Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2019 (31/10/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 19
El Peruano / Jueves 31 de octubre de 2019
NORMAS LEGALES
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e) Dirigir, aprobar, supervisar y evaluar las actividades necesarias para el fortalecimiento de la imagen institucional, tanto a nivel nacional como internacional, teniendo en cuenta los planes y lineamientos aprobados por el Consejo Directivo. f) Aprobar las directivas, manuales, políticas internas y procedimientos necesarios para la consecución de los fines institucionales. g) Aprobar el Programa de Cooperación Técnica No Reembolsable y sus modificaciones, y coadyuvar en la gestión de los recursos y su ejecución. h) Designar y remover al Gerente General y a los funcionarios de confianza, de acuerdo a la normatividad vigente. i) Proponer al Consejo Directivo el proyecto de escala remunerativa de los trabajadores de PROMPERÚ; dentro del marco de los dispositivos legales vigentes. j) Supervisar y coordinar con la Gerencia General y los órganos de línea, el cumplimiento de los acuerdos adoptados por el Consejo Directivo y la ejecución de las actividades establecidas en los planes aprobados. k) Proponer al Consejo Directivo la instalación y funcionamiento de oficinas desconcentradas a nivel nacional, así como su desactivación, previa coordinación con los órganos de línea en el ámbito de sus funciones. l) Aprobar el proyecto de Texto Único de Procedimientos Administrativos, y la Carta de Servicios, así como sus modificaciones. m) Presentar al Consejo Directivo la propuesta de Reglamento de Organización y Funciones, Cuadro para Asignación de Personal Provisional o Cuadro de Puestos de la Entidad, y sus modificaciones, para su aprobación. n) Proponer al Comité Especial creado por la Ley Nº 27889 - Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, las actividades de promoción del turismo a nivel nacional e internacional que formarán parte del Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional. ñ) Proponer al MINCETUR en concordancia con las políticas de comercio exterior la creación de nuevas Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior, así como la desactivación de las existentes, con la propuesta técnica de la Dirección de las OCEX. o) Coordinar con el Ministerio de Relaciones Exteriores las acciones diplomáticas y de representación que sean necesarias para el funcionamiento de las OCEX en el exterior, de conformidad con la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y demás normas internacionales aplicables. p) Aprobar las normas y procedimientos que regulen los procesos de concursos públicos de méritos para la selección de los Consejeros y Agregados Económicos Comerciales de las OCEX. q) Suscribir convenios, contratos y otros acuerdos con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, de acuerdo a la normatividad vigente. r) Emitir resoluciones en el marco de su competencia. s) Delegar sus funciones en los órganos y unidades orgánicas de la entidad, salvo aquellas que por su naturaleza sean indelegables. t) Otras funciones que le sean asignadas por el Consejo Directivo o que se deriven del marco normativo institucional, sectorial o nacional. Artículo 13.- Gerencia General La Gerencia General depende de la Presidencia Ejecutiva. Es el máximo órgano administrativo de PROMPERÚ, responsable de la gestión administrativa en la entidad, conforme a los dispositivos legales que los regulan. La Gerencia General actúa como nexo de coordinación entre la Presidencia Ejecutiva y los órganos de asesoramiento y apoyo a su cargo. Artículo 14.- Funciones Sus funciones son las siguientes: a) Asesorar y apoyar a la Alta Dirección en asuntos relacionados a la aplicación de la normatividad de los sistemas administrativos en la entidad. b) Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar el funcionamiento y ejecución de las actividades de los
órganos y unidades orgánicas de apoyo y asesoramiento a su cargo. c) Proponer a la Presidencia Ejecutiva el Plan Estratégico, Plan Operativo y Presupuesto Institucionales, y sus modificaciones; así como la Memoria Institucional anual. d) Proponer a la Presidencia Ejecutiva los proyectos de dispositivos necesarios para la gestión administrativa de la entidad. e) Realizar el seguimiento al cumplimiento de los acuerdos del Consejo Directivo y los lineamientos establecidos por la Presidencia Ejecutiva, en el ámbito de su competencia. f) Diseñar, proponer, ejecutar y monitorear las actividades necesarias para el fortalecimiento de la imagen institucional. g) Emitir resoluciones en el marco de su competencia. h) Delegar sus funciones, salvo aquellas que por su naturaleza sean indelegables. i) Proponer a la Presidencia Ejecutiva los proyectos de Reglamento de Organización y Funciones, Cuadro para Asignación de Personal Provisional o Cuadro de Puestos de la Entidad, Escala Remunerativa, Texto Único de Procedimientos Administrativos, Carta de Servicios, Manual de Clasificación de Cargos y demás instrumentos de gestión, y sus modificaciones. j) Aprobar el Manual de Perfiles de Puestos, así como sus modificaciones. k) Proponer a la Presidencia Ejecutiva el Programa de Cooperación Técnica No Reembolsable y sus modificaciones, para su aprobación. l) Supervisar la actualización del Portal de Transparencia y el Acceso a la Información Pública de la entidad. m) Supervisar y velar por el cumplimiento de la Ley Nº 27815 - Ley del Código de Ética de la Función Pública, su Reglamento y normas complementarias y modificatorias. n) Otras funciones que le sean asignadas por la Presidencia Ejecutiva o que se deriven del marco normativo institucional, sectorial o nacional. Artículo 15.- Órgano de Control Institucional El Órgano de Control Institucional es el órgano conformante del Sistema Nacional de Control, cuya finalidad es llevar a cabo el control gubernamental en la entidad, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, 7 y 8 de la Ley 27785 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, promoviendo la correcta y transparente gestión de los recursos y bienes de la entidad, cautelando, la legalidad y eficiencia de sus actos y operaciones, así como, el logro de sus resultados, mediante la ejecución de los servicios de control (simultáneo y posterior) y servicios relacionados, con sujeción a los principios enunciados en el artículo 9 de la Ley. Artículo 16.- Funciones del Órgano de Control Institucional Son funciones del Órgano de Control Institucional las siguientes: a) Formular en coordinación con las unidades orgánicas competentes de la Contraloría General de la República, el Plan Anual de Control, de acuerdo a las disposiciones que sobre la materia emita la Contraloría General de la República. b) Formular y proponer a la entidad, el presupuesto anual del Órgano de Control Institucional para su aprobación correspondiente. c) Ejercer el control interno simultáneo y posterior, conforme a las disposiciones establecidas en las Normas Generales de Control Gubernamental y demás normas emitidas por la Contraloría General de la República. d) Ejecutar los servicios de control y servicios relacionados con sujeción a las Normas Generales de Control Gubernamental y demás disposiciones emitidas por la Contraloría General de la República. e) Cautelar el debido cumplimiento de las normas de control y el nivel apropiado de los procesos y productos a cargo del Órgano de Control Institucional en todas las etapas y de acuerdo a los estándares establecidos por la Contraloría General de la República.