Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2019 (31/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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NORMAS LEGALES

Jueves 31 de octubre de 2019 /

El Peruano

Que, mediante Informe Nº 0250-2019- OPP/UNDC, la Unidad de Presupuesto, aprueba la disponibilidad presupuestal por la suma de S/ 5´024,220.71; Estando las consideraciones expuestas en cada considerando de la presente resolución; y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución, Ley Universitaria Nº 30220, Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU, Resolución Viceministerial Nº 140-2018-MINEDU, Estatuto de la UNDC; El Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la subvención económica a favor de la Universidad de Cambridge, por la suma de S/ 5´024,220.71 Soles, en cumplimiento del acuerdo de colaboración académica. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración, la ejecución de la presente Resolución. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Comunicaciones de la Universidad Nacional de Cañete, la publicación de la presente resolución en el diario oficial "El Peruano", en cumplimiento de lo establecido en el Octogésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Regístrese, comuníquese y archívese. CARLOS EDUARDO VILLANUEVA AGUILAR Presidente de la Comisión Organizadora Universidad Nacional de Cañete ABAD OSNAYO VILLALTA Secretario General Universidad Nacional de Cañete

por el que solicita la autorización de viaje, pago de pasajes y viáticos, para participar en Ia 44º Reunión de Coordinadores Institucionales del Programa de Movilidad Estudiantil, Docente y Administrativa del Consejo por la Integración Centro Oeste de Sudamérica, el 06 y 07 de noviembre del 2019. CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa está constituida conforme a la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, y se rige por sus respectivos estatutos y reglamentos, siendo una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, ética, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Que, según el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, concordante con el artículo 8º del Estatuto de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, el Estado reconoce la autonomía universitaria que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable y se manifiesta en los regímenes Normativo, de Gobierno, Académico, Administrativo y Económico. Que, mediante el documento del visto, el Jefe de la Oficina Universitaria de Cooperación, Convenios, Relaciones Internacionales, Becas y Pasantías, y coordinador del programa CRISCOS, solicita la autorización de viaje, pago de pasajes y viáticos, para participar en Ia 44º Reunión de Coordinadores Institucionales del Programa de Movilidad Estudiantil, Docente y Administrativa del Consejo por la Integración Centro Oeste de Sudamérica, a efectuarse el 06 y 07 de noviembre del 2019 en la Universidad Nacional de Chimborazo, Ciudad de Riobamba-Ecuador, adjuntando para tal efecto, copia del documento que acredita la invitación suscrito por la Dra. Davinia Sanchez Macias Coordinadora de Relaciones Nacionales e Internacionales de la Universidad Nacional de Chimborazo. Que, la finalidad de la participación del coordinador del programa CRISCOS a la citada reunión de Coordinadores Institucionales del Programa de Movilidad Estudiantil, Docente, y Administrativa se encuentra enmarcada dentro de los principios, funciones y fines establecidos en los artículos 5º, 6º y 7º de la Ley Universitaria Nº 30220. Que, por ello, el Consejo Universitario en su sesión del 03 de octubre del 2019, acordó autorizar el viaje del Dr. José Luis Vargas Gutiérrez, Jefe de la Oficina Universitaria de Cooperación, Convenios, Relaciones Internacionales, Becas y Pasantías, para que participe de la 44º Reunión de Coordinadores Institucionales del Programa de Movilidad Estudiantil, Docente y Administrativa del Consejo por la Integración Centro Oeste de Sudamérica a efectuarse el 06 y 07 de noviembre del 2019, en la sede central de la Universidad Nacional de Chimborazo, ciudad de RiobambaEcuador; autorizando la compra de pasajes aéreos, terrestres, seguro de viaje y viáticos internacionales. Que, por lo tanto, la Subdirección de Logística a través del "Formato de Tramite de Pasajes Aéreos y Viáticos Internacionales" ha determinado el itinerario, monto de pasajes, seguro viajero y viáticos para la participación del Dr. José Luis Vargas Gutiérrez, Jefe de la Oficina Universitaria de Cooperación Convenios, Relaciones Internacionales, Becas y Pasantías, en el citado evento; asimismo, la Oficina Universitaria de Planeamiento mediante su Oficio Nº 1393-2019-OUPL-UNSA, informa que de acuerdo a la revisión presupuestal se cuenta con el crédito presupuestal para atender los pasajes aéreos, seguro de viaje y viáticos internacionales en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, presupuesto del Año Fiscal 2019. Por estas consideraciones y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220, al Consejo Universitario. SE RESUELVE: Primero.- Autorizar el viaje del Dr. José Luis Vargas Gutiérrez, Jefe de la Oficina Universitaria de Cooperación, Convenios, Relaciones Internacionales, Becas y Pasantías, para que participe de la 44º Reunión de Coordinadores

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"OCTOGÉSIMA SEGUNDA. Autorizase, excepcionalmente y por única vez, durante el Año Fiscal 2019, a la Universidad Nacional de Barranca y a la Universidad Nacional de Cañete, para otorgar subvenciones a favor de la Universidad de Cambridge-Reino Unido para la ejecución del acuerdo de colaboración académica y/o de investigación con la Universidad de Cambridge-Reino Unido. Dichas subvenciones se aprueban mediante resolución del titular del pliego, previa suscripción del acuerdo de colaboración académica y/o de investigación al que se refiere el párrafo precedente y con el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego se publica en el diario oficial El Peruano. Lo establecido en la presente disposición se financia con cargo a los recursos del presupuesto institucional de las universidades bajo los alcances de la presente disposición, por la fuente de financiamiento Recursos Determinados, sin demandar recursos adicionales al tesoro público. Los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia conforme a la presente disposición".

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Autorizan viaje de representante de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa a Ecuador, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 0896-2019 Arequipa, 24 de octubre del 2019 Visto el Oficio Nº 228-2019-OUCCRIBP-UNSA presentado por el Jefe de la Oficina Universitaria de Cooperación, Convenios, Relaciones Internacionales, Becas y Pasantías, y coordinador del programa CRISCOS,