Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2019 (31/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 113

El Peruano / Jueves 31 de octubre de 2019

NORMAS LEGALES

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el Gobierno Regional. Y con China será: Posicionar a la región Huancavelica como una región activa al desarrollo y promoción de sus productos orgánicos, promoción de las inversiones y el posicionamiento de los sectores productivos ante los inversionistas asiáticos; prospectar maquinaria de tecnología china de alta calidad y bajo costo para contribuir con el desarrollo industrial de la región; establecer contactos con potenciales inversionistas del estado chino que deseen invertir en la región Huancavelica para los sectores estratégicos acuicultura, agricultura y otros productos; desarrollar una relación activa con la Embajada de Perú en Beijing y la oficina comercial de Beijing en Shanghai, dado que China constituye uno de los principales mercados de exportación de los productos agrícolas del Perú; Que, estando a lo expuesto y siendo de interés institucional para el Gobierno Regional de Huancavelica la participación a estos eventos, se considera pertinente autorizar el viaje en comisión de servicios del trabajador CAS Bach. Jimmy Alexander Torres Sias ­ Consejero Económico Comercial, a la ciudad de Padova ­ Italia y a las ciudades de Beijing y Shanghai de la República Popular China, por el periodo comprendido del 26 de octubre del 2019 al 08 de noviembre del 2019, para participar en la quinta edición del Foro Italo ­ Latinoamericano sobre Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES) y feria China Internacional Import Expo - CIIE, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional; Estando a lo dispuesto; y, Con visación de la Gerencia General Regional, Oficina Regional de Asesoría Jurídica y la Secretaría General; En uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje en Comisión de Servicio del trabajador CAS Bach. Jimmy Alexander Torres Sias ­ Consejero Económico Comercial, a los países de Italia y República Popular China con la finalidad de participar en la quinta edición del Foro Italo ­ Latinoamericano sobre Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES) y la feria China Internacional Import Expo - CIIE, por el periodo comprendido del 26 de octubre del 2019 al 08 de noviembre del 2019. Artículo 2º.- PRECISAR que los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán afectados al presupuesto del Pliego del Gobierno Regional de Huancavelica, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes Aéreos Específica de gasto 2.3.2. 1.1.1 S/ 19,000.00 Viáticos Italia Viáticos China Específica de Específica de gasto 2.3.2. 1.1.2 gasto 2.3.2. 1.1.2 S/ 9,180.00 S/ 15,300.00 Total Viáticos S/ 43,480.00

GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES
Aprueban Directiva denominada Desconcentración de Facultades y Atribuciones de las Dependencias del Gobierno Regional Tumbes
(Se publica la presente resolución a solicitud del Gobierno Regional de Tumbes, mediante Oficio Nº 4452019/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GR, recibido el 29 de octubre de 2019) RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 00000107-2017/GOB.REG.TUMBES-GR Tumbes, 26 de abril de 2017 VISTO: El Informe Nº 026-2017-GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-GRPPAT-SGDI-SG, con fecha 17 de Abril de 2017, sobre aprobación de Directiva 006- 2017GOB. REG.TUMBES-GGR-GRPPAT-SGDI-SG, denominada "Desconcentración de facultades y atribuciones de las dependencias del Gobierno regional de Tumbes"; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, y Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, los Gobiernos Regionales, tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera un pliego presupuestal; Que, la desconcentración de facultades es una técnica administrativa que consiste en el traspaso de la titularidad o en el ejercicio de una competencia que las normas le atribuyen como propia a un órgano administrativo en otro órgano de la misma administración pública jerárquicamente dependiente, conforme a lo dispuesto por la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444; Que, es política de la Alta Dirección hacer más ágil, dinámica y eficiente la Gestión, orientar su atención a la solución de problemas de trascendencia Regional, que coadyuven a mantener en alto la imagen del Gobierno Regional de Tumbes; Que, uno de los medios para alcanzar dichos objetivos es impulsar el proceso de desconcentración del ámbito de la Presidencia Ejecutiva del Gobierno Regional de Tumbes, delegando algunas de sus funciones hacia niveles jerárquicos menores, a fin de dinamitar la administración regional, otorgando a los diversos funcionarios de las Gerencias Regionales y Oficinas Regionales responsabilidades acorde con la investidura del cargo que desempeñan; Que, mediante Informe Nº 026-2017-GOBIERNO. REGIONAL TUMBES-GGR-GRPPAT-SGDI-SG, con fecha 17 de Abril de 2017, se nos remite para el informe legal correspondiente el proyecto de Directiva 006-2017GOB. REG.TUMBES-GGR-GRPPAT-SGDI-SG, denominada Desconcentración de Facultades y Atribuciones de las Dependencias del Gobierno Regional Tumbes, la misma que tiende a la desconcentración de facultades y atribuciones del nivel superior al inferior con la finalidad de Dinamizar la Gestión y Lograr una Gestión Rápida. Eficaz y Oportuna. Que, la Desconcentración de facultades a que se refiere la presente directiva es procedente de conformidad con lo establecido en el artículo 74, numeral 74.2) de la Ley Nº 27444. Ley de Procedimiento Administrativo General y su modificatoria dispuesta por Decreto Legislativo Nº 1272, el cual establece que los órganos de dirección delas entidades se encuentran liberados de cualquier rutina de ejecución de emitir comunicaciones ordinarias y de las tareas de formalización de los actos administrativos, con el objeto que puedan concentrarse en Actividades de Planeamiento, Supervisión, Coordinación,, Control Interno de su Nivel y en la Evaluación de resultados; asimismo, el numeral 74.3) de la referida norma fija que a los órganos jerárquicamente dependientes se les

Artículo 3º.- DISPONER que dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el trabajador CAS Jimmy Alexander Torres Sias deberá presentar ante el Despacho de la Gobernación Regional el informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, bajo responsabilidad administrativa. Dentro del mismo plazo presentará la rendición de cuentas por los viáticos otorgados, conforme al procedimiento establecido en la Directiva Nº 002-2019/GOB.REG.HVCA/GRPPyAT-SGDIyTI: "Normas y Procedimientos que Regulan el Otorgamiento y Rendición de Viáticos para Viajes en Comisión de Servicio y Capacitación para los Funcionarios, Directivos y Servidores del Pliego 447 Gobierno Regional de Huancavelica". Artículo 4º.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 5º.- COMUNICAR la presente Resolución a los órganos competentes del Gobierno Regional de Huancavelica, a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos e Interesado, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese. MACISTE ALEJANDRO DÍAZ ABAD Gobernador Regional 1822364-1