Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2019 (31/10/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 65
El Peruano / Jueves 31 de octubre de 2019
NORMAS LEGALES
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Pasivos, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del beneficiario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. El acreedor pueda cobrar su acreencia con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral del área del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución.
Artículo 5.- Notificación a los Sujetos Pasivos Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones
ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN CORRESPONDIENTE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR EL DERECHO DE VÍA DE LA CARRETERA: "TRAMO VIAL ÓVALO CHANCAY / DESVÍO VARIANTE PASAMAYO HUARAL ACOS" N° SUJETO ACTIVO/ BENEFICIARIO CÓDIGO: OCHA-T2-CUYO-253 ÁREA AFECTADA: 81.39 m2 AFECTACIÓN: Parcial del inmueble SUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE VALOR DE LA TASACIÓN (S/.)
LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: VILLEGAS MACARLUPU VDA. DE NAZARIO, PROVIAS AURORA NACIONALNAZARIO Ministerio de VILLEGAS, HUGO Transportes y LUIS Comunicaciones NAZARIO VILLEGAS, OLINDA LUZMILA NORTE: Colinda con el Área Remanente Predio Rústico: Parcela 28 UC 07681, con una línea recta de 01 tramo: tramo 1-2 de 37.34 m. SUR: Colinda con el Tramo Vial Ovalo Chancay / Desvío Variante Pasamayo Huaral-Acos, con una línea recta de 01 tramo: tramo D-E de 36.89 m ESTE: Colinda con parte de la UC 07689, con una línea recta de 01 tramo: tramo 2-D de 3.03 m OESTE: Colinda con parte de la U.C 07678, con una línea recta de 01 tramo: tramo E-1 de 1.78 m.
COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE Vértices 1 2 D E Lado 1-2 2-D D-E E-1 Distancia (m) 37.34 3.03 36.89 1.78 WGS-84 Este (X) 273537.2662 273558.2787 273559.8574 273538.1472 Norte (Y) 8737408.6972 8737439.5611 8737436.9812 8737407.1511 1,991.88
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PARTIDA ELECTRÓNICA: P01033658 de la Oficina Registral de Huaral, Zona Registral IX - Sede Lima. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 05.01.2018 (Informe Técnico N° 28364-2017-SUNARPZ.R.NIX-OC del 27.12.17) de la Zona Registral IX - Sede Lima-Oficina Registral de Huaral. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido con fecha 15.02.2018, por la Zona Registral IX - Sede Lima de Huaral.
1822360-1
Aprueban la ejecución de expropiación de área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: "Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Chongoyape Cochabamba Cajamarca, Tramo: Llama Cochabamba" y el valor tasación
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1000-2019-MTC/01.02 Lima, 30 de octubre de 2019 Vista: La Nota de Elevación Nº 135-2019-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, y; CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30025, Ley que Facilita la Adquisición,
Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, entre otros, declara de necesidad pública la ejecución de la Carretera Chongoyape - Cochabamba; y autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tal fin; Que, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado con Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA (en adelante, el TUO de la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 4.2 del artículo 4 del TUO de la Ley, define al Beneficiario como el titular del derecho de