Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2019 (31/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano / Jueves 31 de octubre de 2019
Nº JEE JULIACA

NORMAS LEGALES
DISTRITO SEDE PROVINCIA SAN ROMAN MOYOBAMBA TACNA TUMBES CORONEL PORTILLO DEPARTAMENTO PUNO SAN MARTIN TACNA TUMBES UCAYALI

101

56 SAN ROMAN 57 MOYOBAMBA 58 TACNA 59 TUMBES 60 CORONEL PORTILLO

MOYOBAMBA TACNA TUMBES CALLERIA

La referida resolución dispuso que los 26 JEE con competencia para recibir y calificar las solicitudes de inscripción de listas de candidatos al Congreso, se instalen el 7 de noviembre de 2019. Siendo estos los JEE de Chachapoyas, Huaraz, Abancay, Arequipa 1, Huamanga, Cajamarca, Callao, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Huancayo, Trujillo, Chiclayo, Huaura, Lima Centro 1, Maynas, Tambopata, Mariscal Nieto, Pasco, Piura 1, Puno, Moyobamba, Tacna, Tumbes y Coronel Portillo. Asimismo, se señaló al 16 de diciembre de 2019 como fecha de instalación de los otros 34 JEE, que se incorporarán al proceso electoral en la segunda etapa de este, con miras a la proclamación de resultados. Siendo estos los JEE de Bagua, Santa, Huari, Andahuaylas, Arequipa 2, Castilla, Cangallo, Lucanas, Chota, Jaén, Canchis, Huamalíes, Leoncio Prado, Chanchamayo, Pacasmayo, Sánchez Carrión, Lambayeque, Cañete, Huarochirí, Lima Centro 2, Lima Norte 1, Lima Norte 2, Lima Norte 3, Lima Oeste 1, Lima Oeste 2, Lima Oeste 3, Lima Sur 1, Lima Sur 2, Lima Este 1, Lima Este 2, Alto Amazonas, Piura 2, Sullana y San Román. CONSIDERANDOS Conformación de los Jurados Electorales Especiales 1. Los JEE son órganos temporales creados específicamente para cada proceso electoral, encargados de impartir justicia en materia electoral, en primera instancia, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y en los artículos 32 y 36 de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones (en adelante, LOJNE). 2. En cumplimiento de lo ordenado por la LOJNE, en su artículo 33, literal a, modificado por las Leyes Nº 29688 y Nº 30194, este organismo electoral cursó oficios a las Cortes Superiores de Justicia solicitándoles que designen, mediante elección en Sala Plena, a los jueces superiores titulares en ejercicio que presidirán los JEE en el proceso de Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, tanto a los titulares como a sus respectivos suplentes. Así, las Cortes Superiores de Justicia han comunicado los nombres de los designados en sus respectivos distritos judiciales, en condición de titulares y suplentes. 3. Asimismo, se solicitó a las Juntas de Fiscales Superiores de los distritos fiscales la designación de los fiscales superiores que asumirán el cargo de miembros, titulares y suplentes, de los JEE con sede en sus respectivos distritos fiscales, mediante elección entre sus fiscales superiores en actividad y jubilados, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33, literal b, de la LOJNE, modificado por la Ley Nº 29688. En respuesta, las Juntas de Fiscales Superiores han comunicado los nombres de los fiscales designados en sus respectivos distritos fiscales, en calidad de segundo miembro, titular y suplente. 4. Con relación al tercer miembro de los JEE, en aplicación del artículo 33, literal c, de la LOJNE, se solicitó al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) que realice la selección aleatoria y posterior publicación de las respectivas listas de 25 ciudadanos con domicilio en el distrito sede de cada uno de los 60 JEE. En atención a ello, el 15 de octubre de 2019, el Reniec realizó la selección aleatoria de los ciudadanos posibles
Nº JEE DISTRITO SEDE

tercer miembro de los JEE y, con fecha 21 de octubre de 2019, las listas fueron publicadas en el diario oficial El Peruano, para la provincia de Lima, y en los diarios de avisos judiciales para las demás provincias, con la finalidad de dar inicio al periodo de tachas. Vencido dicho periodo, las comisiones de fiscales constituidas en los diferentes distritos fiscales, para la resolución de tachas, informaron que no se han presentado tachas contra los ciudadanos seleccionados. 5. De manera complementaria, se verificó si los ciudadanos seleccionados estaban incursos en algún impedimento legal, advirtiéndose que 9 de ellos se encuentran afiliados a organizaciones políticas, por lo que, mediante acuerdo del Pleno, de fecha 30 de octubre de 2019, se procedió a su exclusión con arreglo a lo previsto en el artículo 12, literal c, de la LOJNE; disponiéndose, asimismo, la exclusión del procedimiento de designación de tercer miembro a los ciudadanos que comunicaron no poder asumir el cargo por los siguientes motivos: i) tener una condición de salud o médica propia o de un familiar directo, ii) razones laborales impostergables, iii) se encuentran fuera de su localidad; así como también se excluyó a los ciudadanos que no fueron ubicados en los domicilios declarados ante el Reniec. 6. Así las cosas, mediante sorteo, en audiencia pública, de fecha 30 de octubre de 2019, se estableció el orden de prelación de los 25 ciudadanos domiciliados en cada uno de los 60 distritos sede de los JEE, que fueron seleccionados aleatoriamente por el Reniec para la designación del miembro ciudadano, conforme lo dispone el literal c del artículo 33 de la LOJNE. 7. Tal como ha quedado establecido en la Resolución Nº 0154-2019-JNE, de fecha 7 de octubre de 2019, los 26 JEE con sede en las capitales de departamento, la ciudad de Huaura y la Provincia Constitucional del Callao se instalarán el 7 de noviembre de 2019, debido a que tienen competencia para recibir y calificar las solicitudes de inscripción de listas de candidatos al Congreso de la República que las organizaciones políticas presenten, hasta el 18 de noviembre de 2019, en los respectivos distritos o circunscripciones electorales, así como resolver las tachas y conocer los trámites de exclusiones que correspondan a las candidaturas que deban inscribir en función del territorio. 8. En vista de lo expuesto, corresponde a este Supremo Tribunal Electoral declarar la conformación de los 26 JEE que tienen las competencias antes señaladas, que son: Chachapoyas, Huaraz, Abancay, Arequipa 1, Huamanga, Cajamarca, Callao, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Huancayo, Trujillo, Chiclayo, Huaura, Lima Centro 1, Maynas, Tambopata, Mariscal Nieto, Pasco, Piura 1, Puno, Moyobamba, Tacna, Tumbes y Coronel Portillo, próximos a instalarse el 7 de noviembre de 2019. Los otros 34 JEE, que se instalarán el 16 de diciembre de 2019, serán conformados en una posterior resolución. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DECLARAR la conformación de los siguientes Jurados Electorales Especiales correspondientes a las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, los cuales se instalarán e iniciarán sus actividades el 7 de noviembre de 2019:
SUPLENTES PRESIDENTE RODOMIRO ARTURO VILCARROMERO SILVA SEGUNDO MIEMBRO: KELLY DEL ROSARIO JAÚREGUI BUSTAMANTE TERCER MIEMBRO: ELIZABETH DORILA ESCOBEDO DIAZ

TITULARES PRESIDENTE NORBERTO CABRERA BARRANTES

1

CHACHAPOYAS

CHACHAPOYAS

SEGUNDO MIEMBRO: JULIA ZULI DURAN COTILLO TERCER MIEMBRO: GLORIOSA GRANDEZ HUAMAN