Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2016 (23/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 130

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NORMAS LEGALES

Viernes 23 de diciembre de 2016 /

El Peruano

en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza N° 423-MDSMP se aprobó el beneficio tributario extraordinario 2016, a favor de los contribuyentes del distrito de San Martín de Porres, estableciéndose en su artículo quinto que la vigencia del indicado beneficio será hasta el día 23 de diciembre de 2016; Que, la cláusula octava de las disposiciones complementarias y finales de la Ordenanza N° 423-MDSMP faculta al Señor Alcalde para que mediante decreto de alcaldía, prorrogue el plazo de vigencia de indicada ordenanza y/o dicte las disposiciones reglamentarias que sean necesarias para su cumplimiento; Que, mediante Informe N° 139-2016-GAT/MDSMP la Gerencia de Administración Tributaria considera pertinente seguir brindando a los contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones sustanciales de naturaleza tributaria y en ese sentido se prorrogue el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 423-MDSMP hasta el 31 de diciembre de 2016; Estando a lo expuesto con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica según Informe N° 1950 -2016-GAJ/MDSMP, y lo dispuesto en los artículos 20°, inciso 6) y 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de diciembre de 2016 el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 423-MDSMP de fecha 28/11/2016, mediante la cual se aprobó el beneficio tributario extraordinario 2016, a favor de los contribuyentes del distrito de San Martín de Porres; Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento del presente decreto de alcaldía, a la Secretaría General su publicación en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Desarrollo de Tecnologías de la Información la publicación en el portal web de esta corporación municipal; Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase ADOLFO ISRAEL MATTOS PIAGGIO Alcalde 1466452-1

Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 0000342004; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9 inciso 5 señala que es atribución del Concejo Municipal aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de Áreas Urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 000018 del 5 de octubre de 1995, se aprobó el Plan Urbano Director de la Provincia Constitucional del Callao 1995-2010 el cual se encuentra vigente, conforme a lo dispuesto por la Ordenanza Municipal N° 011-2015; Que, mediante Memorando N° 2796-2016-MPC/ GGDU la Gerencia General de Desarrollo Urbano remite el Informe N° 1662-2016-MPC/GGDU-GPUC de la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro recomienda modificar el Plan Urbano Director vigente a la fecha, asignando la zonificación (OU) al predio ubicado en la intersección de la Av. Faucett y Morales Duárez en la margen izquierda del Rio Rímac, a fin de desarrollar el proyecto del nuevo hospital San José; Que, mediante el Memorando N° 784-2015-MPCGGAJC, la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación opina que resulta procedente modificar el Plan Urbano Director vigente asignando la zonificación (OU) al predio ubicado en la intersección de la Av. Faucett y Morales Duárez en la margen izquierda del Rio Rímac; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal Provincial del Callao ha dado la siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL QUE ASIGNA LA ZONIFICACIÓN OTROS USOS (OU) A UN PREDIO UBICADO EN LA INTERSECCIÓN DE LAS AVENIDAS ELMER FAUCETT Y MORALES DUÁREZ Artículo 1.- Apruébase la asignación de zonificación Otros Usos (OU) al predio de 9,435.72 m2. ubicado en la intersección de las avenidas Elmer Faucett y Morales Duárez en el Cercado Callao, en la margen izquierda del Rio Rímac, conforme al plano denominado "Asignación de Zonificación Hospital San José", que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2.- Modifícase en lo correspondiente el Plan Urbano Director aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 000018 del 5 de octubre de 1985, vigente conforme a lo dispuesto por la Ordenanza Municipal N° 011-2015. Artículo 3.- Publícase la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano y encárgase a la Gerencia de Informática la publicación de la Ordenanza Municipal y su Anexo en el Portal Institucional www. municallao.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.psce.gob.pe. Artículo 4.- Encárgase a la Gerencia General de Desarrollo Urbano el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 5.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO:

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Asignan la zonificación Otros Usos a predio ubicado en la intersección de las avenidas Elmer Faucett y Morales Duárez, conforme al plano denominado "Asignación de Zonificación Hospital San José"
CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO ORDENANZA MUNICIPAL Nº 033-2016 Callao, 13 de diciembre de 2016 El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto el Dictamen Nº 16-2016-MPC/CMPC-SRCOPO de la Comisión de Población, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto UNÁNIME del Cuerpo de Regidores y en ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 en el artículo 9 inciso 5 y su Reglamento de Organización

Mando se registre, comunique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 1465982-1