Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2016 (23/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Viernes 23 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

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c) Linderar la concesión. Algunas de las formas previstas para delimitar y señalizar los linderos son las siguientes: trochas señalizadas, postes, letreros, árboles pintados, límites naturales, otros (se pueden emplear otros sistemas siempre que su impacto sea bajo o nulo). d) Identificar los puntos estratégicos donde instalar carteles y señales, de manera que los transeúntes tengan conocimiento de la existencia de la concesión para conservación. e) Colocar los hitos en los vértices de la concesión. f) Implementar sistemas de control y vigilancia que permitan detectar oportunamente las amenazas al área que protege la concesión. g) Promover la participación comunal, buscando que las poblaciones aledañas sean aliadas y participen en la protección del área. h) Capacitar al personal de la concesión y los aliados en métodos de vigilancia y monitoreo del estado de la concesión. i) Acreditar a los custodios forestales. j) Restringir el acceso a personas no autorizadas. k) Prohibir la tala de árboles, el cambio de uso de las tierras con cobertura boscosa u otros ecosistemas de vegetación silvestre, la introducción de especies exóticas sin autorización, la realización de trabajos con fuego en el bosque, caza ilegal de fauna silvestre, etc. Las medidas de protección deben socializarse con el personal que trabaja en la concesión, así como los visitantes en lo que corresponda. 6.7.2 Medidas de seguridad del investigador o visitante.- Son aquellas medidas que tiene como finalidad prevenir la ocurrencia de accidentes de los investigadores o visitantes. Dichas medidas son las siguientes: a) Registros de entrada y en puestos de control. b) Mantenimiento y señalización de senderos. c) Código de conducta del visitante y del investigador que regule y promueva la estadía segura. d) Identificación y advertencia de riesgos a visitantes e investigadores. e) Protocolos de seguridad y plan de contingencias. f) Información general del área y de los objetivos de la concesión, disponible para visitantes e investigadores. g) Planes de contingencia para casos de accidentes y emergencias. 6.8 Impactos ambientales negativos 6.8.1 Identificación y caracterización de impactos ambientales negativos, medidas de prevención y mitigación.- En este ítem el concesionario debe identificar y analizar los impactos sobre los componentes ambientales (agua, suelo, flora, fauna, hábitat, paisaje, etc.) generados por las diversas actividades que se puedan desarrollar en la concesión, precisando las acciones que deben ejecutarse para controlar estos impactos y mantener la viabilidad ambiental del Plan de Manejo durante su ejecución. 6.8.2 Manejo de residuos sólidos.- El manejo de los residuos sólidos debe realizarse según su naturaleza y nivel de impacto, con la frecuencia y medidas convenientes. 6.9 Monitoreo y evaluación Este ítem debe contener por lo menos indicadores del cumplimiento del objetivo general y específicos, las medidas de prevención y mitigación de impactos ambientales para el periodo de vigencia del plan de manejo, así como el estado de los objetos de conservación. El programa debe contener lo siguiente: a) Indicador. b) Método. c) Frecuencia. d) Responsable. e) Lugar. 6.10 Cronograma de actividades y Presupuesto El presupuesto y el cronograma de actividades deben

ser trabajados en forma paralela, debiendo presentarse en un solo cuadro. Asimismo, se debe detallar las actividades y subactividades planificadas para la ejecución del Plan de Manejo. El periodo de planificación podrá ser trimestral, semestral o anual, de acuerdo a las necesidades e imprevistos que pudiera tener el concesionario. En el caso que exista alguna modificación en su ejecución será reportada en el informe de ejecución anual. 6.11 Financiamiento Al citar la fuente de financiamiento debe indicarse el nivel de certeza y disponibilidad de los fondos para la ejecución de las actividades propuestas. Se puede referir alianzas o convenios con otras instituciones que asumirán parte de los gastos que conlleve la implementación del plan de manejo. 6.12 Sustento técnico y científico Se debe citar las fuentes utilizadas (bibliográfica, entrevistas con expertos, etc.) en el análisis de la información obtenida para la descripción de las comunidades vegetales y de la fauna silvestre existentes en el área concesionada, así como indicar los trabajos de campo realizados. Asimismo, considerar las fuentes de las cuales se obtuvo la información biológica, socioeconómica y de impactos. Dichas fuentes deberán ser verificables. 6.13 Anexos - Mapa de ubicación y memoria descriptiva indicando las vías de acceso. - Planos de la infraestructura a instalar. - Mapa de zonificación u ordenamiento interno del área de la concesión. - Mapa de la red vial dentro de la concesión (trochas, ríos, caminos, etc.) - Otros (Por ejemplo: mapa topográfico, mapa hidrográfico, documentos de alianzas con otras organizaciones, acuerdos entre los titulares del título habilitante y posesionarios4, etc.) VII. FINALES DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Primera.Aprovechamiento de productos forestales diferentes a la madera y de paisajes forestales en concesiones para conservación Cuando el concesionario pretenda aprovechar, de manera complementaria, productos forestales diferentes a la madera y/o actividades de ecoturismo, debe incluir en el plan de manejo, entre otras, la siguiente información5: d. Incorporar en el ítem "Objetivos", los correspondientes al aprovechamiento de los PFDM y/o de los paisajes forestales e. Incorporar en el ítem "Zonificación u ordenamiento interno", las zonas en las que se realizará el aprovechamiento complementario de PFDM o actividades de ecoturismo, según corresponda. f. Incorporar en el ítem "Información de especies o recursos", la identificación de las especies que se aprovecharán, la descripción del inventario y la proyección de las cantidades de PFDM que se aprovecharán anualmente; y, en el caso de actividades ecoturísticas se debe señalar la oferta turística existente en el área y los valores de la capacidad de carga para cada sitio de uso para el público. g. Incorporar el ítem "Sistemas de manejo, aprovechamiento y labores silviculturales", en caso se aproveche PFDM. h. Incorporar el ítem "Atractivos turísticos, planta turística e infraestructura" el cual contendrá información sobre el albergue, los senderos y otras obras a construir,
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Para el reconocimiento de posesionarios en el área de la concesión debe considerarse lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2016-MINAGRI. Para tal efecto, debe considerarse los lineamientos que el SERFOR apruebe sobre el aprovechamiento de PFDM y ecoturismo.