Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2019 (31/10/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano / Jueves 31 de octubre de 2019

NORMAS LEGALES

95

la evaluación del MMD­EFS, reforzando la correcta aplicación de criterios de evaluación con ejercicios prácticos en trabajo de grupo, así como realizar la preparación de los Términos de Referencia para dar inicio con la fase de la evaluación holística de las Entidades Fiscalizadoras Superiores participantes; Que, a través de la Hoja Informativa Nº 000090-2019CG/CREI, la Subgerencia de Cooperación y Relaciones Internacionales da cuenta sobre la importancia de la participación de la Contraloría General de la República en dicho evento, señalando que "...permitirá capacitarse en la metodología de evaluación del MMD EFS, reforzar los criterios de aplicación de la referida metodología, así como formular los términos de referencia, a fin de iniciar la fase de evaluación holística en la CGR del Perú, contribuyendo además a enriquecer las relaciones con las EFS participantes y al fortalecimiento del posicionamiento técnico de la CGR a nivel internacional"; Que, en consecuencia, de acuerdo a lo expresado en la precitada Hoja Informativa, los alcances del evento están relacionados con la función de la Gerencia de Control de Servicios Públicos Básicos, de la Gerencia de Control de Megaproyectos y de la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones de la Gerencia de Modernización y Planeamiento, por lo que se ha comunicado la participación de la señora Milagros Carmen Roxana Ruiz Vega y de los señores José Eduardo Gutiérrez Herrera y Herless Dennise Porras Rodríguez, profesionales del órgano y unidades orgánicas antes mencionadas, la cual ha sido confirmada mediante el Oficio Nº 000837-2019-CG/SGE; Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y sus modificatorias, así como demás normativa aplicable, los gastos que irrogue la mencionada comisión de servicios en lo referido a pasajes aéreos, alojamiento y en forma parcial alimentación, serán financiados por los organizadores del evento, conforme se encuentra precisado en la Hoja Informativa Nº 0000902019-CG/CREI, emitida por la Subgerencia de Cooperación y Relaciones Internacionales, en tanto que los gastos de instalación y una parte de los viáticos con los recursos del Pliego 019: Contraloría General, de acuerdo con lo señalado por la Gerencia de Administración mediante el Memorando N° 001350-2019-CG/GAD, de fecha 25 de octubre de 2019; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y sus modificatorias, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República, se encuentra sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución, indicando expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos, entre otros; Que, estando a lo informado por la Gerencia Jurídico Normativa mediante Hoja Informativa Nº 000491-2019CG/GJN, y de acuerdo a la Hoja Informativa N° 0004962019-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, resulta viable jurídicamente la emisión de la Resolución de Contraloría que autoriza el viaje en comisión de servicios que ha sido propuesta, conforme a lo sustentado en la Hoja Informativa Nº 000090-2019-CG/CREI, de la Subgerencia de Cooperación y Relaciones Internacionales; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 32 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias; Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; así como la precitada Ley N° 27619, su Reglamento, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de la señora Milagros Carmen Roxana Ruiz Vega, profesional de la Gerencia de Control de Servicios Públicos Básicos, del señor Herless Dennise Porras Rodríguez, Supervisor General de la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones de la Gerencia de Modernización y Planeamiento, y del señor José Eduardo Gutiérrez Herrera, profesional de la Gerencia de Control de Megaproyectos, del 02 al 08 de

noviembre de 2019, a la ciudad de Asunción, Paraguay, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que se deriven de la presente comisión de servicios serán financiados parcialmente con recursos del Pliego 019: Contraloría General, según el detalle siguiente: viáticos US$ 740.00 (4 días) y gastos de instalación US$ 370.00 (1 día), por cada uno de los participantes. Artículo 3.- Los citados profesionales presentarán al Despacho del Contralor, con copia a la Subgerencia de Cooperación y Relaciones Internacionales, un informe sobre los resultados de la comisión y las acciones que se deriven a favor de la Contraloría General de la República, así como un ejemplar de los materiales obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de concluida la comisión de servicios. Artículo 4.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), Portal Web Institucional (www. contraloria.gob.pe) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 1822677-2

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Aprueban subvención económica a favor de universidad extranjera en cumplimiento de acuerdo de colaboración académica
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N° 239-2019-UNDC San Vicente de Cañete, 28 de octubre de 2019 VISTOS: Informe Nº 0246-2019-UNDC/CO/DGA, Informe Nº 0250-2019-OPP/UNDC, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo estipulado en el artículo 18 de la Constitución Política del Estado Peruano y artículo 8 de la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, la Universidad Nacional de Cañete es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Se rige por su estatuto, instrumento que ha sido elaborado bajo el respeto irrestricto de la Constitución, Ley Universitaria y demás normas concordantes; Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 052-2019-UNDC, se aprobó la suscripción del Acuerdo de Colaboración Académica - Academic Collaboration Agreement (Long Form); entre la Universidad Nacional de Cañete y la Universidad de Cambridge; con un presupuesto ascendente a la suma de S/ 5´024,220.71 Soles; Que, el Acuerdo de Colaboración Académica, comprende la ejecución del proyecto denominado "Investigar el impacto de las actividades industriales en la hidrología y la calidad del agua en la región de San Vicente de Cañete-Perú" (Investigate the impact of industrial activities on hydrology and water quality in the San Vicente de Cañete ­ Perú región); Que, en cumplimiento de la Octogésima Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 30879 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 20191, mediante Informe Nº 0246-2019-UNDC/CO/DGA, la Dirección General de Administración, solicita la aprobación de la subvención por el monto de S/ 5´024,220.71 Soles, a favor de la Universidad de Cambridge;