Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2016 (23/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 135

El Peruano / Viernes 23 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

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modificatorias, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 30522; Que, la Oficina de Presupuesto y Financiamiento de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud, a través del Informe N° 363-2016-OGPPM-OPF/MINSA, sustenta y determina que el pliego 011: Ministerio de Salud, Unidad Ejecutora 001 Administración Central, en la fuente de financiamiento 1: Recursos Ordinarios, cuenta con recursos presupuestales disponibles para ser transferidos a favor de los pliegos Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, Instituto de Gestión de Servicios de Salud y de veinticinco (25) Gobiernos Regionales, para financiar los fines señalados en los considerandos precedentes; en virtud de lo cual, a través del Oficio N° 3038-2016-SG/ MINSA, el Ministerio de Salud, solicita dar trámite a la aprobación de los montos por la valorización priorizada por atención primaria de salud y la valorización priorizada por atención especializada para los profesionales de la salud y personal de la salud técnico y auxiliar asistencial, así como la Transferencia de Partidas respectiva; Que, mediante Resolución Ministerial N° 974-2016/ MINSA, se dispone el inicio del proceso de transferencia de competencias, funciones, presupuesto, recursos, acervo documentario y bienes del Instituto de Gestión de Servicios de Salud - IGSS al Ministerio de Salud en el marco de lo establecido en la Ley N° 30526, Ley que desactiva el Instituto de Gestión de Servicios de SaludIGSS; asimismo, el artículo 3 de la citada Resolución Ministerial dispone la continuidad de la prestación de los servicios de salud a cargo del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, en el marco de sus instrumentos de gestión institucional aprobados, y en tanto dure el proceso de transferencia; Que, de acuerdo a la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público y la base de datos remitida por el Ministerio de Salud, el monto a transferir a favor de los

pliegos Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, Instituto de Gestión de Servicios de Salud, y veinticinco (25) Gobiernos Regionales asciende a la suma de SIETE MILLONES CUATROCIENTOS CUATRO MIL SETENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 7 404 075.00) para financiar el costo diferencial del pago de la valorización priorizada por Atención Primaria de Salud y la valorización priorizada por Atención Especializada para los profesionales de la salud y personal de la salud técnico y auxiliar asistencial a que se refiere el Decreto Legislativo N° 1153 y sus modificatorias, en el marco de lo dispuesto en el artículo único de la Ley N° 30522; Que, de otro lado, mediante Oficio Nº 3150-2016SG/MINSA, el Secretario General del Ministerio de Salud solicita la modificación del Anexo del Decreto Supremo Nº 355-2016-EF, toda vez que, considerando la fecha de trámite del citado Decreto Supremo y la fecha de publicación del mismo, algunas de las unidades ejecutoras incluidas en el citado anexo no requieren la misma cantidad de recursos transferidos en el marco de dicha norma; De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1153, que regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del personal de la salud al servicio del Estado; y, el artículo único de la Ley N° 30522, Ley que autoriza al Ministerio de Salud para realizar modificaciones presupuestarias para la implementación de las acciones previstas en el Decreto Legislativo N° 1153; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación del monto de la valorización priorizada por atención primaria de salud, y de la valorización priorizada por atención especializada para los profesionales de la salud y personal de la salud técnico y auxiliar asistencial