Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2016 (23/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 136

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NORMAS LEGALES

Viernes 23 de diciembre de 2016 /

El Peruano

Apruébese el monto mensual de la valorización priorizada por Atención Primaria de Salud, y de la valorización priorizada por Atención Especializada para los profesionales de la salud y personal de la salud técnico y auxiliar asistencial, a que se refiere el Decreto Legislativo N° 1153 y sus modificatorias, que regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado, de acuerdo al siguiente detalle: 1.1 Valorización Priorizada por Atención Primaria de Salud Personal de la Salud Médico Cirujano. Cirujano Dentista, Químico Farmacéutico, Ingeniero Sanitario, Médico Veterinario, Biólogo, Psicólogo, Obstetra, Enfermero, Nutricionista, Asistenta Social, Tecnólogo Médico, Químico y Técnico especializado de los Servicios de Fisioterapia, Laboratorio y Rayos X. Personal de la Salud Técnico y Auxiliar Asistencial. 1.2 Valorización Especializada Priorizada por S/ 950,00

MINSA ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Humanos FUENTE DE FINANCIAMIENTO Recursos

1 : Recursos Ordinarios 7 404 075,00 -----------------7 404 075,00 ========== En Soles : Gobierno Central 136 : Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas Recursos

GASTO CORRIENTE 2.1. Personal y Obligaciones Sociales TOTAL EGRESOS A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO

630,00

310,00 Atención

ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Humanos FUENTE DE FINANCIAMIENTO

1 : Recursos Ordinarios 81 150,00

a) Valorización Priorizada por Atención Especializada en Establecimientos de Salud Estratégicos I-4 hasta el Nivel II Personal de la Salud Médico Cirujano. Cirujano Dentista, Químico Farmacéutico, Ingeniero Sanitario, Médico Veterinario, Biólogo, Psicólogo, Obstetra, Enfermero, Nutricionista, Asistenta Social, Tecnólogo Médico. b) Valorización Priorizada Especializada en Hospitales Especializados Nivel II y Nivel III por e S/ 1 270,00 650,00

GASTO CORRIENTE 2.1. Personal y Obligaciones Sociales PLIEGO

137 : Instituto de Gestión de Servicios de Salud Recursos

ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Humanos FUENTE DE FINANCIAMIENTO

1 : Recursos Ordinarios 2 079 405,00

GASTO CORRIENTE 2.1. Personal y Obligaciones Sociales Atención Institutos SECCION SEGUNDA PLIEGO

: Instancias Descentralizadas : Gobiernos Regionales Recursos

Personal de la Salud Médico Cirujano. Cirujano Dentista, Químico Farmacéutico, Ingeniero Sanitario, Médico Veterinario, Biólogo, Psicólogo, Obstetra, Enfermero, Nutricionista, Asistenta Social, Tecnólogo Médico. Artículo 2.- Transferencia de Partidas

S/ 900,00 450,00

ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Humanos FUENTE DE FINANCIAMIENTO

1 : Recursos Ordinarios 5 243 520,00 -----------------7 404 075,00 ==========

GASTO CORRIENTE 2.1. Personal y Obligaciones Sociales TOTAL EGRESOS

2.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de SIETE MILLONES CUATROCIENTOS CUATRO MIL SETENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 7 404 075,00), del pliego Ministerio de Salud, a favor de los pliegos Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, Instituto de Gestión de Servicios de Salud y veinticinco (25) Gobiernos Regionales, para financiar el costo diferencial para el pago de la Valorización Priorizada por Atención Primaria de Salud y de la Valorización Priorizada por Atención Especializada para los profesionales de la salud y personal de la salud técnico y auxiliar asistencial a que se refiere el Decreto Legislativo N° 1153 y sus modificatorias, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles : Gobierno Central 011 : Ministerio de Salud 001 : Administración Central -

2.2 Los pliegos habilitados en el numeral 2.1 del presente artículo y los montos de la transferencia de partidas por pliegos y unidades ejecutoras, se consignan en el Anexo 1 "Costo diferencial para el pago de la Valorización Priorizada por Atención Primaria de Salud y de la Valorización Priorizada por Atención Especializada", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 3.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 2.1 del artículo 2 del