Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas (CMCH ­ 2019), a realizarse del 29 al 31 de octubre en el país de México. Artículo 2º.- AUTORIZAR, los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo a la Meta 0090, por la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios; y, conforme al siguiente detalle:
Nro. Certificación 4190 Fuente Financiamiento R.O.

Nombres y Apellidos MSc. Osmar Cuentas Toledo

Meta 0090

Importe S/ 6,540.63

Artículo 3º.- REQUERIR dentro de los ocho (08) días calendarios siguientes de efectuado el viaje, el citado comisionado deberá presentar ante el Titular de la Universidad Nacional de Moquegua, un Informe detallado describiendo las acciones realizadas, y los resultados obtenidos. Asimismo, dentro de los plazos establecidos, presentará la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad a las normas vigentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. WASHINGTON ZEBALLOS GÁMEZ Presidente GUILLERMO S. KUONG CORNEJO Secretario General 1822169-1

Aprueban expedición de duplicado de diploma de grado académico de bachiller expedido por la Universidad Nacional de Ingeniería
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1287 Lima, 19 de setiembre de 2019 Visto el Expediente STDUNI Nº 2019-103283 presentado por el señor David Moseley CRUZ DIAZ, quien solicita duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Mecánica; CONSIDERANDO: Que, el señor David Moseley CRUZ DIAZ, identificado con DNI Nº 71638436 egresado de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Mecánica; por pérdida, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008, modificado por Resolución Rectoral Nº 1685 del 08 de noviembre de 2013;