Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2019 (31/10/2019)


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NORMAS LEGALES

Jueves 31 de octubre de 2019 /

El Peruano

trasfiere competencia para emitir resoluciones, con el objeto de aproximar a los administrados las facultades administrativas que conciernen a sus intereses. Que, en la disposiciones específicas, se está actualizando la Directiva considerando la modificación que se ha realizado en la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, establecida por Decreto Legislativo Nº 1341, el cual en el numeral 8.2) de su artículo 8º, dispone entre otros que el Titular de la Entidad puede delegar al siguiente nivel de decisión, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra, lo cual era una facultad indelegable según la normativa anterior, No pueden ser objeto de delegación, la declaración de nulidad de Oficio, la aprobación de las Contrataciones directas, salvo aquellas que disponga el reglamento de acuerdo a la naturaleza de la contratación. Por otro lado, teniendo en cuenta las disposiciones específicas se establece que dentro de la delegación de facultades al Gerente General, se tienen los actos de adquisición y disposición de bienes: a) Celebrar y Suscribir en representación del Gobierno Regional los Actos de Adquisición y Disposición (Compra y Venta) de Bienes Muebles e Inmuebles, firmando la documentación requerida su conclusión, con cargo a dar cuenta al Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tumbes. Se, establece que la presente Directiva entrara en Vigencia a partir del primer día hábil siguiente de su notificación y/o publicación en el Diario Oficial El Peruano, conforme lo establece el segundo párrafo del numeral 40.2) del artículo 40º del TUO, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, prescribe que los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de la revisión del proyecto de la Directiva 0062017GOB.REG.TUMBES-GGR-GRPPAT-SGDI-SG, denominada Desconcentración de Facultades y Atribuciones de las Dependencias del Gobierno Regional Tumbes, y estando a las opiniones técnicas de las áreas competentes, se puede observar que esta directiva está sujeta a las disposiciones legales vigentes, enmarcándose dentro de los parámetros exigidos por ley, siendo de carácter de obligatorio cumplimiento, alcanzando a las demás dependencias competentes de la sede central y Direcciones regionales sectoriales del pliego 461 Gobierno Regional de Tumbes, y que se encuentren bajo el ámbito de aplicación de la normativa de contrataciones del Estado. Que, en concordancia con las Políticas nacionales y sectoriales, los Gobiernos Regionales definen, norman, dirigen y gestionan sus políticas regionales y ejercen sus funciones generales y específicas las cuales se ejercerán con sujeción al ordenamiento jurídico establecido por la Constitución, la Ley de Bases de la Descentralización y demás leyes de la República teniendo dentro de sus funciones: 1. Función normativa y reguladora.Elaborando y aprobando normas de alcance regional y regulando los servicios de su competencia. 2. Función de planeamiento.- Diseñando políticas, prioridades, estrategias, programas y proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa, conforme a la Ley de Bases de la Descentralización y a la presente Ley. 3. Función administrativa y ejecutora.Organizando, dirigiendo y ejecutando los recursos financieros, bienes, activos y capacidades humanas, necesarios para la gestión regional, con arreglo a los sistemas administrativos nacionales. 4, Función de promoción de las inversiones.- Incentivando y apoyando las actividades del sector privado nacional y extranjero, orientada a impulsar el desarrollo de los recursos regionales y creando los instrumentos necesarios para tal fin. 5. Función de supervisión, evaluación y control.Fiscalizando la gestión administrativa regional, el cumplimiento de las normas, los planes regionales y la calidad de los servicios, fomentando la participación de la sociedad civil. Por, lo que respecta a todo lo expuesto, es necesario la actualización de la Directiva 006-2017GOB.REG. TUMBES-GGR-GRPPAT-SGDI-SG, denominada Desconcentración de Facultades y Atribuciones de las Dependencias del Gobierno Regional Tumbes,

debiéndose proyectar el acto resolutivo conforme a ley. Que, mediante Informe Nº 229-2017/GOB.REG. TUMBES-GGR-ORAJ, de fecha 18 de Abril de 2017, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica con la finalidad de Dinamizar la Gestión y Lograr una Gestión Rápida, Eficaz y Oportuna que ayuden al desarrollo de la Región Tumbes, es de la opinión, se apruebe la actualización de la Directiva 006-2017GOB.REG.TUMBES-GGR-GRPPAT-SGDI-SG, denominada Desconcentración de Facultades y Atribuciones de las Dependencias del Gobierno Regional Tumbes. Que, dentro de este contexto, resulta necesario aprobar vía Resolución la aprobación de la Directiva propuesta, toda vez que resulta viable proceder a delegar o trasferir atribuciones de parte de la autoridad regional superior hacia los niveles de jerarquía menor del Gobierno Regional de Tumbes; Estando a lo informado, con la visación de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Secretaría General Regional y Gerencia General Regional del Gobierno Regional Tumbes; En uso de las atribuciones conferidas al despacho por Ley Nº 27867 - LEY ORGANICA DE GOBIERNOS REGIONALES y sus Modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO, a partir de la expedición de la presente Resolución, las RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 000276- 2015/GOB.REG. TUMBES-P, de fecha 03 de agosto 2015, que aprueba la Directiva Nº 001-2015/GOBIERNO REGIONAL TUMBESGGR-GRPPAT-SGDI, denominada "Desconcentración de Facultades y Atribuciones de las Dependencias del Gobierno Regional De Tumbes", y su modificatoria Resolución Ejecutiva Regional Nº 00000056- 2017/GOB. REG.TUMBES-GR, de fecha 27 de Febrero de 2017. Artículo Segundo.- APROBAR, la Directiva Nº 0062017GOB.REG.TUMBES-GGR-GRPPAT-SGDI-SG, denominada Desconcentración de Facultades y Atribuciones de las Dependencias del Gobierno Regional Tumbes, la misma que forma parte de la presente Resolución. Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente resolución, a las Gerencias Regionales, Oficinas Regionales, Direcciones Regionales Sectoriales y demás Unidades Orgánicas Pertenecientes al Gobierno Regional de Tumbes. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Oficina Regional de Administración, adoptar las acciones correspondientes para la publicación de la presente resolución en la página Web Institucional y en el Diario Oficial el Peruano. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. RICARDO I. FLORES DIOSES Gobernador DIRECTIVA Nº 006-2017/GOB.REG.TUMBESGGR-GRPPAT-SGDI-SG "DESCONCENTRACION DE FACULTADES Y ATRIBUCIONES DE LAS DEPENDENCIAS DEL GOBIERNO REGIONAL TUMBES" 8.6 DELEGACIÓN DE FACULTADES AL GERENTE REGIONAL DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL El Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, depende del Gerente General Regional, teniendo las facultades y atribuciones siguientes: a) Emitir y firmar Resoluciones Gerenciales Regionales de aprobación de Crédito Suplementario, Modificaciones Presupuestarias (Anulaciones y Habilitaciones) en el nivel Funcional Programático que se efectúan dentro del marco del Presupuesto Institucional vigente del Pliego, en forma mensual y transferencias presupuestales, de conformidad con lo establecido en el artículo 40º del TUO de la Ley Nº 28411, aprobado con DS Nº 304-2012-EF. b) Responsabilizar el manejo y ejecución del gasto a nivel de programa, actividad y proyecto a las Gerencias y