Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2019 (31/10/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 58
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NORMAS LEGALES
Jueves 31 de octubre de 2019 /
El Peruano
Aprobar la ejecución de la expropiación de las áreas de los inmuebles afectados por la ejecución de la Obra: "Mejoramiento de la Carretera Chuquicara Puente Quiroz Tauca Cabana Huandoval Pallasca, Tramo: Tauca Pallasca" y los valores de las Tasaciones de los mismos, ascendentes a S/ 18,739.53, S/ 9,083.38 y S/ 2,650.07, conforme se detalla en los Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de las Tasaciones Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de las Tasaciones a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir las áreas de los Bienes Inmuebles a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional PROVIAS NACIONAL, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir las áreas de los bienes inmuebles expropiados a favor del beneficiario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda
carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto de las áreas de los inmuebles afectados. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de las Tasaciones pagadas directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral de las áreas de los bienes inmuebles a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario las áreas expropiadas de los inmuebles afectados, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación a los Sujetos Pasivos Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, requiriéndoles la desocupación y entrega de las áreas expropiadas de los bienes inmuebles afectados dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse las áreas de los inmuebles desocupadas, o treinta (30) días hábiles de estar ocupadas o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para los lanzamientos o tomas de posesión de las áreas de los bienes inmuebles materias de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones
ANEXO N° 01 VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: "MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA CHUQUICARA-PUENTE QUIROZTAUCA-CABANA-HUANDOVAL-PALLASCA, TRAMO: TAUCA-PALLASCA" VALOR SUJETO ACTIVO / SUJETO DE LA Nº IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE BENEFICIARIO PASIVO TASACIÓN (S/) AREA AFECTADA TOTAL: AFECTACIÓN: Parcial del CÓDIGO: CVC-TA-293 1,336.57 (0.1337 ha) Inmueble COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE ÁREA AFECTADA 1 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA 1: AREA AFECTADA 1: 1295.97 m² (0.1296 ha) WGS84 DISTANCIA Norte: Colinda con U.C. N° 135356 con 4.87 m. VERTICES LADO (m) ESTE (X) NORTE (Y) Sur: Colinda con Carretera tauca - Pallasca (Red Vial Nacional PE-3N) con 94.38 m. 1 1-2 4.87 829326.1991 9071596.1370 Este: Colinda con U.C. N° 135357; Carretera tauca 2 2-3 100.54 829331.0613 9071596.3382 Pallasca (Red Vial Nacional PE-3N) con 296.19 m. 3 3-4 6.05 829338.5422 9071496.0778 Oeste: Colinda con Carretera tauca - Pallasca (Red Vial 4 4-5 5.78 829339.3206 9071490.0768 Nacional PE-3N). con 108.59 m. 5 5-6 5.78 829340.6820 9071484.4641 6 6-7 5.78 829342.6461 9071479.0333 7 7-8 5.77 829345.1890 9071473.8481 8 8-9 5.77 829348.2812 9071468.9708 9 9-10 5.77 829351.8846 9071464.4594 10 10-11 5.78 829355.9580 9071460.3659 18,739.53 11 11-12 6.32 829360.4532 9071456.7397 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 12-13 13-14 14-15 15-16 16-17 17-18 18-19 19-20 20-21 21-22 22-23 23-24 24-25 25-26 5.23 5.36 4.17 0.28 5.72 5.75 5.78 5.64 7.35 4.91 15.22 10.87 10.16 8.86 829365.7894 829370.4906 829375.5224 829376.9852 829376.7431 829372.2939 829368.4722 829365.3924 829363.2074 829361.6555 829361.4485 829361.9480 829364.1044 829367.1800 9071453.3560 9071451.0551 9071449.2084 9071453.1163 9071453.2538 9071456.8512 9071461.1470 9071466.0336 9071471.2328 9071478.4174 9071483.3208 9071498.5334 9071487.8805 9071478.1926