Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2019 (31/10/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 139

El Peruano / Jueves 31 de octubre de 2019

NORMAS LEGALES

139

Segunda.- DE LA ENTRADA EN VIGENCIA La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, hasta el 30 de noviembre de 2019, transcurrido dicho plazo se procederá a ejecutar la cobranza del íntegro de las deudas tributarias y no tributarias. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde 1822567-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
Autorizan viaje de alcalde y regidor a Filipinas, en comisión de servicios
ACUERDO MUNICIPAL Nº 082-2019-MPC Cusco, veintitrés de octubre de 2019 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO. VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 23 de octubre de 2019, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificatorias y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la autonomía política consiste en la capacidad de dictar normas de carácter obligatorio en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción, la autonomía económica consiste en la capacidad de decidir sobre su presupuesto y los destinos de los gastos y las inversiones con la participación activa de la sociedad civil, la autonomía administrativa es la capacidad de organizarse de la manera que más convenga a sus planes de desarrollo local; Que, el Decreto Supremo Nº 007­2013­EF, regula el otorgamiento de viáticos para viajes en comisión de servicios en el territorio nacional de servidores y funcionarios públicos, entre ellos autoridades como alcaldes y regidores; Que, mediante Directiva Nº 002­2011­OGA/MPC, aprobada por Resolución de Alcaldía 375 ­ 2011 ­ MPC, se estableció las normas para el otorgamiento de viáticos para viajes en comisión de servicios de los funcionarios y trabajadores de la Municipalidad del Cusco y la rendición de los gastos irrogados al erario público; Que, el señor Kwon Yeong ­ Sae, Presidente de la International Mask and Culture Organization (IMACO, siglas en inglés de la Organización Internacional de Máscaras y Cultura), y Alcalde de la Ciudad de Andong, Corea, mediante comunicación de fecha 2 de octubre de 2019, extiende la invitación al señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco y un (una) acompañante a participar en la VII Conferencia Internacional de la IMACO, que tiene por objeto discutir e intercambiar la información de máscaras y culturas, que se realizará del 5 al 8 de noviembre de 2019, en la ciudad de Bacolod, Filipinas;

Que, en la comunicación del Presidente de la International Mask and Culture Organization (IMACO) y Alcalde de la Ciudad de Andong, Corea, se precisa que, los costos del viaje internacional Lima ­ Manila ­ Bacolod y viceversa, estadía (alojamiento, comidas y transporte) del señor Alcalde, Víctor Germán Boluarte Medina y un (una) integrante del Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, serán cubiertos por la IMACO; Que, en la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 23 de octubre de 2019, se dio cuenta de dicha invitación al señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco y un (una) acompañante a participar en la VII Conferencia Internacional de IMACO, que se realizará entre el 5 al 8 de noviembre de 2019, en la ciudad de Bacolod, Filipinas; Que, en la sesión de Concejo Municipal arriba señalada se debatió y posteriormente se aprobó la participación de la Municipalidad Provincial del Cusco y se autorizó la participación del señor Víctor Germán Boluarte Medina y el señor Miguel Ángel Cabrera Quiñonez, Alcalde y Regidor, de la Municipalidad Provincial del Cusco, para su viaje a Bacolod ­ Filipinas; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Concejo Municipal ejerce sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas Municipales y Acuerdos Municipales; igualmente, el artículo 41º de dicha Ley precisa que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal sobre asuntos específicos que expresan la voluntad de dicho órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Por tanto, estando a lo establecido por el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, por Unanimidad; ACORDÓ: Artículo Primero.- APROBAR, la participación de la Municipalidad Provincial del Cusco en la VII Conferencia Internacional de IMACO, que se realizará del 5 al 8 de noviembre de 2019, en la ciudad de Bacolod, Filipinas. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, el viaje de los señores Víctor Germán Boluarte Medina y Miguel Ángel Cabrera Quiñonez, Alcalde y Regidor de la Municipalidad Provincial del Cusco, respectivamente, para su viaje a la ciudad de Bacolod ­ Filipinas, para participar en el evento detallado en el artículo primero, representando a la Municipalidad Provincial del Cusco; otorgándoles además, licencia del 3 al 10 de noviembre de 2019. Artículo Tercero.- PRECISAR, que los boletos aéreos nacionales e internacionales, y los costos de viaje ­alojamiento y transporte­, del señor Víctor Germán Boluarte Medina y el señor Miguel Ángel Cabrera Quiñonez, Alcalde y Regidor de la Municipalidad Provincial del Cusco, respectivamente, serán cubiertos por la entidad organizadora IMACO, siendo que los gastos de viáticos de tránsito internacional por dos (2) días, para ambos, correrán por cuenta de la Municipalidad Provincial del Cusco. Artículo Cuarto.- DISPONER, a Gerencia Municipal, Oficina General de Administración y demás instancias administrativas tomen las medidas que correspondan, para el cumplimiento del presente Acuerdo Municipal. Artículo Quinto.- PRECISAR, de conformidad a lo establecido por el Acuerdo Municipal Nº 058 ­ 04 ­ MC, de fecha 14 de junio de 2004, que el señor Alcalde, Víctor Germán Boluarte Medina y el Regidor, Miguel Ángel Cabrera Quiñonez de la Municipalidad Provincial del Cusco, deberán emitir un informe en la sesión ordinaria inmediata posterior a la realización del viaje, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VÍCTOR G. BOLUARTE MEDINA Alcalde 1822190-1